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Académicos del INAH, en contra del reglamento interno

Apenas publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 24 de mayo, el Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia ha sido puesto en tela de juicio por académicos y trabajadores.
martes, 6 de julio de 2021 · 00:12

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Apenas publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 24 de mayo, el Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) ha sido puesto en tela de juicio por académicos y trabajadores de la institución.

Lo consideran antidemocrático, y contrario a la ley por pretender ser regulador y hasta perjudicial para el patrimonio nacional histórico y arqueológico.

Así lo expresaron en tres mesas de discusión sobre el instrumento legal, organizadas por el Sindicato Nacional de Profesores del instituto, los días 17, 18 y 19 de junio pasado, con la participación de diversos investigadores y del propio director general del INAH, Diego Prieto, quien reconoció su verticalidad.

En dichas mesas se habló también de la necesidad de reestructurar el instituto --fundado el 3 de febrero de 1939 por mandato de Lázaro Cárdenas y que ha dependido históricamente de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y ahora de la Secretaría de Cultura (SC)-- en un organismo autónomo dadas sus funciones esenciales: investigación, conservación y difusión de los bienes nacionales; educación en áreas de antropología, historia, conservación y restauración del patrimonio; aplicación de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, entre otras.

Previo a los encuentros transmitidos de manera privada a través del canal oficial del sindicato en YouTube, su Comité Ejecutivo envió una carta abierta a Prieto en la cual le expone las razones de su rechazo, entre ellas porque se convocó a Consejos de Área, lo cual hizo suponer que podrían intervenir en decisiones, que han sido unilaterales y centralizadas por el director general, creando un contrapeso. Sin embargo, el reglamento publicado “deja claro que esta perspectiva democratizadora se desvanece” porque “somete al INAH a la decisión unipersonal” del funcionario.

A lo largo de varias horas de debate en los videos, los académicos argumentaron que el reglamento cae en la ilegalidad, pues parte de sus conceptos, expuestos en el Capítulo I, contravienen a la Ley Orgánica del INAH a la cual debe reglamentar.

Baste un ejemplo: El reglamento habla de sitio arqueológico como el lugar donde se concentran restos de la cultura material de sociedades pasadas “que van desde las evidencias de actividad de grupos cazadores-recolectores, hasta los centros urbanos prehispánicos, que no cuentan con declaratoria de zonas de monumentos arqueológicos”.

Mientras que en las leyes Orgánica y sobre Monumentos no existe la palabra sitio. La de Monumentos define una zona arqueológica como “el área que comprende varios monumentos arqueológicos inmuebles, o en que se presuma su existencia”. Y como monumentos a “los determinados expresamente en esta ley y los que sean declarados como tales, de oficio o a petición de parte”.

Se debe tener cuidado, destacó el arqueólogo Jesús Sánchez en su intervención, porque el reglamento no sólo impacta al interior del INAH sino también al exterior, puesto que es un ordenamiento legal. Y puso otro ejemplo al señalar que en ningún momento reconoce el carácter científico de los estudios que realiza el instituto:

“No retoma los conceptos jurídicos que son objeto de la acción del INAH, los sustituye por otros que no están ni en la Ley Orgánica ni en la de Monumentos a la cual invoca constantemente, tergiversa el objetivo y crea un reglamento a modo”.

Autoritarismo

El doctor Paul Hersch cuestionó a su vez el miedo a la inclusión de los trabajadores en la creación de este reglamento, en el cual hubo opacidad y discrecionalidad para elegir a los investigadores que sí participaron en su elaboración, con criterios que a la fecha no se han difundido, señaló:

“Es un proceso psicológico interesante: quien es invitado por un funcionario de alto poder para una tarea tan importante, tácitamente recibe con eso una distinción, entonces queda en deuda con quien lo designó. Hay excepciones, pero esas condiciones terminan legitimando el proceso y manteniendo la confidencialidad”.

En su opinión, lo antidemocrático del reglamento también se evidencia al señalar que debe crearse un Consejo General Consultivo cuyas bases emite el director general. Además, los consejeros recomiendan, proponen y opinan, pero al final las decisiones son unipersonales, del mismo director general, “lo que recuerda la tiniebla de la época priista donde los investigadores sólo servían para legitimar lo que decían los funcionarios”.

Y advirtió:

“El INAH tiene un cometido de tal relevancia que no puede quedar al arbitrio decisorio de un solo individuo, no pensamos que ese individuo se mande solo, está en una cadena, poner (al instituto) en manos de una sola persona, por más integra que sea, es una situación anómala, estaba bien para la época de los reyezuelos, pero ahora es una contradicción”.

No se puede aceptar este reglamento ni apostar a una hipotética mejora, sería “una crasa ingenuidad política y una irresponsabilidad ciudadana y académica de cara al país y a su población”.

El historiador Felipe Echenique hizo ver que el autoritarismo del reglamento no viene sólo del INAH, sino también de la Secretaría de Cultura y la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.

Al responder a los cuestionamientos, el antropólogo Prieto indicó que el reglamento subsana un vacío normativo de 35 años, señalado incluso por la Auditoría Superior de la Federación, y fue tajante al señalar el porqué de la exclusión de los investigadores:

“El reglamento no está por encima de la ley y dice claramente algo que, quizá no se avenga a mi vocación rosaluxemburguista, pero así es: el instituto está a cargo de un director general, nombrado y removido libremente por el secretario de Cultura, antes por la SEP, según el artículo sexto.

Añadió que así lo establece la Ley Orgánica:

“Y nos guste o no nos guste se establece a partir de lineamientos y cargos que recaen en principio en el titular del poder ejecutivo de la federación, que es una persona, buena o mala, pero una persona. Y de ahí la estructura de la Administración Pública Federal.

“Yo seguiré abonando por una voluntad democratizadora, autogestiva, cogestiva si ustedes quieren (recordó aquí el autogobierno de la Facultad de Arquitectura), sin embargo, el instituto es una entidad del gobierno federal, un órgano desconcentrado del gobierno federal, ubicado en la Secretaría de Cultura”.

En ese sentido, los académicos insistieron en que el director del INAH debe ser elegido por voto secreto y universal de sus trabajadores y no impuesto desde arriba por un dedazo, “ya es tiempo de que el instituto deje de depender de un organismo superior, debe tener autonomía para que lo dejen cumplir a cabalidad la encomienda que tiene con la nación”.

Y concluyeron que buscarán diferentes vías para que el reglamento sea derogado, incluso --dijeron-- buscarán vías legales, como el amparo.

Cabe señalar que recientemente se habían aprobado también los nuevos Lineamientos para la Investigación Arqueológica en México, que investigadores del INAH y otras instituciones del país vinculadas a este quehacer consideraron restrictivo, punitivo, extremadamente administrativo, invasor de la propiedad intelectual y la libertad de investigación, y que desalentaba los estudios científicos en un campo tan importante como la arqueología. Señalaron, asimismo, no haber sido consultados para su elaboración.

Entonces, académicos como Leonardo López Luján, Rosa María del Carmen Reyna, Luis Alberto López Wario, Sara Ladrón de Guevara, Alfredo Barrera Rubio, Bolfy Cottom y Eduardo Matos Moctezuma, del INAH, además Rodrigo Esparza López, de El Colegio de Michoacán, y Rodrigo Liendo Stuardo, del Instituto de Investigaciones Antropológicas de la UNAM, debatieron también la pertinencia de su derogación.

Al final, lo lograron, los nuevos lineamientos se suprimieron y se regresó a la normatividad anterior.

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