Femexfut le dice no al Kikín
MÉXICO, D.F., 15 de febrero (apro).- La Comisión de Conciliación y Resolución de Controversias de la Federación Mexicana de Futbol (Femexfut) consideró improcedente la solicitud que hizo el jugador Francisco “Kikín” Fonseca para fijar una nueva fecha y llevar a cabo una audiencia en la que se pueda resolver la controversia que por un monto de 10 millones de pesos mantiene con el club Tigres.
De acuerdo con un documento que el presidente de dicha Comisión, Juan Francisco Rocha Bandala, envió al delantero, Fonseca fue enterado de que no se consideró que existiera un “caso fortuito o de fuerza mayor” para que se ausentara de la audiencia programada para el martes 8 de febrero de 2011 a la que Kikín no llegó porque no pudo tomar un vuelo que lo trasladara de Cancún a la Ciudad de México.
Luego de que el futbolista mandara una carta el viernes pasado solicitando una nueva audiencia y en la que explicó que el vuelo en el que viajaría fue sobrevendido, la Comisión de Controversias resolvió lo siguiente:
“En consecuencia y ya que la única justificación del jugador José Francisco Fonseca Guzmán es una fotocopia presentada con tres días posteriores a la celebración de la Audiencia de Conciliación, a través de la cual el gerente del aeropuerto de Cancún, Quintana Roo, manifiesta que se sobrevendió el vuelo, esta Comisión no considera que existió un caso fortuito o fuerza mayor justificada por parte del jugador para con ello señalar una nueva fecha y llevar a cabo una Audiencia de Conciliación”.
En el escrito, Rocha Bandala le dice al jugador que de acuerdo con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el concepto caso fortuito o fuerza mayor se refiere a los “sucesos inopinados que no se pueden prever ni resistir, tales como inundaciones, torrentes, naufragios, incendios, rayos, violencias, sediciones populares, ruinas de edificios causadas por alguna desgracia imprevista, terremotos o acontecimientos semejantes (…) y (se deben) cumplir con los siguientes requisitos a) irresistible: se traduce en una imposibilidad absoluta de cumplimiento, es necesario distinguir entre la simple dificultad y la imposibilidad absoluta; b) imprevisible, se exige del actor que tome todas las precauciones que puedan evitar el incumplimiento y c) exterior, debe producirse el acontecimiento fuera de la esfera de responsabilidad del actor”.
Con tales argumentos, la Femexfut le arrebató la posibilidad, al menos, de intentar recuperar el dinero de la transferencia del jugador que la directiva del club Tigres se comprometió a guardarle cuando lo trajo de regreso a México precedente del Benfica de Portugal.
Fonseca deberá ahora tratar de recuperar el dinero en un tribunal ordinario.