Aplaude Olamendi decisión de la SCJN de rectificar tesis sobre violación conyugal

sábado, 5 de noviembre de 2005 · 01:00
México, D F, 4 de noviembre (apro-cimac)- Tardía, pero importante, es la valoración que Patricia Olamendi, impulsora desde la década pasada de leyes contra la violencia de género, da a la rectificación anunciada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la violación conyugal En entrevista, la abogada consideró que la rectificación a la tesis emitida en 1994, donde se argumentaba que la violencia sexual en el matrimonio era "el ejercicio indebido de un derecho", llegó tarde, puesto que ya hay leyes que tipifican la violación conyugal como delito desde 1997 Sin embargo, al recordar que solamente cinco entidades, entre ellas el Distrito Federal y Oaxaca, incluyen tal delito en sus códigos, destacó que la rectificación servirá como orientación a las legislaciones estatales, las cuales tendrían que estar acordes con tratados internacionales Entre los tratados ratificados por México que condenan la violación en la pareja está la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención Belém do Pará La exsubsecretaria de Relaciones Exteriores agregó que la violación conyugal contraviene un derecho humano elemental "No puedes decir que la violencia sexual deba ser penalizada si la cometes fuera, pero dentro no" Olamendi hizo hincapié en que la discusión sobre el tema suele concentrarse en que la procreación es "el famoso fin del matrimonio" al rememorar la discusión de las reformas penales en 1997, cuando los diputados varones de todos los partidos cuestionaban si podía ser un delito la violencia sexual en pareja Coincidente, la senadora Leticia Burgos, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), calificó de excelente el trabajo de la SCJN ante la posibilidad de que establezca que si uno de los integrantes de un matrimonio obliga a su pareja a tener relaciones sexuales, cometerá el delito de violación y será castigado conforme lo indica la ley "Se sacó un diez, al reconocer nuestro derecho a denunciar en cualquier caso, y en particular cuando las relaciones son maritales Ha sido un atino muy importante para la vida de la República y para la vida de las mujeres", aseguró La senadora Burgos adelantó que el próximo martes presentará un punto de acuerdo en la Cámara alta para exhortar a las y los legisladores a modificar todos los códigos estatales con base en la resolución próxima que tomará la SCJN "Solamente cobijados por las normas establecidas en los códigos es cómo vamos a poder hacer uso de éstas", justificó Por su parte, Teresita de Barbieri, académica del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, destacó lo significativo de que la violencia sexual en el matrimonio sea tipificada como delito, ya que es un avance para reconocer la libertad de las mujeres y la capacidad de decidir en su vida sexual La académica indicó que, de aprobarse, fortalecería el derecho a la integridad física de las personas En entrevista, recordó que en 1998 el Código Penal Federal consideró la violación entre cónyuges, y si ahora la SCJN hace la modificación mencionada será un gran avance para las feministas y las mexicanas en general "Yo creo que la violación en el matrimonio existe; hay que tener en cuenta que el contrato matrimonial en la ley no obliga, no se ampara en el asunto del débito conyugal; la Iglesia sí lo hace, pero la ley no", informó de Barbieri De acuerdo con versiones extraoficiales, la SCJN rectificaría el viernes 4 la tesis que establecía que la violencia sexual en el matrimonio no es un delito, aunque en la lista de las sesiones de hoy no figuraba la rectificación de la denominada Tesis de la SCJ 1ª/J10/94, según la cual "la imposición de un cónyuge hacia el otro de la cópula normal, mediante la violencia, no configura el delito de violación, sino que se traduce en el ejercicio indebido de un derecho" El 11 de mayo de 1994, por tres votos contra dos, la Primera Sala de la SCJN emitía este criterio Dos de los tres ministros que lo aprobaron eran mujeres: Victoria Adato y Clementina Gil de Lester, quienes -junto con Luis Fernández Doblado- dieron luz verde a una decisión que ensombreció el papel de la justicia como garante de los derechos humanos de las mujeres Desde entonces, la tesis de 1994 se aplica en los juzgados y tribunales del país, lo que coloca en una situación de indefensión a las mujeres que sufren violencia sexual por parte de su esposo Larga polémica No es la primera vez que este criterio despierta la polémica entre los legisladores y los partidos políticos En diciembre de 1997, cuando la Cámara de Diputados aprobó incluir en el Código Penal Federal el delito de violación en el matrimonio, se dio un áspero debate entre las fracciones en favor y en contra de la iniciativa Desde el PAN, el diputado Américo Ramírez Rodríguez argumentaba que tipificarlo constituiría un instrumento para presentarse ante un juzgado y solicitar el divorcio El 24 de abril de 2003, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó una iniciativa para reformar el Código Civil Federal y tipificar la violación entre cónyuges como delito A pesar de que esto se logró, sigue utilizándose el mismo criterio de jurisprudencia; incluso se dan casos en los que el cónyuge solicita el amparo a la justicia judicial alegando que hizo "ejercicio indebido de un derecho" El debate también llegó a la SCJN; en junio de 2004, por petición de la ministra Olga Sánchez Cordero y del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, la Primera Sala anunció que analizaba la posibilidad de modificar el criterio de 1994 Aunque la petición no prosperó, la necesidad de modificar este criterio ha permitido que hoy se reabra de nuevo un debate que por fin --parece-- se resolverá en favor de los derechos fundamentales de la mujer Punto final Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Primera Sala, encargada de los asuntos penales y violaciones graves a las garantías individuales, podría poner punto final la próxima semana a la discusión que abrió hace dos años sobre la violación en el matrimonio La doctora en derecho pidió en junio del 2003 discutir si existe violación dentro del matrimonio --como se asienta en los códigos-- o si se trata del "ejercicio abusivo de un derecho", como fallaron en 1994 tres ministros de la SCJN, incluyendo a Victoria Adato y Clementina Gil de Lester Sánchez Cordero, integrante de la Federación de Mujeres Universitarias, llegó a la Corte en 1995 y desde el 2 de enero del 2004 preside la Primera Sala A partir del 2000 y hasta el 2003, cuando la llamada "ley Robles" se declaró constitucional, la ministra destacó por pronunciarse en favor de la despenalización del aborto por motivos eugenésicos al declararlo válido y constitucional Ha escrito más de 30 publicaciones y ha sido profesora en la Universidad Nacional Autónoma de México, el Colegio Francés del Pedregal y el Colegio Alemán Alexander von Humboldt Así mismo, fue la primera mujer notaria en la historia del Distrito Federal En 1961 fue nombrada la primera mujer ministra de la Suprema Corte de Justicia en México, María Cristina Salmorán de Tamayo, y entre 1983 y 1988 fueron nombradas las ministras Fausta Moreno, Martha Chávez Padrón, Victoria Adato Green, Irma Cué y Clementina Gil de Lester, quienes de manera conjunta, por única vez en la historia, llegaron a ocupar 20 por ciento del máximo tribunal

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