Endurece el Papa sanciones contra pederastas
MÉXICO, D.F. (apro).- El papa Francisco aprobó modificaciones a las leyes penales vigentes en el Estado Vaticano, una de las cuales incluye sanciones específicas a los delitos de abuso contra menores de edad.
Las nuevas normativas definen categorías en este tipo de delitos, como pornografía infantil, prostitución, violencia sexual, enrolamiento o posesión de material pornográfico con menores de edad.
Las innovaciones fueron introducidas en el Código Zanardelli, que data de 1899, y en el Código Finocchiaro Aprile, de 1913. Dichas leyes penales fueron redactadas por juristas italianos y adoptadas por el Estado Vaticano –fundado en junio de 1929– mediante los llamados Tratados de Letrán.
De acuerdo con e presidente del Tribunal del Estado Vaticano, Giuseppe Dalla Torre, las reformas legislativas buscan actualizar diversas tipologías de delito que anteriormente eran muy genéricas o ni siquiera eran tomadas en cuenta en esos códigos.
Aparte de tipificar los delitos relacionados con abuso de menores, las reformas también incluyen los denominados delitos de “lesa humanidad”, como el genocidio, la tortura o el apartheid.
Un cambio sustantivo fue abolir la cadena perpetua, que fue sustituida por la pena de 30 a 35 años de reclusión.
Otros delitos incluidos son el secuestro, obstrucción de la justicia, asociación criminal o compra de objetos robados.
La persecución de dichos delitos incluirá no solo a quienes los cometen dentro de la Santa Sede, sino también a las personas que delinquen fuera e involucran a los dicasterios de la Curia Romana.
Las nuevas disposiciones penales nada tienen que ver con la normatividad religiosa, contenida en el Código de Derecho Canónico, que también contempla sanciones, pero de carácter estrictamente eclesiástico.