Chile: Se rompe el dique de la impunidad

lunes, 22 de noviembre de 2004 · 01:00
Santiago de Chile (apro) - La lucha que familiares de detenidos-desaparecidos y abogados de derechos humanos han dado durante las últimas décadas en búsqueda de justicia, se vio premiada el miércoles 17 de noviembre con un triunfo histórico Esto, debido a la confirmación por unanimidad de la sala penal de la Corte Suprema, de la condena dictada en primera instancia por el ministro instructor Alejandro Solís, contra la cúpula de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su participación en el secuestro y desaparición del sastre Miguel Ángel Sandoval, ocurrida en 1975 Este caso tiene el mérito de ser la primera causa de detenidos desaparecidos en que agotada la investigación, probada la existencia del delito y ubicados los autores, cómplices y encubridores, se aplicaron condenas, y no la amnistía ni la prescripción La ratificación de la Suprema implica el derrumbamiento jurídico de la impunidad, ya que cientos de crímenes similares al de Sandoval, que están siendo tramitados en tribunales, seguramente terminarán con el castigo a los culpables El decreto ley de amnistía –considerado por algunos como ‘autoamnistía’-- fue dictado por el gobierno militar en abril de 1978, y cubría los crímenes cometidos entre esa fecha y el 11 de septiembre de 1973 Entre los cinco condenados por la causa mencionada, se cuenta el otrora temido jefe de la DINA, Manuel Contreras, quien recibió una pena de 12 años de presidio; el brigadier (R) Miguel Krassnoff, con 10 años; y el coronel (R) Marcelo Moren Brito, con 11 Ellos, una vez que el juez Solís los notifique del fallo y dicte el “cúmplase”, serán llevados a la cárcel de alta seguridad de Punta Peuco, ubicada a 35 kilómetros al norte de Santiago Contreras ya estuvo siete años en esta prisión, especialmente construida para exmilitares, por su responsabilidad en el asesinato en Washington (1976) del excanciller chileno Orlando Letelier La Corte Suprema descartó la aplicación de la Amnistía, al aceptar la tesis jurídica sustentada por los querellantes y avalada por el ministro instructor, que se basaba en la convicción de que el secuestro es un delito de carácter permanente, que se sigue cometiendo mientras no aparezca la víctima o sus restos Además, la Suprema, en un criterio que sin duda sentará jurisprudencia, determinó que al momento de cometerse el secuestro de Sandoval, Chile se encontraba en periodo de guerra, tal como lo declaró la Junta Militar, por lo que los convenios internacionales firmados por este país, como la Convención de Ginebra relativa a crímenes de guerra, debían haberse respetado, y deben ser considerados como parte integrante del corpus jurídico vigente en aquel periodo Los abogados de la defensa habían solicitado que la Suprema desestimara la aplicación de tratados internacionales, puesto que algunos de ellos, que habían sido invocados por los querellantes, como la Convención Interamericana de Desaparición Forzada, no han sido ratificados por el Estado chileno En conversación con Apro, el abogado querellante Nelson Caucoto rechazó estos argumentos, al señalar que éstos “demuestran un profundo desconocimiento del derecho internacional, puesto que éste no se mueve sólo en función de tratados Chile, no por no haber suscrito el tratado contra la tortura, puede torturar Chile, no por no haber suscrito el tratado contra genocidios, puede provocar genocidios No es necesario la existencia y firma de tratados para saber que existe un derecho consuetudinario, histórico, el derecho de gentes, el derecho por el cual se ha regido en los últimos tiempos la comunidad internacional, que ha entendido que el asesinato es asesinato con o sin tratado” Caucoto piensa que el derecho internacional avanza cada vez más, “puesto que existen normas imperativas, inderogables y vinculantes, conocidas como ius cogens, que están por sobre las leyes de los países” La resolución del máximo tribunal rechazó el reclamo de uno de los procesados, en orden a que no se tipificara como secuestro, sino como detención lo practicado contra Sandoval, dada la existencia de una ley secreta dictada por el gobierno de facto, que permitía la detención de personas aunque éstas no fueran entregadas a los tribunales de justicia: “No resulta aceptable la alegación