Análisis Político: La Ley o la violencia

domingo, 18 de agosto de 2002 · 01:00
El reclamo por el Estado de Derecho es permanente Lamentablemente los hechos demuestran que su observancia está muy lejos de constituir una constante en nuestro mundo político Dispone el art 9º constitucional que "Ninguna reunión armada tiene derecho a deliberar" lo que se vincula con el derecho previsto en el mismo artículo que se hace efectivo, por regla general, a través de las manifestaciones públicas En esos términos, las manifestaciones macheteras de los señores de Atenco debieron ser impedidas por la fuerza pública Quizá el costo habría sido alto, pero las consecuencias de no hacerlo van a ser mucho peores Ahora, ante las inconformidades sociales, el presidente ha echado marcha atrás en el proyecto del aeropuerto en Texcoco, poniendo de manifiesto una debilidad que sólo se explica por el prurito de ganar adeptos o recuperar popularidad Pero las consecuencias van a ser notables: continuarán los machetes, sin duda, pero en otras manifestaciones la armas podrán ser más expresivas Creo que la presidencia cometió un enorme error Si quería una solución política que no comprometiera un acto de debilidad, la fórmula, enormemente sencilla, era esperar la sentencia del juez de Distrito que concediera el amparo a los habitantes de Atenco (no me atrevo a usar el nombre de "atenquenses") Para nadie es un secreto que el Poder Judicial puede seguir instrucciones A veces, sólo las imagina Curiosamente se dice que fue exactamente lo contrario: por lo visto en presidencia pensaron que si se concedía el amparo, el efecto sería muy negativo y se adelantaron No lo pudieron hacer peor Por otros rumbos también el Estado de Derecho se tambalea aunque en el caso del Metro y del señor Espino y seguidores, aún es tiempo para rectificar el camino Porque con un pretexto que nadie cree: la supuesta inseguridad en el servicio por unas paredes interiores que requieren algo de mantenimiento, se ha producido un paro que implica, por una parte, abandono de empleo y por la otra, la suspensión o la deficiencia del servicio, considerados expresamente en el art 46-I de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado como causa de cese La identidad de los abandonantes es notoria Ahí están las grabaciones abundantes de la televisión Hay, además, la violación a la prohibición a los sindicatos burocráticos contenida en la fracción IV del art 79 de la misma ley, de "fomentar actos delictuosos contra personas o propiedades", conducta que se produjo con generosidad por parte del señor Espino y sus cómplices Esa violación implica, nada menos, que la cancelación del registro de la directiva sindical o del sindicato mismo "según corresponda" (art 83 de la misma ley) que quedará a cargo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) Para el cese colectivo (la ley burocrática se ruboriza ante la posibilidad de utilizar la palabra "despido"), hay un amplio plazo de cuatro meses (art 113-II-c), del que, en el caso, no sería conveniente disponer en plenitud El levantamiento de las actas administrativas que la ley requiere y el despido fulminante además de la petición al Tribunal para que cancele tomas de nota de directivas o, inclusive el registro del Sindicato deben ser inmediatos Es curioso advertir que los trabajadores al servicio del Estado no tienen derecho de huelga El art 123 constitucional, en su Apartado "B" lo establece pero sólo para los casos en que el titular de la dependencia viole de manera general y sistemática los derechos previstos en el propio art 123 y previa declaración de procedencia por el TFCA que jamás se ha producido La consecuencia es que en ese ámbito las huelgas son de hecho y no hay responsable de una dependencia burocrática que se anime a cesar a, por lo menos, los miembros del comité ejecutivo del sindicato De esa manera las huelgas económicas (por revisión de las condiciones generales de trabajo) son frecuentes y eficaces Pero el paro ni siquiera está previsto Es un acto de abandono de empleo bastante, por sí mismo, para provocar el cese Independientemente de las causas penales que deben promoverse con, además, impulso eficiente a las que ya adornan el expediente de Fernando Espino, quien disfruta de un amable fuero, el Gobierno del DF debe aplicar de inmediato sanciones laborales e iniciar las averiguaciones penales a los que no tengan fuero, que deben ser muchos De no hacerlo se entenderá que incurre en un acto imperdonable de debilidad Que, de alguna manera, se cometió también con los señores de Atenco a los que se dejó desfilar amachetados y a caballo Y hoy, de fiesta y contentos No se trata de un problema social En el caso de Atenco el tema es sustancialmente político Y en el del Metro, mucho más

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