Juez archiva investigación del rey Juan Carlos por 'caso Corinna” en España

viernes, 7 de septiembre de 2018 · 13:31
MADRID (apro).- El juez de la Audiencia Nacional, Diego de Egea, dictó este viernes el sobreseimiento provisional de la llamada pieza “Carol”, sobre las grabaciones en las que la princesa Corinna Sayn-Wittgenstein atribuye negocios opacos y presuntamente delictivos al rey emérito Juan Carlos de Borbón. A petición de la Fiscalía Anticorrupción, el magistrado dispuso su archivo por considerar que no existen “indicios racionales” de la comisión de los delitos investigados de “descubrimiento y revelación de secretos y de cohecho” atribuidos al comisario de la Policía Nacional jubilado, José Manuel Villarejo, un oscuro personaje de las “cloacas del Estado” que ha producido muchos dolores de cabeza a la clase política y empresarial, así como a la Casa real, a muchos de cuyos personajes espió. Una comunicación del Ministerio Fiscal dada a conocer esta mañana, recuerda que de las grabaciones analizadas se desprende que Corinna habla de un terreno en Marrakech, Marruecos, que fue puesto a su nombre pero que ella atribuye es propiedad del monarca español. Habla de cuentas bancarias en Suiza que Juan Carlos habría tenido a nombre de terceras personas y del reclamo del rey por sus “comisiones” al interceder para que el consorcio de empresas españolas obtuviera el multimillonario contrato que obtuvieron las empresas españolas para construir el tren de alta velocidad, el AVE de la Meca a Medina, en Arabia Saudí. Estos hechos dieron pie a que se abriera una pieza denominada “Carol”, luego que los diarios digitales El español y Okdiario difundieran en julio pasado, parte del contenido de las grabaciones que hizo el comisario Villarejo, con Corinna y con Juan Villalonga, expresidente de Telefónica, en Londres, en 2015. Se trató de una pieza separada de la investigación del caso Tándem, que el juez De Egea mantiene abierta por los presuntos delitos de asociación delictiva y blanqueo cometidos por Villarejo La fiscalía informa en su comunicación que se reserva la posibilidad de investigar los sobornos producidos como parte de la construcción del tren de alta velocidad, el AVE de la Meca a Medina, en Arabia Saudí, pero lo haría en una investigación aparte al no guardar relación con el caso Villarejo. La petición del Ministerio Fiscal para el archivo de la causa es porque los fiscales ven “débiles indicios” para procesarlo penalmente y porque en el momento de producirse los hechos denunciados, el monarca era “inviolable”, que es un precepto de la Constitución española que lo exime de cualquier delito. Poco después se conoció el fallo del juez De Egea, que archivó la causa la cual inició, señala, a raíz de la “incautación de unos dispositivos electrónicos en casa del socio de Villarejo, el también investigado Rafael Redondo, en los que aparecen los archivos con las conversaciones entre Villarejo, Corinna y Villalonga. En esas conversaciones “aquella señora pone de manifiesto unos actos que supuestamente habían llevado a cabo Juan Carlos I, siendo Rey de España, aproximadamente entre los años 2009 y 2012”, señala el magistrado. El juez argumenta que la única base de los hechos que se imputan al monarca emérito es “el relato que hace Corinna, naturalmente deducidos del desarrollo de la relación de amistad entre ambos”. Sostiene que la ruptura de la relación de amistad en 2009, de acuerdo con las propias manifestaciones de Corinna pudo haber motivado el relato de hechos que realizó contra Juan Carlos de Borbón ante el investigado Villarejo, debido a que no existen documentos localizados que justifiquen dichas manifestaciones. Asimismo, argumenta que Corinna tampoco aporta ninguna prueba que ampare su afirmación de haber sido utilizado por el monarca como testaferro, “no deduciéndose la existencia de actos de ocultación, transmisión o transformación del patrimonio obtenido merced a ninguna defraudación”. Al igual que la fiscalía, el magistrado de la Audiencia Nacional recuerda que los actos y acciones que Corinna le atribuye al rey se produjeron antes del 19 de junio de 2014 –cuando abdicó— por lo cual su persona era inviolable y por tanto no estaba sujeto a responsabilidad, como lo marca el artículo 56.3 de la Constitución.

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