Digna Ochoa, tercer aniversario de su muerte

martes, 19 de octubre de 2004 · 01:00
* La familia de la abogada reitera su rechazo a la tesis del suicidio Jalapa, Ver , 18 de octubre (apro)- ¿Asesinato o suicidio?, esa es la pregunta que permanece en el ambiente a tres años de la muerte de la defensora de derechos humanos, Digna Ochoa y Plácido La abogada de origen veracruzano fue hallada sin vida el 19 de octubre de 2001 en el interior de su despacho, ubicado en la capital de la República Pese a que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) concluyó que este es un asunto cerrado, tras determinar que Digna se suicidó, para la familia Ochoa y Plácido se trata de un caso de homicidio, situación que continúa peleando en el Tribunal Colegiado de Circuito, en donde interpusieron recurso de revisión ante el amparo negado por un juez de distrito Pese a que hace un año la PGJDF dio por concluida la investigación, en julio anterior el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), Emilio Álvarez Icaza, dio a conocer un informe especial que reveló 58 irregularidades periciales en la integración de la averiguación previa Al respecto, Jesús Ochoa y Plácido, quien subrayó que continuarán exigiendo justicia y castigo a los responsables, recordó que en el contenido del informe de la CDHDF se cuestiona la ausencia de una interpretación de las heridas que presentó el cuerpo de Digna, mediante las cuales la PGJDF detallara sí éstas fueron criminales, suicidas o accidentales En el documento de la CDHDF, se hace referencia a que Digna Ochoa ha sido identificada por su fuerte vocación social y amplio sentido ético, y lo que hizo en vida es motivo de reconocimiento, “su esfuerzo y compromiso constituyen un ejemplo en la lucha por la defensa de los derechos humanos, ya que ella defendía a quienes pocos o nadie quería defender” La muerte de Digna representa para México y el contexto internacional una causa de profunda preocupación, por las circunstancias en que se dio, por ello se esperaba que la determinación de la PGJDF fuera producto de una investigación seria y eficaz, que hubiere cumplido con las formalidades legales, científicas y técnicas correspondientes, “con las que explicará satisfactoriamente la verdad histórica de los hechos”, señaló En el documento de 208 páginas, además de haberse observado irregularidades en la averiguación previa, deficiencias en las pruebas periciales, en la necropsia y en el proyectil del arma de fuego utilizada, los médicos encargados tuvieron cambios de opinión sobre el lugar específico donde quedó incrustada la bala que mató a Digna Ochoa y Plácido Además, señala, en las conclusiones de las investigaciones de la Procuraduría capitalina se explica cómo el proyectil penetra en el cráneo y produce la muerte de Digna Ochoa, “pero no se anota cómo se contribuyó a las otras lesiones”, por ello, cuestionó la falta de una interpretación de las heridas, que explique si fueron criminales, suicidas o accidentales Tampoco, subraya, se realizó prueba de balística que demuestre que mediante la realización de un disparo a distancia menor a un centímetro se haya producido una desgarradura y quemadura similar a la que se observó en el pantalón y, la mayoría de las conclusiones, “carecen de fundamentación técnica y, en su caso, de pruebas experimentales que las sustenten” Por ejemplo, refirió, en la necropsia hubo aproximadamente 10 omisiones que contribuyeron al desconocimiento del estado físico en el que se encontraban varios órganos y aparatos o sistemas del cuerpo de Digna Ochoa; tampoco contiene información confiable respecto de la lesión del cráneo, y los peritos médicos omitieron acudir al lugar de los hechos A pesar de las irregularidades observadas por la CDHDF en la integración de la averiguación, días después el juzgado primero de distrito negó el amparo solicitado contra el fallo emitido por la juez especial de la PGJDF, Margarita Guerra, quien dictaminó que no se trataba de un crimen, sino que la defensora de derechos humanos se había suicidado Hoy el caso está en el Tribunal Colegiado de Distrito, ubicado en la capital de la República ya que, señaló Jesús Ochoa, “nosotros creemos que se trató de un homicidio y no de un suicido, como lo demuestran los elementos de prueba que han encontrado los peritos en medicina forense y criminalística que hemos contratado”, sin embargo, “la PGJDF se negó sistemáticamente a recibirlas” En todo momento, explicó, la Procuraduría capitalina ha dicho que todas las periciales que realizaron sobre el caso se hicieron de manera profesional, pero si se analiza el informe del experto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH), Pedro Díaz, y el de la CDHDF, “se señalan una serie de irregularidades como para determinar que no fue suicidio, porque hay muchos elementos que no cuadran con esta hipótesis” La CDHDF, señaló, ha señalado una serie de inconsistencia registradas en la averiguación previa, las cuales se pueden observar desde el momento que se realizó la necropsia, “donde los peritos de la fiscalía especial no precisan las pruebas de balística ni las lesiones del cuerpo; tampoco sobre las diversas manchas que aparecen en toda la oficina” --Han pasado ya tres años de la muerte de Digna Ochoa, ¿qué espera ya la familia de las autoridades que continúan analizando este caso? --En primer lugar, queremos dejar patente que la familia está convencida de que se trató de un homicidio, y creemos que la PGJDF ha actuado por consigna, porque no puede haber tantas irregularidades en una averiguación, por eso continuaremos luchando para exigir justicia y, si es posible, lo haremos ante la Corte Internacional de Derechos Humamos

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