Juan Pablo II ya definió el mecanismo de su relevo
Guadalajara, Jal (apro)- Aunque durante la sede vacante del pontífice --por muerte o por renuncia, que no se descarta-- los cardenales pueden intercambiar ideas sobre la elección del sucesor, no podrán capitular por adelantado y, bajo pena de excomunión, tampoco podrán hacer pactos, acuerdos o compromisos de cualquier índole que los puedan obligar a dar o negar el voto a uno o algunos de sus pares, ni a recibir sugerencias, encargos, mandatos o presiones de personas, grupos o autoridades de ninguna especie, y les impone guardar, ante todo, el secreto del o los escrutinios
Así se establece en el capítulo sexto de la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis ("El gobierno de la Iglesia universal") --sobre la vacante de la sede apostólica y la elección de su sucesor--, emitida por el papa Juan Pablo II en febrero de 1996, donde se establece, paso a paso, qué hacer cuando el trono papal quede vacío
De entrada, revoca la designación del Papa por compromiso o por aclamación, "porque es inadecuada para interpretar el sentir de un colegio electoral tan extenso por su número y tan diversificado por su procedencia"
En previsión de lo que pasará tarde o temprano, el Papa dice paso a paso lo que se debe hacer y lo que se debe evitar; el momento en que se dará a conocer la sede vacante, quién y cómo lo hará; la preparación y tiempo, lugar y forma de sus funerales y, sobre todo, detalla cómo empezar el cónclave, en el que participarán, máximo, 120 cardenales menores de 80 años
En el primer capítulo de esta Constitución poco conocida externamente se establece que "el Colegio Cardenalicio no puede disponer nada sobre los derechos de la Sede Apostólica y de la Iglesia Romana, y tanto menos permitir que algunos de ellos vengan menguados, directa o indirectamente, aunque fuera con el fin de solucionar divergencias o de perseguir acciones perpetradas contra los mismos derechos después de la muerte o la renuncia válida del pontífice Todos los cardenales tengan sumo cuidado en defender tales derechos"
En el capítulo sexto, que establece lo que debe observarse o evitarse en la elección del Papa, dice que "si en la elección del romano Pontífice se perpetrase --Dios nos libre-- el crimen de la simonía (compraventa de votos, cargos, etcétera), determino y declaro que todos aquellos que fueran culpables incurrirán en la excomunión latae sententiae (automáticamente)?
"79 Confirmando también las prescripciones de mis predecesores, prohibo a quien sea, aunque tenga la dignidad de cardenal, mientras viva el Pontífice, y sin haberlo consultado, hacer pactos sobre la elección de su sucesor, prometer votos o tomar decisiones a este respecto en reuniones privadas
"80 () a fin de excluir toda intervención externa en la elección del sumo pontífice () en virtud de la santa obediencia y bajo pena de excomunión? prohibo a todos y cada uno de los cardenales, y a todos los que toman parte en la preparación y realización de lo necesario para la elección, recibir, bajo ningún pretexto, de parte de cualquier autoridad civil, el encargo de proponer el veto o la llamada exclusiva, incluso bajo la forma de simple deseo, o bien de manifestarlo tanto a todo el colegio de los electores reunidos, como a cada uno de ellos, por escrito o de palabra, directa o inmediatamente o indirectamente o por medio de otros, tanto antes del comienzo de la elección como durante su desarrollo Quiero que dicha prohibición se extienda a todas las posibles interferencias, oposiciones y deseos con que autoridades seculares de cualquier nivel o grado, o cualquier grupo o personas aisladas, quieran inmiscuirse en la elección del Pontífice
"81 Los cardenales electores se abstendrán, además, de toda forma de pactos, acuerdos, promesas u otros compromisos de cualquier género, que los puedan obligar a dar o negar el voto a uno o a algunos Si esto sucediera en realidad, incluso bajo juramento, decreto que tal compromiso sea nulo e inválido y que nadie esté obligado a observarlo; y desde ahora impongo la excomunión latae sententiae a los transgresores de esta prohibición Sin embargo, no pretendo prohibir que durante la sede vacante pueda haber intercambios de ideas sobre la elección
