Cine

Una nueva ley de cine, por más tiempo en pantalla

Mientras al interior de la iniciativa de una nueva ley de cine impulsada por el senador Ricardo Monreal se debate el tiempo de pantalla para la producción nacional, entre los diputados se realiza otra propuesta “más incluyente”, a decir de su promotor Sergio Mayer.
sábado, 10 de abril de 2021 · 20:35

Mientras al interior de la iniciativa de una nueva ley de cine impulsada por el senador Ricardo Monreal se debate el tiempo de pantalla para la producción nacional, entre los diputados se realiza otra propuesta “más incluyente”, a decir de su promotor Sergio Mayer. Se reproducen aquí los artículos sustanciales modificados para el Senado y se recogen las voces de los principales protagonistas, como los productores y distribuidores independientes, la Academia de Ciencias y Artes Cinematográficas, la plataforma Netflix…

CIUDAD DE MÉXICO (proceso).- La iniciativa de Ley Federal de Cinematografía y el Audiovisual (LFCyA) presentada por el coordinador del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) del Senado, Ricardo Monreal Ávila, ya empieza a generar controversia.

Según distribuidores independientes de películas, “privilegia sólo a la producción nacional independiente”, y las plataformas digitales, como Netflix, se encuentran preocupadas por “cómo medirán” en su catálogo poner 15% de contenido mexicano, como lo indica el artículo 20 de esta propuesta legislativa. Ambos sectores aclaran a Proceso que “no se encuentran” en contra del cine mexicano, pero buscan el diálogo.

En la iniciativa participaron alrededor de 25 gremios y organizaciones cinematográficas de productores, guionistas, directores, fotógrafos, sonidistas, exhibidores… Surgió “a partir de un documento consensuado entre las asociaciones del séptimo arte mexicano que han intervenido en distintas reuniones, todas ellas encabezadas por la Academia Mexicana de Artes y Ciencias Cinematográficas (AMACC)”, concreta por Zoom Carlos Hernández, titular de la Asociación Mexicana de Productores Independientes (AMPI).

A su vez, Mónica Lozano Serrano, presidenta de la AMACC, celebra modificaciones, resultado de “una lucha de más de 20 años de la comunidad para que exista el cumplimiento de una cuota o de una reserva en ley para la exhibición del cine mexicano”, como se asienta en los artículos 19 y 20. 

Y expresa que la comunidad cinematográfica se encuentra contenta porque la moción, presentada a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión el pasado 16 de febrero, fue hecha suya por el senador Monreal Ávila. Anuncia que temas como el derecho a las audiencias o a la cultura, que establece el artículo cuarto constitucional, no se contemplan en la vigente Ley Federal de Cinematografía. Además, en el capítulo VI “se le dan más facultades al Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine) para que pueda apoyar el fomento y la actividad cinematográfica”.

Productora de Amores perros, de Alejandro González Iñárritu, con más de 20 años de experiencia, resalta con brío:

“Deseamos que se apruebe por todas las comisiones de las cámaras de diputados y senadores y por todos los partidos políticos, y que no sea un tema político, sino que se entienda que es para que esta actividad se consolide y se le dé un carácter prioritario y estratégico.”

El documento ya se encuentra en la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía del Senado.

Pero hay otra iniciativa de ley de cine en la cual han participado también, desde julio de 2019, en foros y mesas de trabajo, las mismas organizaciones con el presidente de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados, Sergio Mayer, también de Morena, y actor, quien vía telefónica informa que “siguen trabajando”:

“Debemos crear consensos y acuerdos para poder hacer las modificaciones. La del senador Monreal Ávila sólo trae un punto de vista (los productores independientes) y debemos ser incluyentes y escuchar todas las partes involucradas en estos temas.

“Para mí es importante poderla sacar antes de que termine este periodo ordinario de sesiones de la LXIV Legislatura de la cámara baja, es el compromiso que tenemos.”

–Ante tal situación, ¿se ha acercado al senador Monreal?

–Lo busqué y me dijo que platicara con sus asesores.

Y expone:

“Esta ley a fin de cuentas es perfectible. Debemos ver qué funciona y qué no, y hacerle las modificaciones necesarias. Revisarla como minuta o presentar la nuestra.”

Las necesidades

Aunque el senador Monreal Ávila no pudo otorgar la entrevista debido a que su agenda se encontraba apretada, su iniciativa de LFCyA fue entregada por él a Proceso, donde se asienta la importancia de hacer modificaciones:

“Es preciso establecer mecanismos para que el cine se desarrolle y que la comunidad mexicana tenga posibilidad de ver reflejados, a través del séptimo arte, sus problemáticas, anhelos, ambiciones, sueños, así como su realidad y las disyuntivas que ésta le presenta en las pantallas del país.” 

