Envía CNDH recomendación a Levy por el caso de una menor violada
* Pide al director del IMSS dar facilidades para que se investigue al agresor y la responsabilidad de algunos funcionarios
México, D F, 4 de octubre (apro)- Por enésima vez, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos envió una recomendación al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Santiago Levy Algazi, por el caso de una menor de tres años de edad que fue víctima de abuso sexual por parte de un servidor público en la Guardería Número 48 de ese Instituto
Como parte de las primeras indagatorias, la CNDH estableció que la denuncia fue minimizada por las autoridades del plantel y sus superiores jerárquicos, que nada hicieron porque el presunto responsable fuera separado de sus funciones y actualmente se desempeña en el Hospital General de Zona 29 del propio Instituto
El organismo autónomo que preside el doctor José Luis Soberanes recibió el pasado 20 de mayo la queja de la madre de la menor, quien refirió que desde finales de marzo de 2004 notó un cambio radical en el comportamiento de su hija, quien el 5 de abril le comentó que una persona de la guardería la había lastimado
La madre de la agraviada hizo saber este hecho a la directora del plantel, la cual comentó que sin pruebas nada podría hacer; se limitó a notificar mediante memorandos internos para su conocimiento a los titulares de la Jefatura de Servicios Jurídicos, del Departamento de Relaciones Contractuales y del Departamento de Guardería, todos de la Delegación 2 Noreste del IMSS, y se abstuvo de informar Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública en el IMSS
Posteriormente la directora de la guardería sugirió a la quejosa llevar a la agraviada al Hospital General de Zona 27 del IMSS, para que se le practicaran diversos estudios, al término de los cuales se entregó a la madre de la menor una notificación dirigida al agente del Ministerio Público, con el fin de que presentara una denuncia relacionada con los hechos ocurridos a su hija
La denuncia fue interpuesta el 7 de abril de 2004 ante la Agencia Investigadora 49 de la Fiscalía para Delitos Sexuales, dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, que por razones de competencia fue remitida el 19 de mayo a la Procuraduría General de la República, donde quedó registrada con el número 1957/DDF/2004, en la Mesa XXIX-DDF, misma que en se encuentra en integración
Del análisis realizado a las constancias y evidencias del expediente de queja, la CNDH considera grave que el presunto responsable haya abusado sexualmente de la menor valiéndose de su calidad de servidor público, ya que incurrió en conductas sancionables penal y administrativamente que violan los derechos humanos de los niños relativos a su dignidad personal y respeto a su integridad psíquica y social, consagrados en la Constitución mexicana, en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en la Convención sobre los Derechos del Niño
En su declaración, la menor agraviada refirió los tocamientos que en muchas ocasiones le hizo el servidor público del IMSS en sus nalgas, área púbica y vagina, lo que ocasionó en la pequeña alteraciones emocionales características de personas que han sido víctimas de agresión sexual
Este organismo nacional considera igualmente grave la omisión de la directora de la guardería y de sus superiores jerárquicos, quienes no obstante conocer los hechos, se abstuvieron de adoptar alguna acción urgente para salvaguardar la integridad de los demás menores, así como por no atender debidamente la queja interpuesta por la madre de la menor agraviada El presunto responsable ahora presta sus servicios en otra área del IMSS, se debe a que ocupó una plaza que le fue concedida con antelación a los hechos que se le imputan
En su recomendación 67/2004, la CNDH solicita al director general del IMSS que proporcione atención psicológica y médica a la quejosa y a su hija agraviada; informe al Órgano Interno de Control de la SFP en el IMSS para que investigue la responsabilidad de la directora de la guardería y de sus superiores jerárquicos; adopten medidas para evitar que las tareas futuras encomendadas al servidor público presunto responsable de los hechos incluyan trato alguno con menores; entregue la documentación necesaria al Órgano Interno de Control de la SFP en el IMSS, para la debida investigación del expediente DE-141/04/2NE iniciado contra el personal que resulte responsable con motivo de los hechos, y se aporten los elementos necesarios a la representación social de la Federación, para que a la brevedad se resuelva conforme a derecho la indagatoria 1957/DDF/2004