El acuerdo secreto del Fobaproa

domingo, 27 de marzo de 2005 · 01:00
Documento clave para deslindar responsabilidades por el desfalco a la nación cometido al amparo del Fobaproa, el "acuerdo de partes" firmado en 1996 entre el Banco de México y la Secretaría de Hacienda facultó de manera "ilimitada" a ese fondo para adquirir la cartera vencida de los bancos mexicanos y aceptar sus "créditos chatarra" Los detalles de este acuerdo "inconstitucional", cuyos detalles habían sido mantenidos en secreto, son ahora revelados por Proceso Guillermo Ortiz Martínez, actual gobernador del Banco de México, y su antecesor en el cargo, Miguel Mancera Aguayo, le otorgaron en 1996 al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) facultades para que actuara por encima de la Constitución y permitieron que el fideicomiso, en ese entonces privado, se endeudara con cargo a la nación, pasivo que, a la fecha, asciende a 700 mil millones de pesos Ortiz y Mancera recurrieron a un instrumento llamado "acuerdo de partes", firmado el 3 de mayo de ese año Mediante este documento se sentaron las bases para que, un año después, en julio de 1997, el llamado Comité Técnico del Fobaproa "flexibilizara" los criterios de evaluación de la cartera que los bancos estaban vendiendo al gobierno y aceptara créditos chatarra, según reveló la edición 1451 de Proceso al publicar las actas 42, 54, 31 y 32 de dicho comité En su momento, exvocales independientes del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB), que sustituyó al Fobaproa, como Adalberto Palma y Bernardo González Aréchiga, pidieron que se analizara, en el seno del instituto, el carácter legal del acuerdo de partes, petición que también fue hecha por el legislador del Partido Acción Nacional (PAN) Fauzi Hamdan El senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Jesús Ortega fue más lejos y pidió que dicho convenio, firmado entre el Banco de México (Banxico) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), se hiciera público, lo que no había ocurrido hasta la fecha El 13 de junio de 2001, Ortega propuso un punto de acuerdo para que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión "solicite al IPAB y a Banxico la entrega de los contratos celebrados entre el Fobaproa y las instituciones bancarias que participaron en los programas de compra de cartera, así como las actas de las sesiones del Comité Técnico, incluyendo el acuerdo de partes celebrado en el seno del Fondo de Protección al Ahorro Bancario" "Esta información es clave para descubrir los ilícitos, combatir la corrupción y, por supuesto, castigar a los responsables", dijo el legislador desde la tribuna del Senado de la República En el llamado acuerdo de partes, que Proceso pudo conocer, se muestran las facultades extralegales que se le otorgaron al Fobaproa, como permitirle "suscribir títulos de crédito, otorgar avales y asumir obligaciones en beneficio de las instituciones" o bancos, de acuerdo con la cláusula tercera del documento Lo anterior contraviene la fracción octava del artículo 73 constitucional, que señala como facultad exclusiva del Congreso de la Unión aprobar deuda pública, explica Mario Di Constanzo, exsecretario técnico de la primera Comisión para Investigar el Funcionamiento del IPAB Di Constanzo, quien ganó un juicio que obliga al IPAB a entregar las 64 actas del Comité Técnico del Fobaproa, lo que este organismo se ha negado a cumplir, hace un análisis del acuerdo de partes Destaca que no sólo se facultó al fondo a endeudarse en nombre de la nación, sino que, además, supeditó las necesidades de Banxico a sus intereses al considerarse lo siguiente: "se entenderá que las facultades y atribuciones del Comité Técnico constituyen limitaciones al fiduciario (Banxico)" Además, en el citado documento se estableció la creación del llamado Comité Técnico, su composición y sus atribuciones, entre las que destacan "determinar condiciones, términos, apoyos y montos" para los bancos, así como mecanismos para casos de urgencia que le permitían actuar con discrecionalidad El acuerdo y el comité En el convenio celebrado entre Hacienda (la parte fideicomitente) y Banxico (el fiduciario) se fijaron 10 cláusulas, firmadas por el entonces secretario de Hacienda, Ortiz Martínez, y el director del banco central, Miguel Mancera Aguayo En la cláusula cuarta se estableció la creación del llamado Comité Técnico, que estaría integrado por nueve miembros: cuatro de la SHCP, tres de Banxico y dos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores El comité estaba presidido por el secretario de Hacienda, en ese entonces Guillermo Ortiz, a quien se le dio voto de calidad Entre los miembros que conformaron el comité se encontraban Jonathan Davis Arzac, Martín Werner, Fernando Borja, Alberto Moreno, Ángel Palomino, Francisco Gil Díaz, Eduardo Fernández y Javier Arrigunaga, entre