Se atora de nuevo el proyecto del estadio del Monterrey

viernes, 1 de abril de 2011 · 13:04
MONTERREY, N.L. (apro).- La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) desechó el trámite del Estudio Técnico Justificativo promovido por Fomento Económico Mexicano (Femsa) para construir el Estadio de Futbol Monterrey (EFM) en el Parque La Pastora, ubicado en el municipio de Guadalupe. Este es el segundo revés consecutivo que recibe la empresa que impulsa el complejo deportivo. El primero ocurrió el pasado 17 de marzo, cuando la Semarnat informó que había desechado el trámite para elaborar el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA), debido a que la parte promoverte entregó planos de un predio que, de acuerdo con las coordenadas indicadas, corresponden a un terreno ubicado en el municipio de Cadereyta, a 23 kilómetros de distancia del lugar proyectado. A ese error garrafal de coordenadas se le adjuntan las inconsistencias que Semarnat ya detectó en el trámite para obtener permisos en el proyecto de estadio con cupo para 50 mil personas, que tiene un costo de 2 mil 185 millones de pesos. Semarnat, rechazó el Estudio Técnico Justificativo (ETJ) al encontrar ocho faltas en el trámite promovido por Femsa, a través de su empresa Desarrollo Deportivo y Comercial (DDC). En el oficio 139.04.1.-314 (11) fechado el 17 de marzo, referente al resolutivo del Proyecto Estadio de Futbol Monterrey municipio Guadalupe, Nuevo León, la delegación local de Semarnat, a cargo de Brenda Lizeth Sánchez Castro, encontró que la parte promoverte incumplió con cuestiones básicas como acreditar la propiedad del predio que le entregó el Gobierno del Estado. Para desechar el trámite del ETJ, Semarnat alega, en su punto número 1, que “el documento mediante el cuál pretenden acreditar la propiedad, no se encuentra debidamente inscrito en el registro Público de la Propiedad y del comercio (ya que se trata de una concesión)”. Continúa ese primer punto: “Se puede apreciar que señalan que el derecho real de la propiedad no se transmite, por lo que no implica la enajenación del patrimonio inmobiliario del Estado, en consecuencia de lo anterior, y en este caso no acredita el derecho para solicitar el cambio de uso de suelo y/o MIA”. Esta inconsistencia, originada en el Gobierno de Nuevo León lleva al punto 2, que señala que “en consecuencia de lo anterior, no se desprende que el solicitante (Femsa) posea la facultad para solicitar la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, así como tampoco se observa que pueda solicitar la autorización para el MIA”. Resulta inexplicable que Femsa no entregara a Semarnat el título de propiedad del terreno pues para que el Congreso aprobara la desafectación del área de 25 hectáreas, el 31 de marzo del 2010, se exhibió un documento fechado el 3 de 1983 en el que el entonces gobernador Alfonso Martínez Domínguez, adquiría, a nombre del gobierno estatal, el predio de 366 mil metros cuadrados del que se desprenden los dos polígonos juntos que el ahora mandatario Rodrigo medina le a la empresa en comodato por 60 años. En el punto 3, Semarnat le reclama a Femsa haberle presentado el documento de un fideicomiso empresarial que no fue celebrado ante notario público. Señala que “el fideicomiso fue celebrado en fecha de 4 de septiembre del 2008, por lo que deberá de acreditar tener los derechos de los bienes antes de esa fecha. Aunado a lo anterior, deberá de ratificar el documento que nos ocupa, así como deberá presentar el mismo debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio”. Punto 4: el 30 de agosto del 2010, en el documento de cesión de derechos, la secretaría de Finanzas y Tesorería del estado, mediante oficio DT-DLH-659/2010 autorizó la cesión de recechos y obligaciones a favor del fideicomiso F/396 celebrado entre el Bank of América México institución de banca múltiple, Grupo Financiero Bank of América División Fiduciaria en su carácter de fiduciario y Desarrollo Deportivo y Comercial SA de CV, como fideicomitente A y fideicomisario A. Semarnat le vuelve a reprochar a Femsa que el contrato no fue celebrado ante notario público ni está inscrito en el Registro Público. “Aunado a lo anterior, no exhibe el oficio DT-DLH-659/2010, por lo que deberá presentar el mismo en original y copia certificada y deberá ratificar el convenio en comento ante fedatario público para posteriormente realizar la inscripción (en caso de que proceda)”. En el punto 5, Semarnat le cuestiona a Femsa con qué derecho realizó el contrato del fideicomiso para otorgarle bienes y derechos, pues el 4 de septiembre del 2008 no se le había otorgado el título de concesión ni emitido oficio la secretaría de Finanzas. Por eso le pide anexar un contrato de fideicomiso inscrito en el registro público y con fecha posterior al 6 de agosto del 2010, cuando salió el decreto estatal para entregar el predio a la empresa. Según el punto 6, DDC falló al no entregar copia certificada de su acta constitutiva, en la que aparezcan como representantes y apoderados de la sociedad Tonatiuh Mejía Moysen y Marco Antonio Mascarúa Galindo. En el 2009, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente multó a la empresa Geotecnia e Ingeniería de Monterrey SA de CV por hacer trabajos de desmonte en el predio de La Pastora. Semarnat le pide al promoverte, en el punto 8, que demuestre que el proceso ya está concluído.

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