Promoverá ombudsman capitalino las "Reglas de Tokio"
* Medidas no privativas de la libertad, a fin de enfrentar sobrepoblación en cárceles
México, D F (apro)- Frente a los problemas de sobrepoblación que registran las prisiones de la capital, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) impulsará la creación de instrumentos legales que adopten medidas no privativas de libertad, como las que se establecen en las “Reglas de Tokio”
Estas recomendaciones se engloban en lo que se conoce como las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre las Medidas No Privativas de la Libertad
Así, conforme al Programa para el Sistema Penitenciario del Distrito Federal del 2003, la situación de hacinamiento que prevalece en los reclusorios de la ciudad, con una capacidad normal para 16 mil presos, actualmente registra una población de 20 mil 555 internos
El organismo que preside el profesor Emilio Alvarez Icaza propone que en la etapa previa al juicio, cuando así proceda, la policía, la fiscalía u otros organismos que se ocupen de casos penales, deberán estar facultados para retirar los cargos contra el delincuente si consideran que la protección de la sociedad, la prevención del delito o la promoción del respeto a la ley y los derechos de las víctimas, no exigen llevar adelante el caso
En esta etapa, subraya, en la legislación local debe prevalecer el criterio de que la prisión preventiva es el último recurso de la autoridad, aprovechando los medios de mediación o de sustitución de penas
La CDHDF precisa que en la fase de juicio y sentencia lo que procedería sería la aplicación de: sanciones verbales, como la amonestación, la reprensión y la advertencia; la libertad condicional; penas privativas de derechos o inhabilitaciones; sanciones económicas y penas en dinero, como multas sobre los ingresos calculados por días; incautación o confiscación; mandamiento de restitución a la víctima o de indemnización; suspensión de la sentencia o condena diferida; régimen de prueba y vigilancia judicial; imposición de servicios a la comunidad; obligación de acudir regularmente a un centro determinado; arresto domiciliario; cualquier otro régimen que no entrañe reclusión; alguna combinación de las sanciones precedentes
Al margen de tal propuesta, el gobierno de la ciudad anunció el arranque de la construcción del nuevo penal de Santa Martha Acatitla, que aspira inaugurar en marzo este año
El complejo penitenciario abarcará 19 hectáreas y albergará a 2 mil 364 reclusos, con talleres, clínica, espacios de convivencia familiar, canchas deportivas y con sistemas de seguridad de alta tecnología
Y más aún, con base en un convenio que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador suscribiera con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del gobierno federal, este reclusorio será operado por esa dependencia, y lo ocuparán procesados y sentenciados por delitos del fuero federal, actualmente bajo la custodia del GDF
La CDHDF subraya que en la etapa de ejecución de sentencia, el Gobierno del Distrito Federal debería considerar la posibilidad de proceder al otorgamiento de: permisos y centros de transición; liberación con fines laborales o educativos; distintas formas de libertad condicional; la remisión, y el indulto
Para todo ello, abunda, será necesario reformar el Código Penal, de manera que los delitos que pudieran tener penas no privativas de libertad serían: delitos contra la seguridad de la subsistencia familiar; bigamia; discriminación; amenazas; allanamiento de morada; revelación de secretos; difamación; calumnia; robo menor; violación a la intimidad personal; abuso de confianza; fraude menor; administración fraudulenta; insolvencia fraudulenta en perjuicio de acreedores; daño a la propiedad; omisión de auxilio, o peligro de contagio
Destaca que la reforma a la legislación deberá considerar la posibilidad de excarcelación de las personas con enfermedades en fase terminal, así como de los ancianos
El ombudsman capitalino sostiene que la procuración de justicia en México requiere revisar la autonomía de los Ministerios Públicos, de forma tal que la estructura jerárquica no esté implicada en relaciones de política o de poder
Además, propugnar que la “carrera de fiscalía” establezca --para el ingreso, promoción y permanencia del personal-- el perfil profesional de los fiscales, MP y policías, sea de investigadores penales; así mismo, que el fiscal conduzca la investigación Este ámbito, que es de alcance federal, requiere ser promovido por las instituciones de gobierno de carácter local
Subraya que es necesario que el GDF fortalezca la función de la defensoría de oficio De manera inmediata, resulta prioritario elevar el número, salario y la calificación del personal de esta dependencia, así como proporcionar a estos funcionarios los recursos materiales necesarios para la realización de su trabajo, como lo señala la recomendación 4/00 de la CDHDF
Se requiere la aplicación del servicio civil de carrera, construyendo el perfil del defensor de oficio conforme a los principios de defensa de los derechos humanos Por último, se considera importante orientar estas acciones hacia la autonomía de la defensoría de oficio respecto del Poder Ejecutivo para asumir realmente la defensa en asuntos penales en los que el acusado no puede pagar a un abogado, como ha recomendado la CDHDF y el relator especial para la independencia de jueces y abogados