PGR, en tela de juicio

domingo, 19 de mayo de 2002 · 01:00
México, DF (apro) - Las detenciones arbitrarias, el trato cruel y degradante contra presuntos delincuentes, así como las irregularidades en la integración de averiguaciones previas y el ejercicio indebido de la función pública, han sido signos recurrentes de la administración del general Rafael Macedo de la Concha al frente de la Procuraduría General de la República Si bien la recomendación 12/2002 dada a conocer el martes 14 de mayo puso al descubierto la serie de irregularidades que se cometieron en el homicidio del señor Guillermo Vélez Mendoza, media docena de recomendaciones de la CNDH dirigidas al titular de la PGR en lo que va de la presente administración ponen en tela de juicio al gobierno del cambio y la procuración de justicia En los más de los casos, los agentes del Ministerio Público, las fiscalías especiales, el personal de la Policía Judicial Federal, los agentes de la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada y de la Agencia Federal de Investigaciones, figuran como brazos ejecutores de un mal sistema de procuración de justicia El recuento no deja títere con cabeza Data del 20 de febrero del 2001, cuando la CNDH emitió su Recomendación 2/2001, dirigida a Macedo de la Concha, por violaciones a los derechos humanos cometidas contra 194 servidores públicos, durante el proceso de investigación que la PGR inició en relación con la fuga de Joaquín Guzmán Loera, "El Chapo", del Centro Federal de Readaptación social Número 2, en Puente Grande, Jalisco La CNDH pidió a Macedo de la Concha se iniciara una averiguación previa por la posible comisión de ilícitos en que incurrieron quienes estuvieron a cargo de la investigación En los más de los casos, los agentes federales retuvieron ilegalmente a los servidores públicos, no respetaron los tiempos que marca la ley, violando con ello su derecho a la libertad personal, a la seguridad jurídica y a la defensa Las violaciones contra garantías fundamentales de 194 personas quedaron contenidas en 20 quejas integradas en el expediente 2001/163-3 de la CNDH Cuatro meses después, la CNDH dio entrada a un escrito de queja de la señora María Luis Romero Piña, por presuntas violaciones a los derechos humanos de su hijo, Rodolfo Salazar Romero, por parte de elementos de la Policía Judicial Federal adscritos a la dirección General de Planeación y Operación de la Procuraduría General de la República Conforme a la Recomendación 05/2001, los agentes federales sometieron a un trato cruel, inhumando y degradante a Salazar Romero, el 15 de junio del 2000, cuando lo detuvieron con motivo de una solicitud de detención formal con fines de extradición efectuada por el Gobierno de Estados Unidos, a través de su embajada en México Conforme al análisis de la información recabada, la CNDH estableció que los federales actuaron con exceso en el uso de la fuerza empleada para detenerlo, debido a que por disparo de arma de fuego lo hirieron en el brazo derecho y en el testículo izquierdo, además de una fractura en una costilla producto de una patada La recomendación 06/2001, igualmente fue dirigida al general Macedo de la Concha La CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos de los señores Héctor Martínez Alvarez y Héctor Noé Martínez Ventura, consistentes en violación del derecho a la vida y ejercicio indebido del ejercicio público El 17 de mayo del 2000, elementos de la Policía Judicial Federal al mando de Marco Antonio Avila Alba, al tratar de extorsionar por segunda ocasión a Martínez Alvarez, por ser adicto a la cocaína, lo privaron de la vida, al igual que a su hijo Héctor Noé Martínez Ventura La CNDH no sólo estableció una irregular integración de la averiguación previa, sino la falta de colaboración por parte del personal de la PGR durante la investigación del caso En marzo del 2001, la CNDH emitió su recomendación 8/2001, dirigida al procurador General de la República, Rafael Macedo de la Concha, por actos de tortura cometidos por efectivos federales contra el señor Norberto Jesús Suárez Gómez y por incumplimiento de las medidas cautelares solicitadas por este organismo a la PGR antes de la comisión de estos hechos, para que se garantizara la integridad física y psicológica de esa persona, que se encontraba bajo arraigo desde el 30 de diciembre del 2000 Un mes antes, el 27 de febrero, visitadores y peritos médicos de la CNDH certificaron que Suárez Gómez, exdelegado de la PGR en Chihuahua, presentaba 18 quemaduras de primero y segundo grado en la región posterior del tórax, ocasionadas por terceras personas con un objeto incandescente, probablemente una cuchara de las denominadas "cafeteras" La CNDH, en junio del año pasado, emitió su recomendación 12/2001, dirigida al general Rafael Macedo de la Concha, al acreditar violaciones a los derechos humanos del señor Mateo Hernández Barajas, quien sin oponerse a su detención resultó lesionado a golpes por elementos de la Policía Judicial Federal El organismo nacional defensor de los derechos humanos estableció que el 11 de diciembre del 2000 en la ciudad de León, Guanajuato, Mateo Barajas fue sorprendido en posesión de enervantes De acuerdo con las investigaciones, esta persona no opuso resistencia ni resistió a la detención Sin embargo, presentó lesiones que el Ministerio Público Federal no hizo constar en la averiguación La recomendación del ombudsman estableció que el trato cruel y degradante, así como la actuación del Ministerio Público Federal, que debió tomar conocimiento de los hechos, debieron ser investigados por la propia PGR y sancionados conforme a derecho En el caso del homicidio del señor Guillermo Vélez Mendoza, la CNDH no sólo demostró que se cometieron graves violaciones a sus derechos más elementales, sino que de una u otra manera la PGR desvirtuó la función de la procuración de justicia, tanto en la actuación de los agentes, como con la manifiesta intensión de justificar su proceder al señalar que se trató de un accidente ocurrido en cumplimiento de una orden de localización y presentación Más grave aún, que "el órgano de procuración de justicia no sólo ha pretendido la manipulación de información a la opinión pública, perdiendo de vista su función de procurar justicia; y que el hecho verdaderamente grave es el homicidio de una persona y el ocultamiento del mismo por los agentes que lo cometieron, por medio de la mentira y la manipulación de pruebas, así como de la comisión de innumerables irregularidades, situación que el órgano de procuración de justicia no esta investigando"

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