Pone énfasis en la cinematografía como instrumento para la construcción de la identidad nacional:

“Desde 1980, en su conferencia general, la UNESCO reconoció a las producciones cinematográficas como documentos históricos con trascendencia social y cultural, además de estética, y podríamos decir que económica, y en 2005 como objeto de protección de Memoria del Mundo, por lo cual recomendó un urgente marco jurídico, una política de Estado sobre la preservación y difusión de este patrimonio, considerándolo una expresión de la personalidad cultural de los pueblos y que debido a su valor educativo, cultural, artístico, científico e histórico, forma parte del patrimonio cultural de una nación.”

Y adjunta la resolución 33C/55, firmada en el marco de la 33 Conferencia General de la UNESCO en París en 2005, donde México es uno de los firmantes, ya que ahí se reconocen los derechos de los Estados a adoptar medidas apropiadas para la salvaguarda y la conservación de las imágenes en movimiento, teniendo en cuenta las obligaciones que les impone el derecho internacional.

En el capítulo I de la iniciativa, en torno a las disposiciones generales, se dice:

El objeto de la presente ley es promover la producción, distribución, comercialización, ­exhibición de obras cinematográficas y audiovisuales, así como su rescate y preservación, procurando siempre el estudio y atención de los asuntos relativos a la integración, fomento y desarrollo de la industria cinematográfica y audiovisual nacional y del patrimonio cultural cinematográfico nacional, con el fin de garantizar a las personas el acceso a la cultura, atendiendo a la diversidad y pluralidad cultural de la Nación.

La iniciativa pone énfasis en ese derecho a la cultura, especificado en el artículo cuarto en la Constitución:

“Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales.

“El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa.

“La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.”

Por lo que en el capítulo 42 de la iniciativa, dedicado a los derechos de las audiencias cinematográficas, éstos se especifican:

I. Pluralidad: a tener acceso a contenidos cinematográficos y audiovisuales que reflejen el pluralismo ideológico, político, cultural, lingüístico y estético de nuestro país; 

II. Clasificación de contenidos: a que las obras cinematográficas y audiovisuales sean catalogadas con base en los criterios de esta ley, dependiendo del público para el que sea apto su contenido; 

III. Nivel de audio: a que sea el mismo nivel y calidad de audio y video durante la visualización de la obra cinematográfica o audiovisual y los espacios publicitarios.

El capítulo VIII está dedicado a la formación de audiencias cinematográficas. Y en el artículo 49 del capitulo X, se señala:

Promover la difusión del cine nacional en los diversos niveles del sistema educativo, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública. 

Proponer a la Secretaría de Educación Pública el uso del cine como

medio de instrucción escolar y difusión cultural extraescolar.

También se modifica el artículo 8 así:

Por regla general, las obras cinematográficas deberán ser exhibidas en su idioma original. Atendiendo a las preferencias de las audiencias y a las regiones del país, se podrá realizar el doblaje de hasta 50% del total de copias que se pretenda exhibir en territorio nacional. 

Las obras cinematográficas clasificadas para público infantil y documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español.

Pero es la modificación al porcentaje de tiempo en pantalla del cine nacional el punto que más está creando diferencias. Se trata de los artículos 19 y 20 del capítulo II, referidos a la exhibición y comercialización. El 19 instituye:

Los exhibidores reservarán 15% del tiempo total de exhibición, para la proyección de obras cinematográficas nacionales en sus respectivas salas cinematográficas, salvo lo dispuesto en los tratados internacionales en los cuales México no haya hecho reservas de tiempo de pantalla.

Y el 20 detalla:

Las plataformas digitales reservarán 15% de su catálogo para producciones cinematográficas y audiovisuales nacionales, cuya producción no exceda 25 años atrás.

Los distribuidores

La preocupación de un grupo de distribuidores independientes se expresó en una carta enviada a la Cámara de Senadores el 26 de marzo. Señalan ahí que la iniciativa de Monreal “privilegia sólo a la llamada producción nacional independiente por encima de los otros participantes de la industria”.

De aprobarse, asientan, “corremos el riesgo de no seguir contando con los espacios de exhibición que tienen nuestras películas actualmente, al ser desplazadas por la cuota de películas mexicanas que se propone”.

Argumentan que la medida de ampliar el tiempo en pantalla a películas nacionales impediría que se vieran otras internacionales. Se lee:

“Generaría una afectación a la población en general pues dejarían de exhibirse en México películas de varias nacionalidades y que son del gusto del público mexicano.”

