Presenta ONG denuncia contra la trasnacional Kellogg's
México, D F, 4 de junio (apro)- "Por difundir publicidad engañosa y promover hábitos de consumo inadecuados para los niños", la organización "El Poder del Consumidor" presentó una denuncia ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en contra de la trasnacional Kellogg`s Company México, por violar la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), la Ley General de Salud (LGS) y la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRT)
Alejandro Calvillo, director de esa organización, informó que hoy entregaron copia de la denuncia a las secretarías de Salud y Gobernación
Calvillo dijo que Kellogg`s viola "flagrantemente" esas leyes, debido a que "nuestros niños están siendo expuestos a anuncios que engañan, exageran y distorsionan los hábitos de una buena nutrición" Añadió que los cereales de Kellogg's dirigidos a niños contienen niveles de azúcares "muy altos" que fomentan la obsesidad
Explicó que, por ejemplo, "Choco Krispis", "Froot Loops" y "Chocos" contienen 46 por ciento de azúcares, en tanto que "Choco Zucaritas con Malvavisco", 45 por ciento
Señaló que los cereales procesados por la transnacional Nestlé dirigidos al mercado infantil ("Nesquik", "Trix", "Lucky Charms" y "Cookie Crsp"), no difieren mucho en el contenido de los de Kellogg's
Afirmó que las leyes que viola Kellogg`s con su anuncio sobre "Zucaritas" son: la LFPC, artículo 32, que prohíbe la publicidad que "induce a error o confusión por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta"
El artículo 67 de la LFPC, que señala: "En la programación dirigida a la población infantil no deberá hacer publicidad que incite a la violencia o aquella relativa a productos alimenticios que distorsionen los hábitos de la buena nutrición"
"Las leyes son claras y el anuncio de Kellogg`s las infringe flagrantemente Nuestros niños están siendo expuestos a anuncios que engañan, exageran y distorsionan los hábitos de una buena nutrición", añadió
Dijo que también se viola el reglamento de la LGS en materia de publicidad En su artículo 22, establece: "La publicidad de alimentos, suplementos alimenticios y bebidas no alcohólica no deberá: V Expresar o sugerir, a través de personajes reales o ficticios, que la ingestión de éstos productos proporciona a las personas características o habilidades extraordinarias"
El artículo 307, de la LGS, dice: "La publicidad no deberá inducir a hábitos de alimentación nocivos ni atribuir a los alimentos un valor superior o distinto al que tengan en realidad"
El artículo 67 de LFRT establece: "No se hará publicidad a centros de vicio ni se transmitirá propaganda o anuncios de productos industriales, comerciales o de actividades que engañen al público o le causen algún perjuicio por la exageración o falsedad en la indicación de sus usos, aplicaciones o propiedades"
Calvillo dijo que en el nuevo etiquetado propuesto por la Food Standards Agency del Reino Unido, se califica como alto contenido de azúcar y con luz roja de precaución a los productos alimenticios que contienen 15 por ciento de su peso en azúcar
Añadió que los cereales comercializados para niños por la empresa Kellogg`s tienen hasta el doble y el triple de esta cantidad
Señaló que la denuncia contra esa empresa es parte de la campaña de esa organización por "una alimentación sana", la cual busca contribuir a cambiar el ambiente que genera la epidemia de la obesidad que vive la población
"No es suficiente con regular la publicidad para combatir la epidemia de obesidad Las causas de este problema son múltiples Sin embargo, no hacerlo volverá imposible combatir este flagelo", añadió
México está considerado como el segundo país con problemas de sobrepeso y obesidad después de Estados Unidos La Secretaría de Salud ha reconocido que la obesidad ha alcanzado calidad de epidemia en México y es uno de los principales problemas de salud La obesidad en niños de entre 5 y 11 años se incrementó en 40 por ciento en los últimos siete años