de un funcionario público, que debe ser garante de la institucionalidad, en el sentido que se encontraba autorizado para detener personas por un precepto secreto, absolutamente desconocido por el afectado, quien no sabía cuáles eran las actuaciones sancionadas con la detención y las demás consecuencias perniciosas que de ello derivaron”, sentenciaron los ministros Con esta decisión se ponen en tela de juicio, además, cientos de leyes secretas dictadas por la Junta Militar, muchas de las cuales todavía tienen vigencia, y cuyos contenidos se conservan en bóvedas del Congreso Nacional Considerando las particularidades del orden jurídico chileno, este fallo no es estrictamente vinculante para las otras causas similares que se sustancian en el país, por el principio de que a cada caso una sentencia, pero será referencia obligada de todos los jueces y todas las cortes, para resolver en el futuro respecto de la aplicación de la amnistía Este fallo implica un serio revés a la estrategia diseñada en el pasado por Augusto Pinochet para evitar el accionar de la justicia en casos de detenidos desaparecidos, que se basaba en hacer desaparecer los restos de personas que habían sido secuestradas y ejecutadas, buscando con ello la desaparición de la prueba inculpatoria, puesto que la Suprema señaló en su sentencia, que la prescripción del delito sólo puede comenzar a ser contada una vez que aparezca el cuerpo, dado que hasta que eso no ocurra, el delito se sigue cometiendo En los pasillos de tribunales, se comentaba con cierta alegría esta situación Uno de los familiares manifestó en este sentido “que los muertos se le están yendo encima a Pinochet” Respecto de esto, el miembro de la sala penal Alberto Chaigneau señaló, al diario La Nación, que “si los que piden la aplicación de la ley de amnistía en Chile dijeran dónde están los desaparecidos, podría cambiar la situación” Sin embargo, el abogado Caucoto piensa distinto: “Mi interpretación es que si hay una aceptación de los convenios de Ginebra, debe considerarse que éstos lisa y llanamente no hacen distingos entre personas desaparecidas y ejecutadas Se aplican simplemente e impiden la amnistía y la prescripción” Con este fallo no sólo se complica la situación de los cinco condenados en esta causa, sino que la de otros 500 miembros de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas implicados en más de 600 juicios aún pendientes, que irán perdiendo sus libertades bajo fianza y serán condenados Reacciones Los familiares de las víctimas de detenidos desaparecidos recibieron con algarabía este fallo La presidenta de la agrupación que los reúne, Lorena Pizarro, manifestó a poco de conocerse la importante resolución, que “por fin los tribunales de justicia están cumpliendo su deber” Nelson Caucoto destacó la importancia de la resolución y manifestó que en el futuro “las personas sabrán qué cosas están permitidas y qué cosas no”, agregando que la no aplicación de la amnistía es un paso muy importante en el proceso de reconciliación nacional: “Cuando el Poder Judicial realiza sus funciones en el marco de absoluta libertad, creo que la señal es que estos crímenes no pueden quedar impunes”, sentenció El abogado de la defensa, Juan Carlos Manns, expresó por su parte que “no esperaba esta resolución negativa, porque la amnistía había sido aplicada a otras personas, de tal suerte que se ha hecho una discriminación con el general Contreras” Algunos personeros de la derecha chilena, no pudieron ocultar su frustración por el fallo, como fue el caso de Jovino Novoa, presidente de la Unión Demócrata Independiente (UDI), quien dijo que no le parecía “adecuado fundar fallos sobre figuras que no son creíbles”, aludiendo a la clasificación del secuestro como delito permanente, dado que a su entender no es creíble que están personas aún estén secuestradas, puesto que sería obvio que están muertas El gobierno se negó a comentar el fallo, al manifestar que los dictámenes de la justicia “no se comentan, sólo se cumplen” El Ejército, por su parte, está muy incomodo con el nuevo escenario abierto con este dictamen, y su comandante en jefe, Juan Emilio Cheyre, solicitó el viernes 19 una reunión al presidente de la república, con el objetivo de encontrar una salida a esta situación

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