Capturan al presunto plagiario de Jesús Piedra Ibarra

viernes, 30 de diciembre de 2005 · 01:00
*Carlos G Solana Macías, exdirector de la Policía Judicial de NL *Se jactó de la captura e interrogatorio del activista de la Liga 23-S México, DF, 29 de diciembre (apro)- En cumplimiento a una orden de aprehensión girada por el juez cuarto de Distrito de Materia Penal de Nuevo León, José Manuel de la Fuente, desde el 19 de octubre del 2004, agentes federales capturaron hoy Carlos G Solana Macías, señalado como presunto plagiario de Jesús Piedra Ibarra durante la llamada "guerra sucia" Aunque se festina su detención, ésta, en un momento dado, podría ser momentánea Dada la avanzada edad de Solana Macías (más de 70 años), podría enfrentar su juicio fuera de prisión y en su domicilio, tal y como ocurre con Miguel Nazar Haro De los principales indiciados, el único que se mantiene prófugo es el capitán Luis de la Barreda Moreno, en ese entonces director de la Dirección Federal de Seguridad y padre del primer presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, del mismo nombre Solana Macías, quien fuera director de la Policía Judicial de Nuevo León, está acusado de participar en la desaparición de Jesús Piedra Ibarra, exmiembro de la Liga Comunista 23 de Septiembre; fue capturado cuando viajaba con su familia en un auto compacto La Procuraduría General de la República (PGR) informó que la detención del exjefe policiaco se produjo poco después de las 16:30 horas, por el rumbo de Santa Fe, en la Delegación Cuajimalpa, cuando circulaba junto con su familia en un auto Zafira rojo, con permiso de circulación 876 TUM De inmediato, agentes de la AFI trasladaron a Solana Macías a la unidad médica del hangar de la PGR, en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, para ser sometido a una revisión física, antes de proceder a su traslado a Monterrey, Nuevo León, y ser puesto a disposición del juez de la causa La PGR subrayó que la detención del exdirector de la Policía Judicial se dio en cumplimiento a una orden de aprehensión girada por el juez José Manuel de la Fuente, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Materia Penal de Nuevo León Conforme a la causa penal, 104/2004, Solana Macías enfrenta cargos por el delito de privación ilegal de la libertad, en la modalidad de plagio o secuestro, cometido en contra de Piedra Ibarra, el 18 de abril de 1975 Carlos Solana, entonces jefe de la Policía Judicial de Nuevo León, se jactaba de haber participado en la detención e interrogatorio de Piedra, y que él recibía instrucciones directas de Mario Moya Palencia Pliego consignatario El 4 de mayo del 2003, (Proceso 1383), el reportero Raúl Monge publicó un amplio reportaje en el que describe en detalle los últimos días de Piedra Ibarra A continuación se reproduce parte del mismo: El pliego de consignación de los presuntos responsables de la desaparición de Jesús Piedra Ibarra, documento de alrededor de 100 fojas obtenido por Proceso, describe la forma como se ordenó y se ejecutó su captura, y llega a una conclusión contundente: las últimas personas que lo tuvieron a su disposición fueron Luis de la Barreda Moreno, director Federal de Seguridad, y su subordinado, Miguel Nazar Haro Sostenido en buena medida con la información obtenida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el pliego de consignación de los presuntos responsables de la desaparición de Jesús Piedra Ibarra es determinante en su conclusión: Luego de la detención de Piedra Ibarra, las últimas personas que lo tuvieron a "disposición física y privado de su libertad" fueron Luis de la Barreda Moreno y Miguel Nazar Haro Además, confirma que en la captura del hijo de la fundadora del Comité Eureka intervinieron casi 20 efectivos de corporaciones policiales estatales, federales y militares, que la Dirección Federal de Seguridad (DFS) no tenía atribuciones legales para detener, que la captura se ejecutó sin orden de aprehensión, que fue sometido a "maltratos físicos" durante su cautiverio y trasladado al centro de operaciones de la DFS en la Ciudad de México, en el Campo Militar Número Uno, donde fue interrogado personalmente por el capitán De la Barreda Moreno Con las declaraciones y ratificaciones ministeriales de agentes de la Policía Judicial de Nuevo León que participaron directamente en su captura y que formaron parte del grupo especial denominado EROE, de testigos de los hechos, así como con nuevas documentales públicas obtenidas de los archivos de la DFS y la concatenación de una serie de elementos de prueba, la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) documentó los momentos previos y posteriores a la detención y desaparición de Piedra Ibarra Pero la contundencia jurídica e histórica de las evidencias aportadas por la Fiscalía en la averiguación previa PGR/FEMOSSP/017/2002 no bastó para lograr su cometido -al menos por ahora- de enviar a prisión a De la Barreda Moreno y a Nazar Haro por el presunto delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de plagio o secuestro Con base en el artículo 101 del Código Penal Federal vigente en 1975, cuando se produjo su detención y se le vio con vida por última vez, el juez Cuarto de Distrito en Materia Penal, Guillermo Vázquez Martínez, sobreseyó el asunto y se negó a obsequiar las órdenes de aprehensión solicitadas por la Fiscalía el 22 de abril, bajo el criterio de que el delito por el que fueron acusados el director y el subdirector de la DFS en aquel tiempo, así como Juventino Romero Cisneros, el agente de Policía Judicial del estado de Nuevo León que detuvo a Jesús el 18 de