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Reglamento de Ley Orgánica "no es garantía de políticas que sobrepasan al INAH": Bolfy Cottom

El antropólogo e investigador de ese instituto Bolfy Cottom, quien coordinó un Grupo de Trabajo (GT) que resultó en la promulgación del Reglamento de la Ley Orgánica del INAH afirma que ésta no dejará satisfechos a todos los trabajadores del instituto, pero es un inicio...
miércoles, 26 de mayo de 2021 · 10:07

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- “No dejará satisfechos a todos los trabajadores, y es entendible, sin embargo es un punto de partida, es el inicio de un proceso de complementación de normatividad del INAH”, afirmó el antropólogo e investigador de ese instituto Bolfy Cottom, quien coordinó un Grupo de Trabajo (GT) que resultó en la promulgación del Reglamento de la Ley Orgánica del INAH.

Lo anterior tras la publicación respectiva en el Diario Oficial de la Federación y el posterior anuncio de la Secretaría de Cultura (SC) en un comunicado, tema que consideró un “pendiente histórico” desde la fundación del instituto en 1939. Se lee en el documento de la SC:

“En él se establecen la estructura orgánica y el funcionamiento del INAH para el cumplimiento de los objetivos, funciones y atribuciones que le confieren su Ley Orgánica y demás ordenamientos aplicables.

“Establece una estructura orgánica y fija y detalla la competencia del INAH y de sus unidades administrativas, así como las facultades de cada una de las y los titulares sus: Dirección General, Secretarías, Coordinaciones Nacionales, Direcciones, Escuelas y su estructura territorial constituida por Centros INAH distribuidos en el país”.

La Ley Orgánica del INAH cuenta con siete capítulos divididos en 57 artículos, y cuatro transitorios y se puede consultar aquí.

Al respecto, en entrevista telefónica, Bolfy Cottom, investigador de la Dirección de Estudios Históricos del INAH, y coordinador del Grupo de Trabajo que la dirección general del instituto constituyó en 2017 para la elaboración del ‘Anteproyecto de Reglamento de la Ley Orgánica’, recordó a Apro:

“Desde que se fundó el instituto no contaba con un reglamento que operara con varias de las disposiciones que marca la misma ley, hubo cuatro o cinco intentos previos con la Secretaría de Educación Pública, pero en ese momento se vio con recelo el argumentar que el INAH no tuviera una ‘junta de gobierno’.

“Para resarcir eso la autoridad del INAH hizo uso de las facultades que la ley le da en el Art 6º, donde se dice que se pueden crear órganos o agrupaciones que le fueran útiles para su mejor ordenamiento, y sobre esa base se crearon los consejos que ahora existen”.

--En ese tenor ¿cuál es la importancia de esta ley?

--Como un instrumento que hacía falta para completar el marco jurídico que rige al INAH, y tener certeza para saber qué le toca a las coordinaciones que lo conforman, cómo estar integrados las direcciones, subdirecciones, secretarías técnicas y administrativas, explicitar las atribuciones.

“Y, por otro lado, porque hubo dos observaciones previas por parte de la Auditoría Superior de la Federación que señaló que el instituto carecía de este reglamento, y puso un plazo para este instrumento administrativo.

“Desde mi punto de vista ayudara teóricamente a cumplir sus funciones de mejor manera, con bases para crear órganos colegiados que orienten el criterio de la autoridad con base en el conocimiento científico y de las especialidades del instituto a través de un Consejo General Consultivo (CGC).

--Es decir que ¿la dirección general tendrá que trabajar de la mano con este consejo?

--Sin duda alguna, se tendrá que operar tomando en cuenta a cada área, en la medida que se diseñen políticas para funciones que el INAH tiene como competencia se tendrán que tomar en cuenta esos criterios, ya no podrán haber decisiones unipersonales de quien sea director o de autoridades, para eso existirá este Consejo General Consultivo, su trabajo será discutir --en el mejor sentido-- las decisiones trascendentes que muchas veces han sido tomadas de manera unilateral y en base a criterios políticos, y no técnicos o académicos.

Sobre el CGC, cabe apuntar que la Secretaría de Cultura adelantó que este sesionará semestralmente y se integrará por 17 miembros, presididos por la persona titular de la Dirección General; cuatro consejeras o consejeros de Área, dos bajo designación del o la titular de la Dirección General y dos por elección del Consejo de Área correspondiente.

Sobre los consejeros de área, sesionarán cuando menos cuatro veces al año, y las decisiones se tomarán por consenso o mayoría de votos. Las consejeras y consejeros invitados por el o la titular de la Dirección General y los electos por investigadores del INAH permanecerán tres años en funciones. Entre otros requisitos, deberán estar trabajando en el INAH con una antigüedad mínima de ocho años de ejercicio en su especialidad, además de que el cargo será de carácter honorífico.

--En todo caso, se puede decir que el Reglamento de la Ley Orgánica es una buena noticia para los trabajadores del INAH…

--Yo diría que, para el INAH, este documento no nace en este último proceso, toma en cuenta a los anteriores, siempre hay reticencia del gobierno central, del federal a aceptar propuestas que tienen canales democráticos de participación, aún así se trató de crear un proceso que con virtudes y limitaciones intentó recoger las distintas opiniones, basado en un equipo de profesionales diversos y con un trabajo que considero transparente. Es muy importante señalar que a pesar de su relevancia no resuelve la problemática del INAH, porque la realidad es más compleja, porque las políticas de estado a veces pasan por encima, esa es una de las desgracias de nuestras instituciones, que nuestra dependencia es tal que tienen que estar sometidas a agendas políticas, aunque con este instrumento habrá mayor solidez.

--Pero hay empatía…

--Bueno, no dejará satisfechos a todos los trabajadores, y es entendible, sin embargo, es un punto de partida, es el inicio de un proceso de complementación de normatividad del INAH tomando en cuenta los cambios del anteproyecto que surgió del Grupo de Trabajo ya que en los filtros burocrático-administrativos a veces les cuesta entender, lo hacen de la visión tecnicista, aún con todo y eso, le será útil al INAH. Es fundamental para el diseño de políticas públicas del INAH, no tengo duda de eso y creo que ayudará a que haya diseños más solidos para el criterio presupuestal.

“Aunque, claro, una cosa es lo ideal, y vuelvo a lo mismo, otra cosa es la política, este régimen ha emprendido un embate contra las instituciones culturales, ha dado muestra de que el conocimiento no le interesa, y si hay un apolítica de estado que tenga como consigna golpear, ahí un reglamento no es garantía de nada.

¿Esta nueva injerencia ayudará en algo a la situación actual de los trabajadores? Tomando en cuenta el actual recorte presupuestal.

-- No es garantía de políticas que sobrepasan al instituto, fuimos testigos de recortes presupuestales, de trabajadores que han quedado sin empleo o que tienen que convertirse en ‘proveedores’, problemas de ese tipo un instrumento como este no lo resolverá, tendría que ayudar al buen funcionamiento, pero más allá de eso hay normatividades de carácter laboral y administrativa, de funcionamiento del aparato gubernamental.

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