Ilegal, el cambio de uso de suelo en la laguna de San Pedrito: Bios Iguana

viernes, 14 de octubre de 2005 · 01:00
* Demanda el grupo ecologista revocar la autorización otorgada por la Semarnat Manzanillo, Col , 13 de octubre (apro)- El grupo ecologista Bios Iguana interpuso hoy un recurso de revisión contra la autorización del cambio de uso de suelo en la laguna de San Pedrito, otorgada el 8 de septiembre de 2004 por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a favor de la Administración Portuaria Integral de este lugar Con base en los artículos 6 y 7 de la Constitución del país, 180 y 181 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental, 83 y demás relativos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la organización afirmó que el permiso de la dependencia para la ampliación del puerto de Manzanillo fue concedido de manera ilegal De acuerdo con el recurso interpuesto por Bios Iguana, cuyo presidente es Gabriel Martínez Campos, la autorización de la Semarnat "violenta de manera contundente el artículo 1 de la Ley General de vida silvestre, considerando que, en la página 4 de la resolución que se impugna, establece con toda claridad que se autoriza remover 30-00-00 hectáreas de manglar" El grupo ambientalista explicó que ese artículo establece que los recursos madereros sujetos a protección especial por la NOM-059-Semarnat-2001 y cuyo medio de vida sea el agua, como el manglar, se regirán por la Ley General de Vida Silvestre y no por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Sostuvo: "Se observa con toda claridad que el manglar, por ser una especie listada en la norma NOM-059-Semarnat-2001, no se le puede aplicar las disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable en donde se encuentra regulado el cambio de uso de suelo forestal, ya que se encuentra contemplado dentro de la Ley General de Vida Silvestre y como ésta última ley no contempla el cambio de uso de suelo forestal, resulta totalmente ilegal cambiar el uso de suelo forestal del manglar" Por lo tanto, dijo Bios Iguana, queda plenamente comprobado que la autorización de cambio de uso de suelo autorizada por el delegado de la Semarnat en Colima, Raúl Arredondo Nava, "resulta ser totalmente ilegal En consecuencia, la autoridad revisora deberá decretar la nulidad de este acto, ya que no existe posibilidad alguna de subsanar el error de la autoridad" En relación con las opiniones técnicas emitidas por el comité técnico del Consejo Estatal Forestal, favorables al cambio de uso de suelo, el grupo ecologista adujo que fueron emitidas 18 días antes que se publicara en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo que adiciona la especificación 443 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-Semarnat-2003, que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar En consecuencia, señaló, "dicha opinión deviene en ser ilegal, ya que la norma antes mencionada establece con toda claridad en su punto 40 que en los cambios de uso de suelo forestal se deberá de preservar el manglar como comunidad vegetal y asegurar en todos los casos su integridad" Así mismo, "el numeral 414 de dicha norma establece con toda claridad que las actividades productivas deberán de dejar una distancia mínima de 100 metros con respecto a la línea de manglar "Como en el caso concreto el proyecto no cumple con estas especificaciones, la opinión favorable del Consejo Estatal Forestal resulta ser totalmente ilegal y, por lo tanto, la autoridad responsable no debió haber autorizado el proyecto presentado por la Administradora Portuaria Integral Manzanillo SA de CV" Bios Iguana demandó que se declare la nulidad de la autorización de cambio de uso de suelo forestal y desmonte de vegetación de una superficie de 98-05-00 hectáreas de la laguna de San Pedrito a favor de la Administración Portuaria Integral de Manzanillo

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