"La propiedad cultural debe ser un concepto multifacético": Mauro Bussani

viernes, 19 de abril de 2013 · 20:02
MÉXICO D.F. (apro).-Experto en analizar los vericuetos legales sobre la propiedad cultural, Mauro Bussani, doctor en derecho, catedrático en la Universidad de Trieste, Italia y director científico de la Asociación Internacional de Ciencias Legales de la UNESCO, estuvo presente en el Seminario Mexicano. La Globalización de la Protección del Legado Cultural. Sus conclusiones del evento que convocó a algunas de las autoridades legales más destacadas del mundo, dejaron pasmado al público asistente al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM del 21 al 23 de marzo. Con la autorización de Bussani, Apro publica un fragmento del artículo inédito que será editado por la UNESCO en las próximas semanas: La noción de cultura “Además y más allá de algunos intentos de definirla, la definición de cultura es un concepto complejo. En primer lugar, la noción misma de cultura es inestable. ¿Qué es cultura? ¿De qué se conforma?¿Puede definirse la cultura en términos de los productos de los grupos de élite o de la sicología de las grandes masas de individuos?¿Es aceptable entonces que la cultura sea definida como un medio de empoderar social y políticamente a los grupos dominantes?¿O debe la cultura ser concebida como la multiplicidad de “voces’ competentes en contra de la cual cualquier noción de unidad sería metodológica y políticamente criticada? ¿Pero entonces, qué voces? “Para esta y otras preguntas no hay una respuesta clara y disponible. Y esto sucede porque la mayoría de las respuestas circulantes, son en principio, de alguna forma aceptables, pero su nivel de persuasión depende mayoritariamente de qué área, tiempo y espacio de un fenómeno sociocultural uno se enfoque. Por lo mismo la “propiedad cultural’ no es sino un concepto multifacético que no se relaciona sólo a los artefactos que se derivan de las prácticas culturales, sino que también representa los valores heredados, ideas, creencias y conocimientos que caracterizan a los grupos sociales y a sus miembros. “La propiedad cultural es –y al mismo tiempo da forma—al pasado y futuro de la gente, a sus recuerdos y aspiraciones. De tal manera que, sus contenidos y significados no son estables o necesariamente impecables. Además estos contenidos y significados no solamente cambiarán a través del tiempo y el espacio; sino que necesariamente convergerán en una pluralidad de individuos y perspectivas sociales, que podrán o no fácilmente armonizar entre sí. “La propiedad cultural ha sido tradicionalmente la lente adoptada a través de la cual los sistemas legales nacionales como los internacionales promueven la protección de las expresiones culturales. Sin embargo, en años recientes el paradigma de la protección de la propiedad cultural ha incrementado la percepción de no abarcar la complejidad de los fenómenos culturales. “Por ejemplo, se ha demostrado cómo la percepción de propiedad cultural se encuentra enraizada en las tradiciones intelectuales de Occidente y privilegia ‘la posesión cultural sobre el proceso’, lo cual no coincide con el pensamiento no Occidental, en el que el proceso es más importante que el resultado obtenido. “En ese mismo sentido, otra crítica común sería que implícitamente se asume que a los objetos culturales se les puede asignar un valor de mercado. Bajo esa luz inevitablemente se converge en la idea de mercantilización de los artefactos y elementos que se relacionen con éstos para ser sólo mercancías compradas y vendidas. “Otros han señalado que el paradigma de la propiedad tiene más bien una estructura formal y rígida. Y por lo mismo, no logra realmente dar marco a los valores que son por definición dinámicos e inconmensurables…”.

Comentarios