maniobras privatizadoras anticonstitucionales

lunes, 14 de enero de 2002 · 01:00
Pilar de la economía gubernamental, Pemex no ha experimentado cambios sustanciales durante los primeros 11 meses de la actual administración Por el contrario, como en sexenios anteriores, resurgen disfrazados intentos de privatización y permanecen intocadas las sórdidas estructuras sobre las cuales se construyó la bien ganada fama de corrupción de la paraestatal Una espesa niebla envuelve, por ejemplo, al proyecto de mayor envergadura del gobierno de Ernesto Zedillo, heredado sin terminar, con todo y vicios, a su sucesor: la petroquímica de Cadereyta, Nuevo León En las siguientes páginas, Proceso ofrece el resultado de una amplia investigación acerca de la actual situación de la empresa petrolera Los contratos de servicios múltiples (CSM) con los que Pemex pretende abrir a la inversión privada ?extranjera, básicamente? las actividades de exploración, perforación, desarrollo y producción de hidrocarburos (gas, líquidos, condensados y crudo), a corto y mediano plazos, son anticonstitucionales, sentencia un análisis jurídico que elaboró la fracción parlamentaria del PRI en el Senado de la República Mediante los CSM, un consorcio privado podrá desempeñar al mismo tiempo entre 30 y 40 servicios petroleros que en la actualidad se licitan por separado a diversas compañías El contratista tendrá derechos exclusivos para realizar actividades de exploración, desarrollo y producción de hidrocarburos (gas, líquidos, condensados y crudo), así como para construir plantas de procesamiento en un área predeterminada por un período de hasta 20 años Además podrá rentar una superficie para ocuparla y podrá desempeñar las siguientes acciones: realización, procesamiento e interpretación de estudios sismológicos; modelado geológico, ingeniería de yacimientos y de producción, planes de desarrollo, perforación, diseño y construcción de instalaciones, gestión de permisos, estudios ambientales, mantenimiento de instalaciones y pozos, operación de campos y construcción de plantas de tratamiento Los contratistas financiarían toda la inversión y los gastos de operación Estos contratos ?sostiene el documento de los senadores priistas? violan la Constitución porque el sector privado se haría responsable del petróleo y de los demás hidrocarburos, así como de la petroquímica básica, que son áreas estratégicas reservadas al sector público Así mismo, otorgar a empresas privadas exclusividad temporal y control de las decisiones estratégicas equivale a dar una concesión que rompe el monopolio del Estado En su estudio Viabilidad jurídica de la celebración de contratos de servicios múltiples, Pemex sostiene que, por el contrario, los CSM están apegados a los preceptos constitucionales aplicables Con la celebración de los CSM no se pretende transferir el dominio, ni contratar o concesionar la explotación o el uso de ningún recurso natural en beneficio de particulares Con ello, se acata la limitación constitucional consistente en que no se ceda el dominio o propiedad de los recursos naturales, así como de los bienes inmuebles donde se ubican los yacimientos de hidrocarburos, ni se otorguen contratos equiparables a una concesión para la explotación directa de dichos recursos a cargo de los particulares, dice Ante un tema que considera politizado, el director de Pemex Exploración y Producción (PEP), Luis Ramírez Corzo, espera que los legisladores se convenzan de su legalidad sin que el asunto tenga que dirimirse en la Suprema Corte de Justicia de la Nación Concesión disfrazada En principio, Pemex proyecta aplicar los CSM en la extracción de gas natural de la Cuenca de Burgos a mediados de 2002, por medio de una ronda de licitaciones que comprenderán cierto número de bloques de terrenos que variarían de 600 a mil 700 kilómetros cuadrados, los cuales serían asignados a contratistas privados Los senadores objetan, entre otras cosas, el hecho de que los CSM tengan una duración de hasta 20 años ?lo que les parece una concesión disfrazada? y que la forma de pago a los contratistas dependa de los ingresos que generen los campos asignados, lo que sugiere que se trata de contratos de riesgo Por tal motivo, el pasado 15 de diciembre