abril de 1975, había prescrito (Proceso 1382) Condensada la acusación contra De la Barreda y Nazar en las primeras 60 fojas, en el pliego de consignación la Femospp sostuvo, por el contrario, que "de lo actuado se advierte claramente que la comisión del delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de plagio o secuestro se encuentra vigente al prolongarse sus efectos en el tiempo" Amparado en el párrafo segundo del artículo 19 del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal, que dispone que el delito continuo o permanente es aquel que prolonga sin interrupción, por más o menos tiempo, la acción o la omisión que lo constituyen, por lo que al prolongarse sus efectos en el tiempo, desde la fecha de su comisión -en abril de 1975 a la actual- "no ha operado la prescripción de la acción penal contra los probables responsables de su comisión, siendo posible el ejercicio de la acción penal contra Luis de la Barreda Moreno, Miguel Nazar Haro y Juventino Romero Cisneros" La historia documentada La siguiente es la historia de la detención y desaparición de Jesús Piedra Ibarra, según el primer expediente penal integrado sobre la guerra sucia Con la orden expresa de Nazar Haro de detener a Piedra Ibarra, el 18 de abril de 1975 Juventino Romero se dirigió al lugar por donde supuestamente pasaría Piedra Ibarra Él y el grupo especial integrado expresamente para esa operación -al mando de Carlos Álvarez- habían recibido información sobre la hora, la ropa que vestía y el lugar Entre las ocho y las ocho y media de la noche, cuando se encontraba en el cruce de las calles de Arteaga y Félix U Gómez, Romero vio pasar a una persona con las características físicas que le había proporcionado la DFS El agente policial se abalanzó sobre él, sujetándolo con ambos brazos Cerca de ahí, César Manuel Garza Espinosa se dio cuenta de la acción y corrió en apoyo de su compañero Pero, al tratar de sujetar la cabeza de Jesús, su mano derecha quedó a la altura de la boca y recibió una mordida en un dedo Benjamín Maya Filoteo cerró la pinza y lograron someterlo Piedra Ibarra fue subido a un Chevrolet anaranjado modelo 1968, donde fue atado de pies y manos Custodiado por agentes que iban en cuatro autos más, fue llevado a las oficinas de la delegación de la DFS en Monterrey, ubicadas en las calles de Rivapalacios y Mina Carlos Álvarez informó a su superior, Ricardo Condelle Gómez, que habían detenido a Jesús Piedra El entonces delegado de la DFS en Monterrey se dio cuenta de que Garza Espinosa estaba herido y lo mandó al médico Antes de acudir con el doctor Guadalupe González, quien le mutiló el dedo con una navaja de rasurar nueva, Garza escuchó que Condelle hablaba por teléfono con el subdirector de la DFS, Miguel Nazar: "Tenemos a P I" Cuando colgó, se dirigió a sus subordinados -un grupo formado por agentes de las policías Judicial del estado, DFS y Séptima ZonaMilitar-: "Los manda felicitar el señor Miguel Nazar Haro" De acuerdo con las testimoniales contenidas en el pliego de consignación, Piedra Ibarra fue llevado posteriormente al rancho La Peña, propiedad de Ignacio de Jesús González González, a la altura del kilómetro siete de la carretera Higueras-Marín Este último así lo confirmó en declaración rendida ante el Ministerio Público Federal el 17 de octubre de 2002 Dijo que conocía a Condelle Gómez antes de que fuera delegado de la DFS y que en alguna ocasión le ofreció su rancho para descansar Sabás García, encargado de cuidar el rancho, le informó que, en abril de 1975, Condelle y personal de la DFS y de la Policía Judicial estatal ocuparon la propiedad, y que Condelle y Carlos Álvarez habían estado toda la noche en compañía de gente armada González González recordó también un detalle importante: que Condelle mandó llamar a su primo, el doctor José Guadalupe González González, para que hiciera un reconocimiento médico a Piedra Ibarra, "porque lo había visto apachurrado o decaído; es decir, triste, pero no estaba grave" Además, le pidió un certificado médico, "porque se lo iban a llevar a la Ciudad de México" Consta en el expediente que José Guadalupe era amigo personal y médico de cabecera de Condelle Con documentos originales encontrados en el fondo DFS del Archivo General de la Nación, la Fiscalía reconstruyó lo que sucedió en los días subsecuentes con Piedra Ibarra Un oficio de siete hojas, firmado por el director general de la DFS, capitán Luis de la Barreda, fechado el 20 de abril de 1975 -dos días después de la captura de Jesús-, dice: Estado de Nuevo León, Monterrey- Jesús Piedra Ibarra (a) Rafael, quien fue aprehendido el día de ayer, hizo las siguientes declaraciones con esta fecha: Dijo haber nacido el 17 de febrero de 1954, con domicilio en Flores Magón No 2339 Norte, colonia Venustiano Carranza; hijo del Dr Jesús Piedra Rosales y María del Rosario Ibarra de Piedra, que viven en Guayaquil No 205, colonia Altavista; que es originario de esta ciudad Mi casa de seguridad la tengo en Flores Magón 2339 Norte, colonia Carranza, llegando a los rieles; en mi casa tengo una M-1, parque, tinta, papel, una cama, libros, un radio, una cómoda, una sala, un rifle calibre 243 y 3 mil o 3 mil 500 pesos Según el documento, Jesús aceptó que pertenecía a la Liga Comunista 23 de Septiembre; que participó en asaltos, secuestros y homicidios, entre ellos el de Eugenio Garza Sada; que usaba el sobrenombre de Rafael, y que reveló los nombres de sus compañeros, las direcciones de otras casas de seguridad, las armas que poseían y los planes que tenía la organización en el futuro

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