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SAT incluye a 48 contribuyentes a lista de empresas factureras

las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos.
martes, 28 de septiembre de 2021 · 10:26

CIUDAD DE MÉXICO (apro).—El Servicio de Administración Tributaria (SAT) agregó a 48 contribuyentes a la lista de “factureros” dedicados a la construcción, consultoría, servicios de contabilidad, agencias de colocación, servicios profesionales, de ingeniería, de limpieza, así como personas físicas.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF) derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación (CFF), las autoridades fiscales detectaron que los contribuyentes emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

Atendiendo lo dispuesto por Código Fiscal de la Federación, en los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios apercibidos.

Si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de dichas autoridades, en términos del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que “no desvirtuaron” los hechos dados a conocer y por tanto, se encontrarían en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

El  SAT añadió que una vez transcurrido el plazo señalado y no se apersonaron ante la autoridad fiscal, no desvirtuaron los hechos que se les imputan.

De acuerdo con lo publicado en el DOF, las empresas “factureras” y personas físicas de los cuales, siete se encuentran en Zapopan, Jalisco; cuatro en la Alcaldía Benito Juárez en la Ciudad de México; cuatro en Culiacán, Sinaloa; tres en León, Guanajuato; dos en Torreón, Coahuila; dos en Guadalajara, Jalisco; dos en la alcaldía Miguel Hidalgo en la capital del país; dos en Zumpango y Nezahualcóyotl, Estado de México respectivamente y dos en Tampico, Tamaulipas.

Las 15 “factureras” restantes en otras ciudades del país.

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