las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Energía de la Cámara de Senadores, a petición del PRI, emitieron un dictamen para solicitar al director general de Pemex, Raúl Muñoz Leos, copias fieles de los contratos de servicios múltiples que pretende celebrar con empresas privadas para que éstas ?realicen actividades de exploración, perforación, desarrollo y producción de hidrocarburos (gas, líquidos, condensados y crudo) a corto y mediano plazos?, previo a que se haga cualquier licitación con empresas nacionales, trasnacionales o particulares, para conocerlos, analizarlos y así constatar su apego a la Constitución y las leyes secundarias que de ella emanan Sin embargo, Pemex asegura que no se requiere, desde el punto de vista legal, que los legisladores aprueben los contratos E inclusive el diario Yomiuri Shimbun de Tokio informó el pasado 1 de enero que la compañía gubernamental Corporación Nacional de Petróleo de Japón (JNOC, por sus siglas en inglés) había obtenido un contrato de exploración en la zona petrolera de Chicontepec, parte de cuya producción compraría Será el primer reparto de desarrollo de petróleo de México que se emprenderá por una empresa no nativa El país latinoamericano guardaba una política de asignar a compañías domésticas el desarrollo de proyectos de petróleo crudo y de los campos de gas natural dentro de su territorio, explicó el diario japonés Se acostumbra en los proyectos de de-sarrollo de aceite que las compañías que tienen derechos de exploración tengan el eventual derecho de extraer el petróleo crudo para envíos comerciales Si esta tradición se mantiene, en el proyecto de Chicontepec, Japón tendrá derecho a explotar la mitad de las reservas probadas del aceite allí, agregó El proyecto mexicano para el desarrollo de aceite será el más grande para Japón; así, ayuda a la segunda economía más grande del mundo a diversificar sus fuentes de energía, indicó el diario Sin embargo, Pemex desmintió categóricamente esta versión y dijo que está buscando nuevas formas para incrementar la inversión en el país, dentro del marco constitucional actual, por lo que no pretende firmar contrato alguno para la exploración de petróleo crudo En este momento, precisó, las únicas actividades que se realizan en el campo Chicontepec son diversos estudios para conocer mejor el yacimiento Para efectuar tales estudios, así como intercambios científicos y tecnológicos, indicó, Pemex contrata regularmente empresas nacionales e internacionales, entre las que se encuentra la JNOC Lo anterior no significa una cesión de derechos para explorar y/o producir hidrocarburos en México, como se afirma en las notas periodísticas, ya que esta responsabilidad, constitucionalmente, le corresponde en exclusiva a Pemex, sostuvo Igual que la electricidad Por el tipo de contrato que JNOC asegura haber obtenido de Pemex ?se asigna una porción de la zona a explorar, en donde la compañía contratista se encarga de una amplia gama de servicios, desde la exploración hasta el procesamiento de hidrocarburos?, se trata de un CSM Hasta el momento, Pemex ha hecho explícito su interés en aplicar estos contratos en la extracción de gas natural de la Cuenca de Burgos, pero con la revelación que hizo la JNOC ya se estarían aplicando a la extracción de crudo, en la que, al parecer, no medió licitación pública alguna De acuerdo con el documento que coronó el análisis parlamentario, los CSM implican exclusividad en las operaciones que realicen los consorcios privados en la Cuenca de Burgos, ya que éstos asumen la inversión, y sus ingresos dependerán de los hidrocarburos que encuentre, extraiga y entregue a Pemex Por tanto, se asigna al contratista la facultad de planear y tomar las decisiones estratégicas sobre dónde perforar, hasta qué profundidad, cómo perforar y cuántos pozos realizar Además, la empresa privada deberá tomar decisiones en materia de transporte y almacenamiento indispensables para interconectar la explotación y la elaboración No sólo va a tener el monopolio del gas natural (metano), sino también de los líquidos y condensados que contiene (etano, propano, butano, pentano, hexano y heptano), hidrocarburos naturales considerados por la ley como petroquímicos básicos El documento