Improcedente, controversia contra de Swaan: SCJN

miércoles, 6 de octubre de 2010 · 01:00

MÉXICO, D.F., 6 de octubre (apro).- Por notoriamente improcedente, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó hoy la controversia constitucional promovida por el Senado contra el nombramiento de Mony de Swaan como presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

En una votación de cuatro votos contra uno, la Segunda Sala de la SCJN concedió la razón al presidente Felipe Calderón, en el sentido de que el Senado no tiene legitimación para cuestionar los nombramientos que son facultad exclusiva del Ejecutivo.

Bajo ese argumento, los ministros revocaron, a propuesta de la ministra Margarita Ramos, el acuerdo dictado el 25 de agosto por el ministro Fernando Franco, quien admitió a trámite la demanda de los senadores.

En un juicio promovido desde el pasado 20 de agosto, con el voto en contra del PAN, los legisladores consideraron que De Swaan no cumplía con el requisito que establece el artículo 9 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que asegura que para ser comisionado se debe tener experiencia en el ramo, por lo que Felipe Calderón no debió nombrarlo como presidente de la Cofetel.

En respuesta, la SCJN consideró que el Senado no tiene legitimación para cuestionar este tipo de nombramientos, que son facultad exclusiva del Ejecutivo, ya que para promover una controversia constitucional, el órgano de gobierno agraviado tiene que probar al menos un principio de invasión a su esfera de atribuciones.

Antes de llegar a la Cofetel, De Swaan se desempeñaba como coordinador de asesores del titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Juan Molinar Horcasitas, por lo que los legisladores priistas, quienes impulsaron el juicio, determinaron que no tenía experiencia en el ramo de telecomunicaciones.

Para contrarrestar la medida priista, Calderón promovió un recurso de reclamación, que se registró con el número 29/2010-CA, en el que argumentó, a través de su Consejería Jurídica, que el ministro Fernando Franco ni siquiera debía haber admitido la demanda de los legisladores, porque es notorio que sólo al presidente de la República le corresponde designar a los comisionados de la Cofetel.

No obstante, en 2007 el pleno de la Suprema Corte invalidó un artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones que daba al Senado la facultad de objetar los nombramientos en la Cofetel, debido a que se trata de un órgano desconcentrado, no descentralizado, que forma parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y por tanto del sector central de la administración pública.

En aquella ocasión la SCJN consideró que el principio de subordinación jerárquica impide que otros poderes participen en estos nombramientos, a menos que lo prevea expresamente la Constitución, como sucede, por ejemplo, con el titular de la Procuraduría General de la República.

El mismo criterio existe para integrantes de otros órganos reguladores como la Comisión Federal de Competencia,  desconcentrado de la Secretaría de Economía.

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