Apela Carrillo Prieto negativa para encarcelar a Echeverría

miércoles, 28 de julio de 2004 · 01:00
* Desde su intención de que la SCJN atrajera el caso para determinar si existe o no genocidio México, D F, 27 de julio (apro)- Con la firme intención de revertir el fallo sobre la matanza del “jueves de corpus”, la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), que encabeza Ignacio Carrillo Prieto, presentó hoy el recurso de apelación contra la decisión del juez segundo de Distrito de Procesos Penales Federales, César Flores, quien negó librar las órdenes de aprehensión contra, al menos, doce presuntos implicados, cuya lista encabeza el expresidente Luis Echeverría Álvarez Contrario a su pretensión inicial de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajera el caso de la “guerra sucia” y en particular de los hechos del 10 de junio de 1971, la Femospp presentó el recurso de apelación ante el mismo juzgado federal que negó las órdenes de aprehensión en contra del expresidente Luis Echeverría y algunos de sus colaboradores en esa época Conforme a lo establecido en la ley, el juez deberá turnar la inconformidad de la Procuraduría General de la República ante un Tribunal Unitario, que en segunda instancia determinará si la actuación del juez fue correcta o no Si histórico resultó que un expresidente de la República fuera consignado penalmente por un fiscal especial acusado de genocidio, lo fue también la determinación del juez César Flores Rodríguez, de no obsequiar la orden de aprehensión que le fue solicitada contra Luis Echeverría Álvarez, por la matanza de estudiantes el Jueves de Corpus de 1971 El sábado 24 de julio, el juez César Flores, antes de que se cumpliera el plazo legal para emitir su resolución, simple y llanamente negó librar una docena órdenes de aprehensión que le había solicitado la Femospp contra igual número de presuntos responsables de la matanza de estudiantes Se supo que después de ser auxiliado por un equipo de colaboradores en la revisión y análisis de los 14 tomos que integran la averiguación del fiscal Ignacio Carrillo Prieto, el juez resolvió que no existió el delito de genocidio Paradójicamente, el juez aceptó que sí existieron los delitos de homicidio calificado, lesiones, obstrucción de la justicia y abuso de autoridad, los cuales, sin embargo, prescribieron, por lo que se negó a ordenar la aprehensión del exprimer mandatario y de 11 personas más, entre ellos Mario Moya Palencia, quien fuera secretario de Gobernación en el sexenio echeverrista; y el entonces coronel jefe de “Los Halcones”, Manuel Díaz Escobar, hoy general retirado Eso obligó al titular de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado a anunciar que apelaría el fallo del juez ante la Suprema Corte de Justicia para que sea ésta la que defina si hubo o no genocidio en los sucesos del 10 de junio de 1971 Poco después de conocerse el fallo, al filo del mediodía del sábado 24, Carrillo Prieto declaró que respeta pero no comparte los criterios y razonamientos del juez Flores Rodríguez, quien en su opinión, por la premura que establecen los tiempos legales, no valoró suficientemente las pruebas aportadas por la Fiscalía, al tiempo que anunció que en los tres días que tenía de plazo prepararía la apelación correspondiente ante la Corte La Fiscalía Especial ahora deberá esperar a que el Tribunal Unitario resuelva en definitiva y, en caso de fallar contra el fiscal Carrillo Prieto, este asunto eventualmente se podría dar por concluido Para el fiscal Carrillo Prieto, la justicia debe ser aplicada en este caso al insistir en que el delito de genocidio no prescribe, opinión que es compartida por algunos juristas El caso, desde luego, no está cerrado y así lo admite Juan Velázquez, quien dice estar tan tranquilo como asegura que lo está su principal cliente, el expresidente Echeverría y, también, el exsecretario de Gobernación, Moya Palencia El penalista sostuvo que los delitos que se les imputan prescribieron y que el de genocidio por el que se les pretende juzgar no existió ni tampoco puede ser aplicado retroactivamente, como se ha pretendido hacerlo, al anunciar que está preparado para continuar la batalla legal y demostrar que, como ya lo determinó el juez Flores Rodríguez, no puede ya ejercerse ninguna acción penal En los hechos, Carrillo Prieto perdió en primera instancia, en su intento por enjuiciar, por primera vez en la historia de este país, a un expresidente de la República por actos delictivos cometido durante su mandato

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