Atrae la SCJN el primer caso sobre la Guerra Sucia

jueves, 9 de octubre de 2003 · 01:00
* En unos meses resolverá sobre prescripción de delitos de represores *Nazar Haro y De la Barreda Moreno, sin posibilidad de amparo México, D F, 3 de octubre (apro)- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió constituirse, por primera vez en la historia, en “tribunal de apelación”, a fin de analizar el tema de la prescripción de los delitos durante la llamada “guerra sucia” Con tres votos en favor y uno en contra, la primera sala del máximo tribunal colegiado atrajo el caso en el que aparecen como presuntos responsables de secuestro los exdirectores de la extinta Dirección Federal de Seguridad (DFS), Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda Moreno Ambos exfuncionarios fueron acusados por el fiscal especial Ignacio Carrillo Prieto como presuntos responsables de la desaparición de Jesús Piedra Ibarra, hijo de doña Rosario Ibarra de Piedra, ocurrido en 1974 Desde mayo pasado, la fiscalía a cargo de Carrillo Prieto solicitó se librara una orden de aprehensión en contra de los extitulares de la DFS ante un juez federal de Monterrey, quien se negó a la petición, al considerar que los delitos habían prescrito Y aunque la fiscalía especial apeló la resolución ante un tribunal unitario, el procurador general de la República, Rafael Macedo de la Concha, pidió que fuera la Corte y no el tribunal el que se pronunciara sobre el tema Los ministros Jesús Gudiño Pelayo, Olga Sánchez Cordero y Juventino Castro y Castro votaron en favor de atraer el caso para analizar exclusivamente el tema de la prescripción de los delitos El único voto en contra fue emitido por el ministro Humberto Román Palacios, quien durante el debate expresó que la solicitud hecha por Macedo de la Concha, era “deficiente” No obstante, la Corte determinará, primero, si el delito de secuestro ay prescribió y, segundo, si procede la orden de aprehensión en contra de los extitulares de la DFS, así como del agente Juventino Romero Cisneros En conferencia de prensa, los ministros Humberto Román Palacios y Juventino Castro y Castro explicaron que aunque fue una votación dividida, la Corte se constituirá en tribunal de apelación Castro y Castro abundó que, en principio, se hizo valer la fracción tercera del artículo 105 de la Constitución Política federal, en el que se establece que el máximo tribual puede atraer los casos que sean importantes para el Estado Sostuvo que la resolución no afecta las garantías individuales de los presuntos responsables, ya que una vez resuelto el caso, el expediente será devuelto al juzgado de origen para iniciar el proceso Se explicó que la diferencia en este caso, es que en un proceso ordinario el expediente se debería turnar a un tribunal de segunda instancia, en el que la defensa podría interponer el recurso de amparo en caso de no resultarle favorable el dictamen Sin embargo, contra la resolución de la Sala de la Suprema Corte, no existe la posibilidad de interponer el amparo, por lo que no existirá posibilidad de la defensa de atacar esta determinación La resolución de la Primera Sala implica que, a partir de ahora, se entrará al análisis de fondo del caso y, en el momento en que el pleno emita una resolución al respecto, un tribunal unitario tendrá que basarse en ese criterio a fin de negar o girar las órdenes de aprehensión contra Nazar Haro y De la Barreda Moreno

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