Pide Cofece ajustar contrato de franquicia con Pemex

lunes, 25 de enero de 2016 · 19:56
MÉXICO, DF (apro).- A partir de este mes la Comisión Reguladora de Energía (CRE) debe asegurarse que los permisionarios de comercialización y expendio al público de gasolinas y diésel puedan adoptar modelos de negocio diferentes al de la franquicia Petróleos Mexicanos (Pemex). A fin de cumplir con la nueva Ley de Hidrocarburos, la CRE deberá asegurarse que en el contrato de franquicia Pemex no condicione la venta de gasolinas y diesel a las estaciones de servicio, como lo hace actualmente al obligarlas a contratar el transporte. La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) emitió recomendaciones a la CRE en materia de competencia sobre el contenido de los modelos de contrato de suministro, anteriormente denominados contratos de primera mano, y de franquicia de gasolinas y diésel propuestos por Pemex Transformación Industrial (Pemex). Actualmente Pemex es el único proveedor de gasolinas y diésel en el país y tiene firmados contratos de venta de primera mano y de franquicia con las más de 11 mil estaciones de servicio. La mayoría de ellos fueron celebrados antes de la entrada en vigor de la reforma energética y de la Ley de Hidrocarburos, que establece un esquema de transición hacia un mercado competido de gasolinas y diésel Dicho esquema señala, entre otros aspectos, que a partir del primero de enero de este año, los permisionarios de comercialización y expendio al público de gasolinas y diésel, nuevos y establecidos, adopten modelos de negocio distintos al de franquicia Pemex. Ahora los permisos para el expendio al público de gasolinas y diésel podrán ser otorgados por la CRE a cualquier interesado. Los contratos de suministro que suscriba Pemex con comercializadores y estaciones de servicio, no podrán estar condicionados a la celebración de contratos de franquicia, y la vigencia de los contratos de suministro, no podrá exceder del 31 de diciembre de 2016, fecha en la que se abre el mercado de gasolinas y diésel a la importación. Esto a fin de que los comercializadores y propietarios de estaciones de servicio decidan si optan o no por un modelo independiente al de franquicia Pemex para el expendio al público de combustible y, a partir de 2017, si pactan el suministro de gasolinas y diésel con Pemex o con un tercero. Por ello, la Cofece recomendó a la CRE atender los siguientes aspectos del modelo de contrato de suministro para dar cumplimiento a la reforma energética: Que Pemex esté obligado a desagregar los distintos servicios que presta a elección del usuario, incluyendo los precios individuales de cada uno de éstos. Considerar la adquisición o entrega de gasolina y diésel sin estar obligado a contratar cualquier otra actividad o servicio tales como transporte, custodia, almacenamiento u otro de valor agregado. También que Pemex no establezca modalidades de entrega obligatorias como condición para la venta de gasolina y diésel, como el traslado de combustibles a las estaciones de servicio con personal y/o equipo de esa empresa productiva del Estado, como actualmente aparece en el modelo de contrato. Además la Cofece recomienda que independientemente de la vigencia pactada, se incluya una cláusula que permita al adquirente dar por terminado el suministro de manera unilateral y que la compra de combustibles a Pemex no genere exclusividad alguna y no se limiten las operaciones de compraventa con otros proveedores. También sugiere no incluir un margen comercial ligado a la categoría de la estación de servicio, “lo que podría generar ventajas exclusivas en favor de franquiciatarios de Pemex y en perjuicio de estaciones de servicio independientes que únicamente contraten el suministro”. En cuanto al modelo de contrato de franquicia, la Cofece recomendó a la CRE no establecer relaciones de largo plazo o hacer difícil la salida de la relación comercial. Actualmente el contrato modelo señala una vigencia de 15 años. Precisar que la relación de franquicia sólo comprende la venta de gasolinas y diésel, a fin de que el franquiciatario no esté constreñido a comercializar otros productos diferentes. Por último, permitir que los precios de venta al público sean determinados por cada permisionario y no por Pemex, en virtud del nuevo régimen de banda en el precio máximo de estos combustibles.

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