La SCJN da entrada a la solicitud de controversia de la ALDF

martes, 12 de abril de 2005 · 01:00
* La ministra Olga Sánchez decidirá en definitiva sobre el recurso * Determinarán facultades de San Lázaro sobre el desafuero de AMLO México, D F, 11 de abril (apro)- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a la petición de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), de revisar mediante una controversia el desafuero de Andrés Manuel López Obrador como gobernante de la ciudad de México, decidido el jueves anterior por la Cámara de Diputados Será la ministra de la Primera Sala, Olga Sánchez Cordero, quien en definitiva determine en los próximos días si la solicitud de controversia es admitida para que sea analizada por el máximo tribunal del país, como busca la ALDF, dijeron a Apro fuentes de la Corte Si la demanda es aceptada, la SCJN deberá resolver la constitucionalidad de la decisión de los diputados federales de desaforar al gobernante capitalino La petición de controversia fue entregada el viernes anterior por el presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea, el diputado Carlos Reyes Gámez Los asambleístas consideran que la mayoría del PRI y PAN en la Cámara de Diputados rebasaron sus facultades, al ir más allá de la declaración de procedencia del juicio de desafuero, y decidir sobre la separación del cargo de Andrés Manuel López Obrador La controversia que solicitan los asambleístas, decidida por la mayoría del PRD en la ALDF, busca resolver la asignación y el ejercicio de las facultades constitucionales que tienen el gobierno de la Ciudad de México, la Asamblea Legislativa, la Cámara de Diputados y la Procuraduría General de la República (PGR) Además de la solicitud de controversia, los legisladores locales le pidieron a la SCJN una “suspensión inmediata” de la medida adoptada en San Lázaro, pues la separación del cargo del jefe del GDF, “aunque fuese temporal, propiciaría un descontento generalizado entre la población, así como intranquilidad e inestabilidad políticas, pero sobre todo se daría al traste con los principios fundamentales de certeza y seguridad jurídicas” Por las “graves y poderosas razones de Estado” que supone el caso, dicen los asambleístas, se debe dar entrada a la controversia El fondo del recurso constitucional, dicen, tiene que ver con lo establecido en al artículo 111 de la Constitución Política, según el cual una vez que se declara la procedencia del desafuero, la Cámara de Diputados debe comunicar el caso a los Congresos locales “para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda” Argumentan que la ALDF debe ser considerada como Congreso local porque López Obrador tiene el estatus de gobernador, de acuerdo con una jurisprudencia de la propia SCJN de diciembre de 2003

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