Soberanía y derechos humanos
En mi última colaboración me referí a la ética de los gobernantes, al uso de la mentira y el engaño como instrumentos de política exterior, poniendo el ejemplo de las mentiras de los gobiernos estadounidense y británico respecto a la existencia de armas de destrucción masiva en Irak y a la necesidad de que la ética sustente las relaciones internacionales
Quisiera abordar en esta ocasión otro aspecto de esa dimensión ética de las relaciones internacionales: el de la relación entre la soberanía de los Estados y la protección de los derechos humanos En las últimas semanas hemos tenido tres ejemplos contrastantes al respecto Por un lado, el descubrimiento de fosas comunes en Irak que comprobarían la represión y el exterminio sistemático que llevaba a cabo el régimen de Hussein Un segundo caso es el de la aprobación por el Consejo de Seguridad de una resolución que prorroga la inmunidad a las tropas y ciudadanos estadounidenses para no ser sometidos a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y, por último, un tercer caso, la decisión sin precedentes de la Suprema Corte de Justicia de nuestro país de negar el amparo al exmilitar argentino Ricardo Cavallo y autorizar su extradición a España para ser juzgado por delitos de lesa humanidad
Esta última decisión representa un avance inconmensurable en la protección de los derechos humanos A partir de ahora, los torturadores y violadores flagrantes de derechos humanos saben que no hay ley de punto final o de amnistía que valga, que ya no tienen impunidad
Falta por supuesto conocer el desenlace final con la decisión del juez en Madrid, pues hay que tener presente que Baltasar Garzón es un juez de instrucción, con funciones similares al Ministerio Público en México, es decir él armó el caso en contra de Cavallo, pero este tiene que ser sometido aún a un juicio
En cuanto a la resolución 1487 adoptada por el Consejo de Seguridad por 12 votos a favor (México inclusive) y tres abstenciones, el pasado 12 de junio, hay que subrayar que resultó del todo innecesaria y que significa un paso atrás en los esfuerzos por establecer un derecho penal internacional Como se recuerda el año pasado el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1422 por la que garantizaba, durante año, que los soldados de países no signatarios del Estatuto de la Corte Penal Internacional participantes en operaciones de mantenimiento de la paz, no serían sometidos a ningún proceso al amparo del recién aprobado Estatuto de Roma En su momento, los países integrantes del Consejo aprobaron la resolución por considerar que de esa manera se daría tiempo a los que no habían ratificado el Estatuto y para garantizar la continuidad de las operaciones de mantenimiento de la paz de la ONU
Este año, aún el Secretario General de la ONU consideró innecesaria una nueva resolución, pero Estados Unidos presionó y avasalló a los miembros del Consejo de Seguridad y la 1487 fue aprobada Ello representó un ulterior debilitamiento del derecho internacional y puso en entredicho el compromiso de la gran potencia y de otros muchos países con la protección de los derechos humanos y el derecho penal internacional Un paso atrás en la dimensión ética de las relaciones internacionales
Finalmente, el tercer caso, de las fosas comunes masivas encontradas en Irak pone a la comunidad internacional ante el imperativo de actualizar los mecanismos de vigilancia y protección de los derechos humanos En los últimos años se ha debatido el tema tanto en la Comisión de Derechos Humanos como en la Asamblea General, se han publicado informes como el titulado “La Responsabilidad de Proteger” que sugiere límites y directrices para la intervención de la comunidad internacional cuando un gobierno viole sistemáticamente los derechos de sus ciudadanos, pero no ha habido consenso sobre el particular
Los mecanismos vigentes en la ONU, en la OEA y en otros organismos internacionales, siguen basándose en la presión moral, en la condena, pero no tienen carácter coercitivo Y a los dictadores poco les importa la condena moral internacional De ahí la necesidad de debatir y llegar a acuerdos sobre mecanismos efectivos de protección, que seguramente matizarán aún más el alcance de la soberanía estatal en el mundo contemporáneo
El principal obstáculo al progreso en esta materia es, paradójicamente, la actitud del gobierno actual de los Estados Unidos Ante la arrogancia, la unilateralidad y el avasallamiento, los países débiles no querrán abrir puertas a una intervención unilateral de los Estados Unidos con el pretexto de la protección de los derechos humanos Así, los Estados Unidos minan día con día el orden internacional que ayudaron a construir de manera fundamental después de la Segunda Guerra Mundial Para tener una verdadera dimensión ética en las relaciones internacionales se necesita abordar el espinoso tema de mecanismos de verificación y sanción ante la violación masiva y flagrante de los derechos humanos