Dos recomendaciones de la CDHDF, a la PGJDF

martes, 30 de diciembre de 2003 · 01:00
* Atribuye tortura y detención ilegal a agentes de la Policía Judicial y encargados del MP México, D F, 29 de diciembre (apro)- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) concluyó sus actividades del presente año con dos recomendaciones dirigida a la Procuraduría capitalina Las recomendaciones fueron la 10/2003 y 11/2003 Una por la tortura infligida a cuatro detenidos, y otra por la detención ilegal y las violaciones a los derechos humanos --de libertad y seguridad, así como garantías del debido proceso-- en agravio de tres capturados, atribuibles al MP de la fiscalía desconcentrada en Miguel Hidalgo, dependiente de la PGJDF La recomendación 10/2003 se sustenta en el hecho de que se violaron los derechos humanos a la integridad personal y presunción de inocencia de cuatro detenidos que fueron presentados a los medios Los nombres de los agraviados, así como el de la peticionaria, se omitieron por motivos de confidencialidad con base en los artículos 5 y 51 de la ley de esta comisión El día 11 de junio de 2003, la denunciante presentó una queja ante la comisión, en la que afirmó que, el 9 de ese mismo mes, su esposo y tres personas más fueron detenidos en Ecatepec, Estado de México, por agentes de la Policía Judicial de la Procuraduría capitalina Un día después, la quejosa acudió a la fiscalía con el objetivo de ver a su esposo, y se percató que éste se encontraba sumamente golpeado, al grado que no podía escuchar ni hablar La CDHDF, enterada de lo ocurrido, envió --el mismo 11 de junio-- la solicitud de medidas precautorias para salvaguardar la integridad psicofísica de los agraviados El médico de la comisión adscrito a la investigación, estableció que las lesiones a los presuntos delincuentes sí coinciden con el tiempo en que narró cada uno de los detenidos en que fueron causadas; y que por los tipos de lesiones, sus mecánicas de producción, la localización anatómica, el tiempo en que probablemente fueron provocadas y el contexto en que les fueron infligidas, se puede inferir que sí les produjeron sufrimientos físicos, y que son compatibles con lo que el Protocolo de Estambul sanciona en su numeral 144 El ombudsman capitalino solicitó se inicie una averiguación previa para investigar los hechos de tortura cometidos por los agentes de la Policía Judicial, así como se deslinden responsabilidades a los encargados del Ministerio Público que los tuvieron a su disposición en el interior de la Fiscalía para la Seguridad de las Personas, tomando en consideración las observaciones realizadas en la recomendación Igualmente, pidió que el agente del MP que quede a cargo de la integración de dicha averiguación previa, diseñe un plan eficiente de investigación profesional que evite actuaciones dilatorias o innecesarias; recabe los elementos de investigación que acrediten el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, y procure que en todas las declaraciones que desahogue formule preguntas específicas sobre la tortura alegada por los detenidos Por lo que se refiere a la recomendación 11/2003, la CDHDF estableció que agentes de la Procuraduría capitalina participaron en la detención ilegal de Rogelio Contreras Hernández, Juan Antonio Cordero Pérez y Carlos Arturo Lazcano González, lo cual constituyó una violación a los derechos humanos de libertad y seguridad personales y garantías del debido proceso de los agraviados El ombudsman solicitó, entre otros, que la Procuraduría capitalina, por medio de una circular, gire instrucciones escritas, contundentes y precisas, a todos los agentes del MP, principalmente a aquellos adscritos a las unidades investigadoras con detenidos, a efecto de que inmediatamente que reciban la puesta a disposición de un presunto responsable, den inicio a la averiguación previa correspondiente, a efecto de evitar las retenciones prolongadas de las personas presentadas

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