otros Fueron ellos quienes, junto con Mancera y Ortiz, autorizaron a la postre los cambios para dar entrada a la adquisición de créditos chatarra, ya que el acuerdo de partes facultaba al comité a fijar "términos", "condiciones", "montos" "y calendarios de pagos" de los apoyos otorgados a los bancos con cargo al Fobaproa Para "casos urgentes", Ortiz Martínez y Mancera Aguayo acordaron dos modalidades: en la primera bastaba con la firma de cinco de los nueve miembros del comité, "sin necesidad de que se reúnan"; en la segunda, se contemplaba que, de no localizarse a ninguno de los nueves integrantes, el Banco de México, que actuaba como fiduciario, quedaría facultado para autorizar las operaciones requeridas, como "suscribir títulos de crédito, otorgar avales y asumir obligaciones en beneficio de las instituciones" Un ejemplo de cómo operaban en la práctica estas medidas fue la firma de "pagarés" a distintos bancos y que empezarán a vencer a partir de septiembre próximo Las facultades otorgadas al Fobaproa mediante el acuerdo fueron tan ilimitadas que, incluso, la obligación del banco central de mantener la política monetaria del país en buen estado estaba supeditada a los intereses del fondo, tal como se señala en la cláusula octava del acuerdo, que a la letra dice: "El fiduciario queda facultado para otorgar poderes, mandatos o comisiones para auxiliarse en el desempeño de su encomienda y en la defensa del Fondo, sin que en caso alguno éstos prevean la posibilidad de que el apoderado, mandatario o comisionista pueda delegar las facultades que le sean conferidas, salvo tratándose de las relativas a pleitos y cobranzas" Dos meses después, el 26 de julio de 1996, esta cláusula se hizo valer, de acuerdo con el acta número 36 del Comité Técnico del Fobaproa, también obtenida por Proceso, cuando Ángel Palomino Hassbach, representante de Banxico en ese tiempo, solicitó 92 mil millones de pesos para seguir financiando al fondo Ante esta situación, el director general de Banxico, Miguel Mancera, advirtió que el apoyo había "llegado a niveles que no aconsejan continuar incrementando el adeudo a cargo del Fobaproa, ya que resulta sumamente complicado conciliar las necesidades financieras de Fobaproa con la adecuada ejecución de la política monetaria" Miguel Mancera, quien firmó el acuerdo de partes que le otorgaron todas estas facultades al Fobaproa, advirtió que el Comité Técnico se estaba "excediendo" en su actuación: "Tomando en cuenta que en última instancia es el gobierno federal quien afronta las resultas económicas de dichas operaciones, su punto de vista sobre la materia es fundamental, excediendo por ello los alcances de decisión de este Comité" Acuerdo de partes y pagarés La importancia del acuerdo de partes que autorizó al Fobaproa a endeudarse en favor de los bancos radica en que se firmó meses después de que el gobierno federal había firmado, como aval, los primeros pagarés a Bital, Banorte, Banamex y Bancomer Así, los millonarios pagarés a 10 años, que empezarán a vencerse a partir de septiembre próximo, no sólo son inconstitucionales por haberse firmado a espaldas del Congeso de la Unión -sostiene el exsecretario técnico de la Comisión para Investigar el Funcionamiento del IPAB-, sino también porque carecen de sustento legal, ya que en el momento de emitirse -septiembre, noviembre y diciembre de 1995-, el Fobaproa aún no contaba con las facultades para endeudarse a favor de los bancos, que sólo le fueron otorgadas en mayo de 1996 Para el intercambio de los pagarés, el gobierno y los bancos negociaron, en julio de 2004, un convenio a través del cual se aceptaba auditar a dichas instituciones para detectar aquellos créditos que el Fobaproa nunca debió aceptar Cuando esto ocurra, el monto de los créditos se descontará de los pagarés en el momento de hacerse efectivos Los primeros vencerán este año y suman 30 mil 637 millones de pesos a valor histórico De acuerdo con la última actualización de las cifras, dichos pagarés valían, a marzo de 2003, la astronómica suma de 132 mil 575 millones de pesos Según el convenio firmado entre el gobierno y los bancos, las llamadas auditorías GEL deben incluir la revisión de la gestión, existencia y legalidad de los créditos que entraron al llamado Programa de Compra y Capitalización de Cartera para estos cuatro bancos y que forman parte del rescate bancario Sin embargo, las auditorías GEL no revelarán las ilegalidades en las que se incurrió con el acuerdo de partes, ya que sólo se revisarán los créditos que les fueron comprados a los bancos y no se cuestionará en ningún momento si las operaciones realizadas por el Fobaproa fueron legales ni tampoco las atribuciones que tenían los miembros del comité para firmar un acuerdo de tales alcances, explica Di Constanzo Las sospechas sobre la ilegalidad de las acciones del Fobaproa