Guatemala: Ataques al sindicalismo
GUATEMALA., 4 de marzo (apro).- El gobierno de Guatemala “ha venido siendo objeto de señalamientos por graves violaciones a los derechos sindicales, particularmente las relacionadas con el derecho a la vida e integridad física y el hostigamiento en contra de los líderes sindicales”.
De ello dan cuenta las 49 muertes violentas registradas de 2005 a enero de 2010, ningun a de las cuales ha sido investigada ni los agresores juzgados.
Estos datos figuran en el informe “Guatemala: el costo de la libertad sindical”, elaborado por el Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco (MSICG), con el apoyo de la Confederación Sindical de Trabajadores de las Américas (CSA).
Luego de documentar algunos de los homicidios, 16 de los cuales ocurrieron en 2009, el informe publicado el pasado 12 de febrero denuncia que “existen indicios razonables y, en algunos casos, elementos de convicción de que al menos en 23% de los asesinatos hubo participación de las fuerzas de seguridad del Estado, vinculadas directamente a ordenes del organismo ejecutivo o de las Municipalidades”.
Además, documenta 93% de los casos “los compañeros asesinados y sus organizaciones estaban en conflicto por reclamaciones relacionadas con el ejercicio de los derechos sindicales ya sea laborales o bien relacionado con el acceso a recursos naturales”.
En el 7% restante de los hechos de violencia, dice, ocurrieron fuera “de un marco específico de actividad sindical”.
Lo más grave es, subraya el informe, que “existen indicios razonables para considerar que los asesinatos se produjeron en un acto de represalia, para desarticular la acción y la organización sindical”.
Un dato apuntala el anterior señalamiento: “8% de los homicidios se han cometido pocas semanas después de que los compañeros han iniciado acciones para hacer valer sus derechos sindicales y laborales” y, además, “porque el 75% de los sindicalistas asesinatos ha sido amenazado con anterioridad por su actividad sindical”.
De los casos mencionados, el informe reporta los dos últimos sucedidos a principio de este año. El primero, el 13 de enero, día en que Evelinda Ramírez Reyes fue asesinada poco después de “sostener reuniones con los Diputados del Congreso de la República para discutir la problemática de los consumidores frente a los abusos de Unión Fenosa (empresa española de electricidad)”.
El otro caso, aún más reciente, es el de Pedro Antonio García quien “fue asesinado el 29 de enero de 2010 en el marco de un conflicto con la empleadora (municipalidad Malacatán San Marcos)”. En este caso, afirma el documento, “existen indicios razonables de que en estos actos existe participación de las autoridades municipales”.
Más adelante, el informe de MSICG revela que “un 31% de asesinatos fue perpetrado contra trabajadores sindicalizados del sector público en donde la empleadora es el propio estado de Guatemala”. Lo anterior, según los autores de la investigación, demuestra que “la grave falta de respeto a los derechos sindicales y la falta de cultura sindical” ocurre “tanto en el sector público como en la iniciativa privada”.
Así, prosigue el documento, “existen indicios razonables y en algunos casos elementos de convicción de que al menos en un 23% de los asesinatos hubo participación de las fuerzas de seguridad del Estado, vinculadas directamente a ordenes del organismo ejecutivo o de las Municipalidades”.
Y, por si fuera poco, indica, “a la fecha de presentación de este informe en ninguno de los casos citados se ha individualizado, juzgado y sentenciado a los autores materiales e intelectuales de los hechos”.
Como en la guerra civil
Además de los asesinatos, el informe señala también otras formas de violencia en contra de la actividad sindical. Denuncia “secuestro, tortura, lesiones, intentos de asesinato, intentos de ejecución extrajudicial”. Indica que este tipo de acciones se incrementaron “475% en 2009, llegándose a cometer 76 agresiones consideradas de forma individual”.
Afirma que “las amenazas toman un nuevo matiz y se relacionan con patrones seguidos durante la guerra interna para exterminar al sindicalismo”.
Abunda: “Las detenciones ilegales no sólo se incrementan sino que en ellas se ven involucrados funcionarios públicos [...] las esposas de dirigentes sindicales o las mismas sindicalistas son objeto de violencia sexual con el ánimo de desmotivar el ejercicio de los derechos sindicales”.