camaral señala que de aceptarse los CSM, el monopolio del Estado en materia de gas natural se limitaría a las ventas de primera mano del gas nacional Y advierte: Si se aprueban los CSM, se estaría creando la figura de productor independiente de hidrocarburos, figura análoga de los productores independientes de electricidad Ahora es el gas no asociado, pero ya se nos está anunciando que mañana será el gas licuado, la gasolina, el diesel, el combustóleo Reformar la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo para introducir la figura de CSM, como sugiere Pemex, sería equivalente a hacer en el petróleo lo que se hizo en electricidad en diciembre de 1992 Según el mismo análisis jurídico, dentro de los CSM Pemex prevé que el contratista reciba: un reembolso por los costos de operación determinados con base en una tarifa de servicios; un reembolso por todos los costos de capital sobre un período de 60 meses con base en pagos iguales, más una utilidad equivalente a un margen fijo del costo de capital de X% (la compañía que propone el porcentaje más bajo gana el contrato) Los dos primeros pagos son normales, pero, ¿qué está remunerando el tercer pago si ya se recompensó el capital?, pregunta el documento De acuerdo con los números de Pemex, el ingreso que se obtendría de los ocho bloques que se van a licitar en la primera ronda ascendía a 16 mil millones de dólares, de los cuales se tendrían que cubrir costos de operación (2 mil millones) y costos de capital (8 mil) Del monto restante, 3 mil millones de dólares serán para el Estado y 3 mil millones para los contratistas Esa gratificación ?alerta el estudio? es desmesurada si sólo se toma en cuenta el pago por la capacidad gerencial Lo que en el fondo se está remunerando es el riesgo geológico y de mercado (caída de precios) al que está sometida la inversión privada Así, para la primera ronda, el conjunto de contratistas recuperará la mitad de la renta, a pesar de que el riesgo geológico es bajo por tratarse de reservas probadas con certificación internacional En cuanto a la segunda ronda, podría ser en la misma Cuenca de Burgos, pero en la zona donde el riesgo geológico es más elevado (40% de la cuenca), y en virtud de este factor, Pemex prevé ofertar condiciones más favorables para los inversionistas Por estas razones, dice el análisis jurídico, los CSM son contratos donde hay un reparto tanto de la renta como de los riesgos, lo cual está prohibido por la Constitución No hay entonces duda, continúa, de que los CSM violan la letra y el espíritu de la Constitución y de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo Las firmas extranjeras Por lo pronto, firmas extranjeras dominan la distribución y venta de gas natural, y ahora están en camino de incursionar en la exploración, perforación, desarrollo y producción de gas Estas son algunas de ellas: Enova-San Diego & Electric, que fue fundada en 1881 y da servicio eléctrico a más de 1 millón de usuarios en California; Pacific Enterprises, que cuenta con 47 millones de clientes de gas natural y opera sistemas de almacenamiento equivalentes a 115 billones de pies cúbicos en el oeste de Estados Unidos; KN Energy, Inc, la cual tiene más de 60 años de experiencia en la planeación, construcción y operación de sistemas de distribución de gas natural; Repsol, que forma parte del Grupo Gas Natural, de España, y está muy experimentada en el transporte y distribución de gas natural Así mismo, NorAm, la tercera distribuidora de gas más importante en Estados Unidos; Enserch Corporation, que ha distribuido por más de 12 años gas natural en diversas ciudades de Estados Unidos; Gaz de France International, uno de los principales operadores de la industria del gas natural del mundo; Leone Star International, con más de 125 millones de clientes (distribuirá gas en el Distrito Federal), y, por último, Tractebel, la cual opera en más de 100 países, donde proporciona servicios de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de abastecimiento, transporte y distribución de gas natural Estas trasnacionales actúan de manera independiente o asociadas con grupos mexicanos en mayoría, en partes iguales o en minoría Pero son ellas las que tienen la experiencia, la tecnología y