Niega la SCJN amparo al "poeta maldito"

jueves, 6 de octubre de 2005 · 01:00
* Witz Rodríguez ultrajó a la bandera, resolvió * Podría ser condenado hasta cuatro años de prisión México, D F, 5 de octubre (apro)- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo al poeta Sergio Hernán Witz Rodríguez, al considerar que su composición Invitación, la patria entre mierda, constituye el delito de ultraje a la bandera, previsto en el artículo 191 del Código Penal Federal (CPF) Por tres votos a dos, la primera sala de la SCJN resolvió el conflicto que el juicio de amparo planteaba entre los alcances de la libertad de expresión en México y la imposición de sanciones penales por ofensas a los símbolos patrios Witz Rodríguez, a quien a partir del caso se le conoce como "el poeta maldito", pretendió el amparo del máximo tribunal del país, al considerar que el artículo 191 del CPF es inconstitucional por vulnerar los derechos a la libertad de expresión y a la libertad de prensa, previstos en los artículos sexto y séptimo de la Constitución La mayoría de ministros de la sala estuvo en contra del proyecto presentado por el ministro José Ramón Cossío Díaz para concederle el amparo al quejoso, el cual podría ser sujeto a una pena de prisión de hasta cuatro años Cossío propuso otorgar el amparo no porque el artículo impugnado fuera inconstitucional, sino por la violación a la libertad de expresión del escritor Lo que está en juego, señaló Cossío, es "la preservación del contenido esencial de la libertad de expresión" Advirtió que dejar la puerta abierta a un juez para que pueda calificar penalmente la conducta del poeta, implica afectar "las libertades básicas" del mismo Su proyecto fue apoyado sólo por el ministro Juan Silva Meza El artículo 191 del CPF establece que, a quien ultraje el escudo nacional o la bandera, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de 50 a tres mil pesos o ambas sanciones, a juicio del juez Recluir al autor hasta por ese tiempo, dijo Cossío, "demuestra que el legislador no ponderó adecuadamente los elementos constitucionales relevantes, y en concreto, la necesidad de equilibrar los límites constitucionales a la libertad de expresión, con el ejercicio verdaderamente libre de la misma" En sentido contrario, el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo consideró que este caso debe verse como "uno de los límites constitucionales a la libertad de expresión" Agregó: "La Constitución no autoriza a nadie a ultrajar, ni símbolos patrios, ni tampoco a ultrajar a personas" Lo secundó el ministro Sergio Valls Hernández, al asegurar que el poema puede ser "una invitación a los ciudadanos a no respetar ese símbolo nacional" El proyecto también fue rechazado por la presidenta de la sala, Olga Sánchez Cordero En defensa de su proyecto, el ministro ponente consideró "incompatible con la Constitución que el Estado utilice el derecho penal para defender un objeto simbólico, mediante el sacrificio de los derechos fundamentales de los individuos, coartando necesariamente las posibilidades de que en México emerja una práctica democrática adulta y madura" Utilizar el derecho penal para defender a la bandera mediante un delito como el tipificado por el artículo 191, contradice la idea misma, de libertad que la bandera representa, agregó "Un ataque a la moral que justifique una restricción a la liberta de expresión es tanto como abogar por la imposición de una homogeneidad social, moralizante y una particular visión nacionalista, lo cual es incompatible con la sociedad abierta y democrática que nuestra Constitución postula", argumentó Cossío El poema controvertido es el siguiente: "Invitación, la patria entre mierda: Yo me seco el orín de la bandera de mi país, este trapo sobre el que se acuestan los perros y que nada representa, salvo tres colores y un águila que me producen un vómito nacionalista, o tal vez un verso Lópezvelardiano, de cuya influencia estoy lejos yo, natural de esta tierra, me limpio el culo con la bandera y los invito a hacer lo mismo, verán a la patria entre la mierda de un poeta" El texto fue publicado en la revista Criterios, de Campeche, en abril de 2001 La asociación civil Pablo García Montilla denunció ante la Secretaría de Gobernación la publicación del texto como un ultraje a la bandera El caso lo tomó la Dirección de Coordinación Interinstitucional y Fomento Cívico de la Secretaría de Gobernación, la que lo trasladó a la Procuraduría General de la República (PGR) El Ministerio Público federal inició una averiguación previa y consignó el caso ante un juez de distrito de Campeche, el cual, en octubre de 2002, dictó un auto de "sujeción a proceso", no de formal prisión, lo que implicó que al acusado no se le impusiera pena privativa de libertad Witz Rodríguez apeló la decisión, pero un Tribunal Unitario confirmó el fallo del juez Ante la inconformidad del autor, el caso pasó a revisión de un Tribunal Colegiado, el cual reservó la jurisdicción a la SCJN Por decisión de la Corte, la jurisdicción del caso pasó al Tribunal Colegiado del 27 circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo, el cual deberá establecer la pena al poeta

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