Ultimátum de la Profeco a cerca de 358 agencias de publicidad

jueves, 28 de agosto de 2003 · 01:00
México, D F, 27 de agosto (apro)- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emplazó hoy a 358 agencias de publicidad a cumplir con las disposiciones que establece la Ley Federal de Protección del Consumidor (LFPC); en caso contrario, podrían hacerse acreedoras a una sanción económica, o inclusive a la clausura total de la empresa Por tal motivo, la dependencia federal informó que para detectar anuncios que no cumplan con dicha ley, puso en operación un sistema de monitoreo, enfocado básicamente a revistas, periódicos, radio y televisión en Internet Además, la Profeco precisó que hizo un exhorto a los proveedores "para que verifiquen la veracidad de lo dicho en los anuncios” Agregó que para llevar a cabo estas tareas de vigilancia, trabaja conjuntamente con la Secretaría de Salud (Ssa) En la Revista del Consumidor de agosto, alerta a los consumidores a tomar medias de precaución para no caer en manos de publicistas que “trabajan arduamente en la elaboración de comerciales atractivos y a veces ininteligibles”, y también los instruye sobre “cómo reconocer las diferencias entre un comercial ingenioso y uno engañoso”, consigna el artículo El mismo reportaje refiere que los artículos 1o y 32 de la LFPC, establecen que “toda la publicidad difundida por cualquier medio, debe ser veraz, comprobable y sin mensajes que puedan inducir al error” Cuando la publicidad es engañosa, se están violando dichos artículos y por lo tanto los derechos como consumidor Por medio de la Dirección General de Arbitraje y Resoluciones de la Profeco, hace una serie de recomendaciones para que los consumidores no caigan “en prácticas comerciales abusivas o engañosas, que inducen al error y que con mayor frecuencia se presentan en la publicidad, como las siguientes: --Testimonios de cantantes o actores famosos, que afirman la efectividad de un producto, sin que tales aseveraciones estén sustentadas en situaciones y hechos reales o comprobables --La utilización de fedatarios públicos, los cuales certifican la efectividad de los productos que promueven; sin embargo, en ningún momento aseguran que los resultados de los cuales están dando fe, se deben a la utilización de los mismos, ya que para ello se requiere una comprobación científica o técnica especializada --Las recomendaciones de autoridades, agrupaciones, asociaciones o colegios que pueden ser dudosas, ya que en ocasiones dichas instituciones no existen o los proveedores las fundan para sus propios fines Profeco recuerda a los consumidores que un mismo producto puede provocar efectos distintos en cada persona, por lo que, en el caso de productos que se ingieran o apliquen a la piel, es muy importante consultar al médico previamente Así mismo, Profeco recomienda sospechar de la publicidad que promueve efectos extraordinarios y propiedades curativas de productos que no brinden información suficiente al consumidor, así como de las leyendas y permisos ilegibles Profeco también da a los consumidores algunas recomendaciones que deben tomar en cuenta antes de adquirir algún producto que haga alusión a sus cualidades “mágicas” o milagrosas También recomienda exigir al proveedor pruebas que respalden los resultados que le están prometiendo En caso de que el comercial afirme que el producto está garantizado por alguna asociación o institución, verifique que esta afirmación sea verídica “Asegúrese de que el proveedor cuenta con un domicilio donde pueda hacer efectiva su garantía, devolver el producto o presentar alguna reclamación “Tenga cuidado con los productos que se anuncian como ‘milagrosos’, ya que generalmente no comprueban sus resultados y, en muchas ocasiones, pueden provocar daños a la salud” Por último, Profeco sugiere que antes de comprar cualquier artículo que se anuncie como “mágico” o “milagroso”, se informe del comportamiento comercial de la empresa que lo promueve, en los teléfonos del consumidor: 5568-8722 o 01 800 468 87 22

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