Firman Geminiano Pineda Moreno de Cine Caníbal, David Chelminsky de Zima Entertainment, Leopoldo Jiménez de Nueva Era Films, Giselle Abbud Manzur de Diamond Films, Griselda Pacheco de Corazón Films, Alejandro Francisco Lebrija Vázquez Gómez de Gussi, Christina Marie Mineko de Latam Producciones, Patricia Itzel López Pérez de Sky Media Distribution, Iván Ruiz Bautista de Star Castle Distribution, Érika Adriana López Chavira de The Darkside Distribution, Abraham González Ruiz de Tulip Pictures y María Jimena Domínguez Gámez de Wings Films S.

Estas empresas han traído a México, en los últimos 10 años, un total de mil 168 películas (promedio de 117 por año) de más de 50 países, como El secreto de sus ojos (Argentina), Un asunto de familia (Japón), Una separación (Irán), Melancolía (Dinamarca), Guerra fría (Polonia), Amigos (Francia) y Amor a la carta (Italia), entre otras. Igual distribuyen cine mexicano. En el mismo lapso de tiempo citado han distribuido 118 cintas del país (12 por año), como Colosio el asesinato, Ana y Bruno, Polvo, La camarista, y más.

Chelminsky cuenta por teléfono a este semanario que le encanta que el cine mexicano tenga espacios, pero rechaza el artículo 19 acerca del 15% del tiempo total de exhibición de cintas nacionales:

“Las cuotas distorsionan y afectan los mercados. Si quieren ayudar a los productores debe haber más subsidios y más incentivos fiscales. No queremos que los productores y los realizadores crean que estamos en contra de ellos, porque vamos en el mismo barco. Queremos una mejor industria, esto simplemente no va ayudar en lo más mínimo. Además se viola lo dispuesto en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canada (T-MEC), que indica 10% del tiempo total de exhibición a la proyección de películas nacionales.” 

Netflix

La empresa estadunidense de entretenimiento y servicio por suscripción en línea, que llega a 190 naciones, está de acuerdo en que se discuta una ley de cinematografía, hace saber a Proceso. Busca el diálogo para que se considere a todos los sectores de la industria cinematográfica y el audiovisual. Sobre el artículo 20 de la iniciativa de LFCyA relativo a que las plataformas digitales reserven 15% de su catálogo para contenido mexicano, no sabe cómo medirlo porque su programación es la misma en todos los países y no pueden imponer a Europa o toda Latinoamérica ese porcentaje de películas o series mexicanas, porque su finalidad es “del mundo para el mundo y no como Hollywood para el mundo”.

La postura del corporativo es ésta:

“En nuestro caso no son exhibiciones, sino contenido global que ofrecemos en nuestro catálogo, que es uno de los beneficios por los cuales los consumidores pagan un servicio adicional y privado, y por otro lado la idea es que sea también diverso. No poseemos la respuesta internamente para reservar ese 15%. Nos encontramos en un dilema imposible.”

No obstante, en la iniciativa de ley se matiza que se han elaborado importantes esfuerzos por encontrar soluciones para garantizar políticas regulatorias equilibradas en cuanto a los contenidos que se difunden en los nuevos mercados digitales. Es el caso de la enmienda realizada a la Directiva 2018/1808 de la Unión Europea, que estableció en su artículo 13: “Los Estados miembros velarán porque los prestadores de servicios de comunicación audiovisual sujetos a su jurisdicción dispongan de un porcentaje de al menos 30% de obras europeas en sus catálogos y garanticen la prominencia de dichas obras”.

Se incluyen más ejemplos:

“Hay otros esfuerzos en países como Francia, a fin de instaurar un modelo de financiación para películas y obras audiovisuales para equilibrar las regulaciones relativas a los canales de televisión, que están sujetos a numerosas obligaciones regulatorias con las plataformas digitales. O bien en Canadá, que plantea realizar modificaciones a la regulación sobre medios de radiodifusión con el objetivo de incorporar a las plataformas digitales para que contribuyan con fondos a la industria audiovisual local, lo que permitirá a la Corporación de Radiotelevisión y Telecomunicaciones Canadiense (CRTC) aplicar las mismas reglas que rigen en la actualidad a compañías como Netflix, Amazon Prime o Spotify. Esta nueva regulación podría imponerles la obligación de aportar a un fondo para el impulso a la creación, producción y distribución de música, cine y televisión nacional.”

Sin embargo, a decir de Netflix, la discusión de las cuotas “nunca la hemos tenido en otro lugar”, sólo en México:

“Ni en Brasil, Canadá, Colombia y Europa indican una cuota, no es cierto, hace años se desestimaron las cuotas.”

Netflix recalca que en México invirtió 300 millones de dólares para producciones originales que se lanzarán este 2021 y que la iniciativa “desalienta la inversión a producciones nuevas y fomenta nada más la compra de licencia a las productoras que ya existen”.

