Profeco exhorta a afectados por paro de pilotos de Aeroméxico a presentar su inconformidad

martes, 5 de diciembre de 2017 · 12:53
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Usuarios de Aeroméxico afectados por el paro de pilotos del pasado 28 de noviembre pueden presentar su inconformidad ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y obtener descuentos o hasta la devolución del costo del boleto. Así lo informó la Profeco al exhortar a que los afectados presenten sus recursos a fin de llegar a un acuerdo con la línea aérea a través del mecanismo de conciliación telefónica Conciliaexprés. “El Teléfono del Consumidor es el 55 68 87 22, en la Ciudad de México y área metropolitana, y el 01 800 468 8722, sin costo en el resto del país, donde se recibirán dichas denuncias”. La Profeco recordó que la contingencia de Aeroméxico provocó la cancelación de 62 vuelos redondos, lo que afectó a más de 10 mil pasajeros. En un comunicado, la Procuraduría del Consimidor señala que, de acuerdo con la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor, en los casos de retraso o cancelación por causas atribuibles a la proveedora, como es el presente caso, la línea aérea debe otorgar: En retrasos de 1 a 2 horas, cupón para utilizar en un vuelo posterior en la misma ruta correspondiente al 5 % del precio pagado por el boleto. De 2 a 4 horas, los descuentos cupón para utilizar en un vuelo posterior en la misma ruta correspondiente al 7.5 % del precio pagado por el boleto. Si fue mayor a 4 horas, devolución del costo del boleto o de la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje e indemnización del 25% del precio boleto o de la parte no realizada del viaje o protección en el primer vuelo disponible, acceso a medios de comunicación, alimentos de acuerdo con el tiempo de espera; en caso de pernocta, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto o bien viaje en fecha posterior e indemnización no inferior al 25% del precio del boleto. Además, en el caso de cancelación del vuelo, a elección del consumidor, deben reintegrarle el precio del boleto o de la parte no realizada del viaje y la indemnización no inferior al 25% del precio del boleto u otorgar transporte sustituto en el primer vuelo disponible y acceso a llamadas, correos electrónicos, alimentos, alojamiento y trasporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o bien transportarlo en fecha posterior e indemnización no inferior al 25% del precio del boleto.

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