"82 Igualmente prohibo a los cardenales hacer capitulaciones antes de la elección, o sea, tomar compromisos de común acuerdo, obligándose a llevarlos a cabo en caso de que uno de ellos sea elevado al pontificado Estas promesas, aun cuando fueran hechas bajo juramento, las declaro también nulas e inválidas"
Luego los conmina a "no dejarse llevar por simpatías o aversiones, ni influenciar por el favor o relaciones personales con alguien, ni moverse por la intervención de personas importantes o grupos de presión, o por la instigación de los medios de comunicación social, la violencia, el temor o la búsqueda de popularidad Antes bien, teniendo presente únicamente la gloria de Dios y el bien de la Iglesia, después de haber implorado el auxilio divino, den su voto a quien, incluso fuera del Colegio Cardenalicio, juzguen más idóneo para regir con fruto y beneficio a la Iglesia universal"
Ya casi en la parte final de su mandato plasmado en 13 mil palabras, ruega, al que sea el elegido, "que no renuncie al ministerio al que es llamado por temor a su carga, sino que se someta humildemente al designio de la voluntad divina En efecto, Dios, al imponerle esta carga, lo sostendrá con su mano para que pueda llevarla; al conferirle un encargo tan gravoso, le dará también la ayuda para desempeñarlo y, al darle la dignidad, le concederá la fuerza para que no desfallezca bajo el peso del ministerio"
En otra parte de la Constitución subraya que durante la sede vacante, ninguna ley puede ser corregida, modificada, añadida o disminuida, en particular en lo que se refiere a la elección del sumo pontífice "() con mi suprema autoridad lo declaro nulo e inválido"
El segundo capítulo habla sobre los dos tipos de congregaciones de cardenales que debe haber: una particular y otra general La primera la conformarán el cardenal camarlengo y tres más designados por sorteo, que serán sus asistentes, y cuya función cesa cada tercer día para luego designar otros de igual forma hasta después de iniciada la elección, mismos que se harán cargo de la preparación de la casa Santa Martha, en el interior del Vaticano, lugar donde se hospedarán los electores y se harán cargo de preparar los funerales papales La general es la asamblea de todos los cardenales electores Unos y otros harán un juramento ya preestablecido en la Constitución
A la muerte del Papa, cesan todos los cargos de la curia romana, tanto el del secretario de Estado como los prefectos y presidentes y miembros de dicasterios, a excepción del penitenciario, los representantes pontificios y el camarlengo, quien debe comprobar el fallecimiento del pontífice y sellar sus habitaciones
En tanto, el decano de los cardenales se encargará de darles la noticia a todos ellos y de convocarlos al cónclave, que deberá iniciarse una vez transcurridos quince días de la sede vacante, para dar tiempo de que lleguen todos los cardenales electores aunque, de ser necesario, el inicio se podrá aplazar sólo otros cinco días más
Dice el número 44 de la Constitución Universi Dominici Gregis: "Los cardenales electores, desde el comienzo del proceso de la elección hasta que ésta tenga lugar y sea anunciada públicamente, deben abstenerse de mantener correspondencia epistolar, telefónica o por otros medios de comunicación con personas ajenas al ámbito del desarrollo de la misma elección, si no es por comprobada y urgente necesidad debidamente reconocida por la congregación particular ()" Tampoco podrán leer periódicos, ver televisión o escuchar radio El aislamiento será total
Se prevé también la concurrencia --pero fuera del recinto electoral, que será la Capilla Sixtina-- del personal indispensable para la atención, comida, alojamiento e incluso religiosos de varias lenguas para las confesiones y personal médico para emergencias Todo ese personal tendrá que hacer un juramento especial de guardar secreto de cuanto ocurra hacia el interior del Vaticano durante el desarrollo de la designación:
"Yo ?NN? prometo y juro observar el secreto absoluto con quien no forme parte del Colegio de los Cardenales, y esto perpetuamente, a menos que no reciba especiales facultades dadas expresamente por el nuevo pontífice elegido o por sus sucesores, acerca de todo lo que atañe directa o indirectamente a las votaciones y a los escrutinios para la elección del sumo pontífice"