Y percibe que la propuesta legislativa favorece a Televisa:

“En la iniciativa del 1 de febrero de la AMACC hablaba del productor nacional independiente, y en la segunda versión del 16 de febrero, no lo hace, se abren las puertas a las televisoras. Es decir, yo no puedo tener un estudio de producción, pero Televisa sí me puede vender lo suyo.”

Pero Lozano Serrano aclara al respecto:

“Al enviar la iniciativa al senador Monreal Ávila, se quitó del glosario la definición de Productor Nacional Independiente, y eso sí nos pone en una situación delicada porque el hecho de que las plataformas deben programar 15% de contenidos nacionales, en la abstracción se antoja que puede poseer ese volumen de contenidos a Televisa, entonces efectivamente la estaríamos beneficiando. Esta iniciativa no viene de Televisa. He estado hablando con el equipo del senador para que incluyan lo que nos mocharon. Sin duda, sabemos que es obligatorio que esta iniciativa incluya puntualmente que las plataformas deben incluir contenidos producidos por productores nacionales independientes.”

Por lo cual expone que el artículo III debe quedar así:

XXVII. Productor Nacional Independiente.- Persona física, mexicana por nacimiento, naturalización o con residencia permanente, o persona moral mexicana, titular de los derechos patrimoniales de una Obra Cinematográfica o Audiovisual que tiene la iniciativa, coordinación y responsabilidad de su realización y que asume el patrocinio o financiamiento de la misma. El productor nacional independiente no deberá tener ninguna asociación o vínculo directo o indirecto con empresas de servicios de radiodifusión de sonido e imagen u operadoras de comunicación electrónica de producción en serie para servicios de video por demanda o suscripción, conglomerados de medios o agentes económicos con poder sustancial en cualquiera de los sectores de la industria. Para estos efectos no serán considerados como vínculos los acuerdos de distribución y/o exhibición.

Y el artículo 20, agrega, debe ser:

Las plataformas digitales reservarán 15% de su catálogo para obras cinematográficas y audiovisuales nacionales independientes y de calidad, cuya producción no exceda 20 años atrás.

Con el fin de promover la visualización del catálogo de obras cinematográficas y audiovisuales nacionales independientes y de calidad, las plataformas, en términos del reglamento, deberán de generar los algoritmos necesarios para asegurar la promoción que se hace al usuario final en todas las ventanas, segmentos y canales de comunicación a través de los cuales ofertan las obras.

Para la responsable de la AMACC, esta propuesta de ley “no favorece a un sector en detrimento del otro, sino que guarda un equilibrio entre todos los que hacemos la industria cinematográfica”. Termina:

“No es si nos cumplen o no, es que debemos hacer un llamado a diputados y senadores para que en cuanto se turne a las diferentes comisiones se vea la importancia de esta industria y se apoye y se respalde, porque la ley vigente es obsoleta para la realidad que vive el audiovisual en el mundo.”

Las obligaciones

El capítulo VI de la iniciativa, dedicado al fomento a la industria cine y audiovisual, se refiere a la función del Estado para con la cinematografía nacional; es el espacio que ocupaba el Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine), que forma parte de los 109 fideicomisos desaparecidos en octubre pasado. El productor Hernández, de AMPI, manifiesta que es muy importante ese capítulo VI:

“Es el elemento sustancial para que el gobierno del Estado siga apoyando al cine nacional, no sólo a través del Imcine sino con otras instancias. E igual da espacio para que los gobiernos estatales, las comunidades, puedan generar mecanismos e incentivos que ayuden a la producción del cine local.”

Y la Red Nacional de Cinematografías Estatales (Renace), que cuenta con representación en 31 estados de la República Mexicana y participó en la iniciativa que se encuentra en el Senado y lo mismo interviene en la del diputado Mayer, suscribe por correo electrónico para Proceso su adhesión a la propuesta:

“La modificación a la Ley Federal de Cinematografía, con propuestas de la comunidad del cine, propicia una actualización necesaria para atender adecuadamente al sector cinematográfico en materia de su desarrollo. Sin embargo, entendemos que es un primer paso para establecer un marco jurídico que entienda nuestra actividad en la transversalidad de otras legislaciones que nos impactan; una auténtica reforma integral a la atención del sector ocurrirá cuando contemos con una ley federal de industrias culturales.”

Y redondea:

“Contar con otra propuesta desde la Cámara de Diputados ampliaría el diálogo legislativo y pondrá énfasis en los cambios necesarios para el impulso y desarrollo al sector, tal y como lo hemos solicitado.”  

Este reportaje se publicó en la edición 2318 del semanario Proceso, cuya versión digital puedes adquirir aquí. 

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