Niega la SCJN amparo a Telmex

jueves, 10 de noviembre de 2005 · 01:00
* Avala la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información México, D,F , 9 de noviembre (apro)- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de siete artículos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, que habían sido impugnados mediante un amparo por Teléfonos de México En lo que ha sido la resolución más importante de la Corte en relación con el acceso público a la información, la Primera Sala del máximo tribunal le negó el amparo a la empresa telefónica, al anteponer lo establecido en el artículo sexto de la Constitución relativo al derecho a la información de los ciudadanos La empresa de Carlos Slim y Teléfonos del Noroeste (Telnor) se habían amparado en contra de un fallo del juez octavo de Distrito B en materia administrativa del Distrito Federal, según el cual las autoridades federales pueden proporcionar, a cualquier persona que lo solicite, información o documentación propiedad de los particulares La inconformidad de las telefónicas se debió a que la empresa Conexión XXI logró, a través del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), que las autoridades federales estén obligadas a entregar los convenidos de interconexión firmados entre Telmex y Telnor Ambas empresas se inconformaron con la decisión del IFAI y recurrieron al amparo El recurso fue negado en primera instancia por el juez, y la Primera Sala del máximo tribunal avaló hoy, en definitiva, ese fallo, y de paso, respaldó la constitucionalidad de la Ley de Acceso a la Información "Pensar que la información en la que tienen injerencia los particulares, y que obra en resguardo de las autoridades federales, no puede ser proporcionada para consulta de otros ciudadanos, equivaldría a negar el derecho a la información que establece el artículo sexto de la Constitución", determinó la Corte La resolución, presentada por el ministro Sergio Valls Hernández, indica además que la Ley Federal de Transparencia, vigente desde junio de 2002, no viola las garantías de audiencia y legalidad consagradas en la Carta Magna Agrega que los convenios de interconexión firmados por Telmex para que otras empresas utilicen sus líneas, así como las concesiones otorgadas por el gobierno federal en la materia, son documentos públicos que forman parte del Registro de Telecomunicaciones En sus alegatos para conseguir el amparo, Telmex fundaba la inconstitucionalidad de la ley por permitir que terceros accedan a la información que los particulares entregan al gobierno, sin que tengan o acrediten interés jurídico La SCJN respondió que la ley considera la difusión de versiones públicas, en las que se pueden eliminar datos confidenciales o secretos industriales que pongan en peligro la competitividad de las empresas

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