Sobre denuncias contra funcionarios de la SEP

miércoles, 18 de julio de 2018 · 20:52
Señor director: Me refiero a la nota “Alistan denuncia contra funcionarios de la SEP por desvío de recursos públicos”, difundida el 17 de julio de 2018, en la página web de la revista Proceso, y sobre la que me permito hacer las siguientes precisiones: 1.- Los procesos de ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia respecto al personal docente, se realizan conforme a lo establecido en la Ley General del Servicio Profesional Docente, Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública y las diversas disposiciones que para tal efecto se encuentran vigentes. 2.- Respecto al otorgamiento de nombramientos a partir del mes de mayo a los que se hace alusión en la citada nota periodística, se precisa que únicamente en ocho de los planteles de CETIS y CBTIS, se otorgaron de acuerdo a una lista de prelación. 3.- En la Convocatoria del Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con funciones de Dirección en Educación Media Superior ciclo escolar 2017-2018, emitida por la entonces DGETI, señala en el numeral “XIV. CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE CARGOS” lo siguiente: “El Subsistema de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, de acuerdo con los cargos vacantes que se vayan generando en el ciclo escolar 2017–2018, convocará a quienes continúen en el orden de prelación para su promoción al cargo con funciones de Dirección (Director, Subdirector, Jefe de Departamento o equivalente) considerando las necesidades del servicio educativo. Con posterioridad al 16 de agosto de 2017, la adscripción que se asigne al personal promovido será provisional”. Y este es el caso de las ocho personas que recibieron su nombramiento en mayo de este año. 4.- En relación con los hechos que presuntamente se atribuyen al Dr. Rodolfo Tuirán, actual Subsecretario de Educación Superior, respecto de su presunto involucramiento en la conducción de las políticas de la educación media superior, es preciso aclarar que dicho servidor público únicamente está facultado para ejercer las atribuciones que le confiere, el artículo 6º del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de su competencia. 5.- Por lo que respecta a la Dra. Sylvia Ortega Salazar, Subsecretaria de Educación Media Superior, nunca ha favorecido a docente alguno para cargos con funciones de Dirección, por lo cual se deslinda y niega rotundamente lo señalado en la nota informativa para todos los efectos legales y de opinión. Lo anterior, toda vez que los cargos que se asignan es con apego a lo previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente, las Convocatorias emitidas y con base en las atribuciones que le confiere el artículo 6º del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. 6.- Atendiendo a lo dispuesto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las Subsecretarías de Educación Superior y Media Superior han dado vista del comunicado de mérito al Órgano Interno de Control en la SEP para que, esa instancia, en ejercicio de las facultades de investigación que le confiere dicho ordenamiento, lleve a cabo las acciones que estime procedentes y, en su caso, deslinde las responsabilidades a que haya lugar. Atentamente Licenciado Eduardo Gutiérrez Campos Director general de Comunicación Social

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