* Restricciones al uso de información confidencial tras culminar su encargo
México, D F, 14 de diciembre (apro)- Los funcionarios que abandonen su cargo no podrán revelar información o documentación relacionada con la función que desempeñaban, hasta dos años después; en tanto que los responsables electorales, cuando concluyan sus labores, no podrán participar en espacio público alguno relacionado con los comicios que hubiesen calificado
Con 364 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó las reformas a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos Las modificaciones quedaron sustentadas en los cambios al artículo 9 de dicha ley y la adición del 9-Bis
Hasta antes de esta ley, los servidores públicos tenían un año como plazo de reserva de la información confidencial; ahora será de dos años
Luis Maldonado, coordinador de Convergencia y promotor de los cambios, explicó en tribuna que ahora los exfuncionarios podrán hacer uso, en provecho propio o de terceros, de la información o documentación que no fue de dominio público a la que hayan tenido acceso en su encargo
Dijo que tal como está redactada la actual ley, se deja abierta la posibilidad para que un exservidor público, "tal como lo han hecho muchos exfuncionarios, incluso expresidentes de la República, hagan uso de información para realizar negocios y otras actividades
"En muchos casos se refiere a datos privilegiados y que requieren de una confidencialidad permanente, o por lo menos de un tiempo más prolongado que el establecido actualmente, y que es de un año", manifestó
Explicó que la reforma hoy aprobada obedece a que existen asuntos de reserva y confidencialidad muy delicados en los órganos de los Poderes de la Unión, y que pueden verse entorpecidos por su proliferación desordenada
El artículo propuesto quedó de la siguiente manera: "El servidor público que deje de desempeñar su empleo, deberá abstenerse, hasta dos años después, de usar en provecho propio, o de terceros, la información o documentación a la que haya tenido acceso en su empleo, cargo o comisión y que no sea del dominio público"
En tanto que tratándose de funcionarios electorales, como los del IFE, o los magistrados del TEPJF, "se abstendrán de participar en cualquier encargo público de la administración encabezada por quien haya ganado la elección que ellos organizaron o calificaron"
En el caso de las reservas sobre información, que eran de un año hasta el día de hoy, los exfuncionarios a los que con mayor rigor se aplicaba este articulado eran a los del Instituto de Protección al Ahorro Bancario, e incluso se les hacía firmar una carta de confidencialidad, en la que se les obliga a no hacer pública toda la información relacionada con el IPAB, so pena de ser sancionados administrativamente