SCJN avala constitucionalidad del Renaut

miércoles, 7 de julio de 2010 · 01:00

MÉXICO, D.F., 7 de julio (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló hoy la constitucionalidad del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut).
Al negar un amparo promovido por la empresa la empresa Prudencial Real State en contra del Renaut, la Suprema Corte determinó que el registro no viola las garantías de privacidad y de inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
Prudencial Real State alegaba que el Renaut viola las garantías protegidas por el artículo 16 constitucional al obligar a los concesionarios a elaborar y conservar un registro separado de los usuarios de telefonía móvil.
Hoy, los ministros de la Segunda Sala de la SCJN determinaron por unanimidad que la reforma al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones aprobada en febrero de 2009, mediante la cual se creó el Renaut, no pueden considerarse actos tendentes a lograr la intervención de las comunicaciones, ni mucho menos actos que impliquen violar comunicaciones.
De acuerdo con el dictamen elaborado por el ministro Salvador Aguirre Anguiano, los datos que debe de recabar y conservar el concesionario únicamente se refieren a los aspectos relativos a la identificación y localización de los números de los usuarios, así como al tipo de servicio que realizaron, “pero no existe elemento alguno que permita sostener que los concesionarios también tengan la obligación de registrar el contenido de las llamadas y los mensajes realizados a través de la vía telefónica celular”.
    “Es dable afirmar que la sola mención del deber de registrar y conservar los datos antes mencionados no implica una violación a la garantía de privacidad e inviolabilidad de comunicaciones, pues debe recordarse que esas garantías tienen a proteger el contenido de la comunicación realizada", estableció el ministro.
“Los aludidos registros no constituyen una intervención en las comunicaciones privadas, ya que en ellos sólo se desglosan las llamadas y los mensajes telefónicos que en determinadas fechas se efectuaron en diversos teléfonos, sin que de ellos se desprenda el contenido de las conversaciones ni de los textos", agregó.

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