fueron notificadas el 4 de febrero de 2000 por el entonces diputado federal panista Fauzi Hamdan al también entonces secretario ejecutivo del IPAB, Vicente Corta Fernández, mediante una carta en la que se hacía una interpretación del artículo quinto transitorio de la Ley del IPAB, instrumento que ordena la realización de las auditorías antes de efectuar el intercambio de pagarés "En consecuencia, la ilegalidad para calificar la operación u operaciones, en lo individual o en su conjunto, incluyen la valuación de las decisiones del propio Fobaproa a través de su Comité Técnico, en cuanto a las bases y reglas de ejecución del Programa de Compra y Capitalización de Cartera y, particularmente, la determinación de por qué el Comité Técnico decidió cambiar las reglas de operación para la compra de cartera, no obstante que ello, de antemano, implicaba sin lugar a dudas el salvamento inmediato de los accionistas, preponderantemente, por encima de los ahorradores", señaló Fauzi Hamdam en su carta Pero la preocupación no era sólo del legislador También quienes fungían como vocales independientes del IPAB en ese entonces, Adalberto Palma y Bernardo González Aréchiga, le pidieron a Vicente Corta que, antes de fijar los "términos de referencia" de las auditorías GEL, el instituto debía analizar el acuerdo de partes firmado en mayo de 1996, "pero sobre todo si era legal o no" La petición de los vocales nunca fue atendida Cuando Corta concluyó su paso por el IPAB, los vocales le presentaron a su sustituto, Julio César Méndez Rubio, la misma demanda: analizar primero la legalidad del acuerdo de partes Para ellos esto representaba el punto de partida que daba sustento a todos los movimientos que realizaron los integrantes del Fobaproa, comenta Di Constanzo Méndez Rubio tampoco atendió la petición de los vocales, pero sí fijó los términos de referencia bajo los que se harían las famosas auditorías GEL Inconformes con los términos establecidos por la Junta de Gobierno del IPAB, los bancos se ampararon e impidieron así ser auditados En 2004, Méndez Rubio fue sustituido por Mario Beauregard, quien en julio de ese año negoció con los bancos y logró finalmente un convenio para que aceptaran ser auditados, pero nunca revisó el acuerdo de partes, como lo solicitaron los exvocales Incluso, se desconoce cuáles fueron los términos de referencia aceptados por los bancos para ser auditados Con estas auditorías GEL, que se realizan a los bancos y que concluirán en dos meses más, tampoco se podrá detectar si el Fobaproa cumplió los acuerdos fijados por su propio Comité Técnico, dice Di Constanzo, ya que hasta el momento no se conoce documento alguno que pruebe la decisión de adoptar, ante casos urgentes, resoluciones tales como los apoyos extralegales que se dieron a Banamex y Bancomer En su número 1451 Proceso dio cuenta de cómo los miembros del Comité Técnico "flexibilizaron" sus criterios de evaluación de la cartera para rescatar a estos bancos y aceptar como buenos créditos irrecuperables, relacionados o de empresas en suspensión de pagos Fox lo sabía El exceso de atribuciones en que incurrió el entonces secretario de Hacienda y hoy gobernador del Banco de México, Guillermo Ortiz, y que dieron pie a la aceptación posterior de los "créditos chatarra", llevó a que el diputado federal del PAN Joel Vilches Mares enviara el 22 de agosto de 2003 una carta al presidente de la República, Vicente Fox, solicitándole que antes de proponer a Ortiz para un segundo período en el Banco de México, "se sirviera evaluar la actuación que tuvo este funcionario como secretario de Hacienda y Crédito Público, y como integrante del Comité Técnico del Fobaproa y que desde entonces fue muy cuestionado" En la carta, el entonces diputado federal advertía: "Si nuevamente el licenciado Guillermo Ortiz Martínez es nombrado para otro período como gobernador del Banco de México, se estará promoviendo más impunidad y se premiará a los malos funcionarios "Es mi deber como representante del pueblo velar por el interés máximo, el interés de la nación, y promover la justicia y decir un no a la impunidad, por lo que me permito pedirle que no nombre a este funcionario como gobernador del Banco de México En nuestro país hay hombres honestos y capaces; usted tiene la palabra" Pero ni las advertencias del diputado federal panista ni documentos como el acuerdo de partes, que también se envió al Ejecutivo federal, bastaron para impedir que Ortiz fuera reelecto y que, desde su posición actual, continúe siendo el responsable del Fobaproa, el cual subsiste con el único objeto de administrar los pasivos derivados de los programas de capitalización y compra de cartera El fondo dejará de existir en el momento en que se formalice la sustitución de obligaciones del Fobaproa por obligaciones IPAB l

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