En este rubro, el informe denuncia también la existencia de casos muy recientes. Menciona, por ejemplo, el “intento de asesinato por parte de las autoridades municipales” en contra de Abel Barsilai Girón Roldan, miembro de sindicato de trabajadores del municipio de Zaragoza.
El 20 de enero pasado, “a las diecinueve horas con treinta minutos, cuando el compañero Abel se disponía a ingresar a su vivienda ubicada en la 1 calle 5-90 zona 3 del municipio de Zaragoza del departamento de Chimaltenango, recibió cerca de él alrededor de 13 impactos de bala provenientes del señor Rumualdo Marroquín concejal primero de la corporación municipal del municipio de Zaragoza, departamento de Chimaltenango”.
Narra también el caso de María Vasquez quien en fecha “6 de enero de 2010, a las 6:05 am, en la parada de bus donde esperaba el transporte de la empresa Winner S.A., fue secuestrada, torturada y violada”. El hecho, según el documento, “ocurre en el marco de la reciente toma de posesión de la compañera como Secretaria General Adjunta del Sindicato de la empresa”.
Finalmente, el informe describe con detalle “otra práctica antisindical utilizada en Guatemala, tanto en el sector público como en el privado, para eliminar las organizaciones sindicales existentes”: la criminalización del ejercicio de los derechos sindicales.
Según el documento, esta práctica se traduciría tanto en acciones penales en contra de los dirigentes sindicales, como en la gestión mediatica contraria a las actividades sindicales como, finalmente, en “ataques informáticos contra el movimiento sindical autónomo”.
El interés de la OIT
El informe del MSICG afirma que “desde la ratificación por parte del Estado de Guatemala (1952) del Convenio 87 Sobre la libertad sindical y la protección del derecho a la sindicación de 1948 y del Convenio 98 Sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva de 1949, pero particularmente desde el año 2007, este ha venido siendo objeto de señalamiento por graves violaciones a los derechos sindicales”.
Dichos señalamientos fueron incorporados recientemente en el Informe IB de la 97 Conferencia Internacional del Trabajo realizada en el año 2008 “La libertad de asociación sindical en la práctica: lecciones extraídas”.
En este informe, el director de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Juan Somavía, afirma que “pese a que el número de quejas relativas a la violación del derecho a la vida e integridad física de sindicalistas a nivel mundial fue disminuyendo, en el caso de Guatemala estas quejas aumentan día a día”.
Tal situación orilló a la OIT a enviar una Misión de Alto Nivel en Guatemala, en febrero de 2009. El resultado de dicha misión enfatizó “la enraizada situación de violencia contra sindicalistas e impunidad de esos casos”.
Otros puntos de la relación de la misión de la OIT son los siguientes: “La Comisión observó con preocupación que los problemas pendientes se refieren a numerosos y graves actos de violencia contra sindicalistas y a disposiciones legislativas o prácticas incompatibles con los derechos consagrados en el Convenio 87, inclusive restricciones al derecho de sindicación de ciertas categorías de trabajadores”.
Acerca de la actuación del gobierno de Guatemala, ya señalada como “ineficaz” por el Informe del MSICG, la Comisión de la OIT “tomó nota también de la ineficacia de los procedimientos penales en relación con estos actos de violencia que dan lugar a una situación grave de impunidad y de los retrasos excesivos en los juicios laborales”.
Además, “tomó nota también de alegatos relativos a la falta de independencia del Poder Judicial”, así como de que “la situación en cuanto a la violencia y la impunidad parece haberse agravado y recordó la importancia de garantizar urgentemente que los trabajadores puedan llevar a cabo sus actividades sindicales en un clima exento de temor, amenazas y violencia”.
Acerca del nivel de impunidad se “subrayó la necesidad de que se realicen progresos significativos en relación con las sentencias condenatorias sobre actos de violencia contra sindicalistas y para garantizar que se sancione no sólo a los autores materiales sino también a los instigadores.”
--FIN DE TEXTO--