los recursos requeridos para trabajar en la Cuenca de Burgos, señala Raúl Picard, presidente de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra) Las compañías mexicanas ?dice? están descapitalizadas, empobrecidas, sin oportunidades Año con año hemos perdido todo el acervo que teníamos en ingeniería Las oportunidades las perdimos en 1985, cuando vinieron todos esos contratos de llave en mano en Pemex y en la Comisión Federal de Electricidad De pronto, empezaron a hacer a un lado a todas las compañías nacionales En la primera ronda de licitaciones, Pemex espera atraer inversiones de capital de al menos 6 mil millones de dólares anuales, durante un período de 20 años, e incrementar la producción de gas natural en mil millones de pies cúbicos diarios en el año 2005 y, mediante otras rondas de CSM, abrir la posibilidad de que México se convierta en exportador de este energético a partir de 2008 Luis Ramírez Corzo, director de Pemex Exploración y Producción, asegura que los CSM no son precisamente a 20 años, porque Pemex no se podría salir Más bien, son contratos que tienen un compromiso inicial de tres años por ambas partes y renovaciones anuales de acuerdo con los resultados positivos de las perforaciones Tampoco, replica, son contratos de riesgo, porque no hay riesgo, ya que las reservas de la Cuenca de Burgos son reservas probadas y certificadas internacionalmente Así mismo, sostiene que la fuente de pago de los contratistas son los recursos del proyecto mismo, en razón de su eficiencia Y, por lo que se refiere al aspecto legal, expone: Esos contratos se enmarcan dentro de la Ley de Obras Públicas Es un contrato de obra pública Se les pagará por sus costos de operación y del capital sobre las inversiones Van a tener utilidades, como las tienen ahora los contratistas, pero no se les va a repartir ninguna utilidad de Pemex Exploración y Producción Se les paga una utilidad en función de los servicios que provee Pero en otro de los aspectos del debate aflora la indeterminación: El porcentaje de participación nacional y/o extranjera no está definida actualmente ni existe la intención de fijar un porcentaje mínimo Lo que se pretende es definir aquellas condiciones que aseguren la participación de empresas mexicanas Esa participación tiene que ser la adecuada y la que realmente traiga valor agregado al proceso Será, sin duda, justa Es, no obstante, un hecho que el artículo 27 de la Carta Magna expresa que, tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, no se otorgarán concesiones ni contratos, y que la nación realizará la explotación de esos recursos en los términos que señala la Ley Reglamentaria de dicho artículo Y, al respecto, Ramírez Corzo comenta: De acuerdo con los análisis jurídicos que ha hecho la Secretaría de Energía, los contratos a que se refiere el artículo 27 son los contratos concesión, que existían en aquella época, y no los contratos de obra, que permite el artículo sexto de la Ley Reglamentaria del 27 constitucional Si no fuera así, pues entonces el Constituyente no hubiera redactado el artículo sexto, a través del cual Pemex puede celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere También señala que las remuneraciones que en dichos contratos se establezcan serán siempre en efectivo y en ningún caso se concederán, por los servicios que se presten o las obras que se ejecuten, porcentajes en los productos, ni participación en los resultados de las explotaciones Agrega que los CSM constituyen una de las opciones que tienen los países petroleros importantes para la incorporación o producción de las reservas en función de su atractivo económico Las otras opciones son las concesiones, los contratos de riesgo y los contratos de asociación en participación La posibilidad de manejar diferentes contratos nos permitiría llegar a reservas en las que hoy no podemos producir, como Chicontepec o el Hoyo de la Dona Son reservas que nunca vamos a poder explotar ni siquiera bajo el concepto de contratos de servicios múltiples Si tuviéramos un contrato por asociación en participación, en la que tuviéramos 80 o 90% y otras compañías 20 o 10%, empezaríamos a saber qué tenemos en aguas profundas

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