Falla la SCJN contra inmobiliarias

viernes, 17 de junio de 2005 · 01:00
* Protege a compradores de vivienda contra engaños y prácticas ventajosas; quedan sujetas al control administrativo de la Profeco * Inician transmisiones por TV de las sesiones del pleno México, D F, 16 de junio (apro)- Los compradores de casa y de los llamados tiempos compartidos en todo el país se beneficiarán de una resolución adoptada hoy por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de las empresas inmobiliarias En la que fue la primera sesión pública del pleno de la SCJN transmitida por televisión, el máximo tribunal le negó un amparo a una empresa inmobiliaria en contra de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFC) El año pasado, la LFC fue modificada para evitar abusos, engaños y prácticas ventajosas de las empresas dedicadas a la construcción y venta de casas, así como a la de los denominados tiempos compartidos El fallo fue en contra de la empresa Desarrollos de Prestigio SA de CV, pero la Corte utilizará el mismo criterio para desahogar en próximas sesiones decenas de amparos de compañías inmobiliarias que pretendían invalidar las nuevas disposiciones de la Ley del Consumidor Las empresas buscaban anular diversos artículos de la ley que las obligan a dar información completa y exacta a sus clientes sobre las condiciones de venta Los inmobiliarios querían el amparo bajo el argumento de que los cambios a la ley violaban diversos artículos de la Constitución La Corte determinó que los cambios se ajustaron a la Carta Magna Las reformas obligan a las empresas dedicadas a la venta de inmuebles destinados a casas habitación o del derecho de usar inmuebles mediante el sistema de tiempo compartido a cumplir con determinados requisitos y obligaciones, para lo que quedan sujetas al control administrativo de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) De esa manera, la Profeco estará en condiciones de abogar por los compradores de casa que sufran arbitrariedades o irregularidades por parte de las inmobiliarias Al final de la sesión, la ministra Olga Sánchez Cordero valoró el fallo porque está destinado a proteger al consumidor "contra la publicidad engañosa y abusiva, y métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios" Entre los requisitos que se les impone a las inmobiliarias están el registro de los contratos ante la Profeco, además de acreditar sus pagos de contribuciones y servicios, sus licencias y permisos de construcción, y deberán de indicar con exactitud las opciones de pago, el monto total a pagar y las tasas de interés En el caso de inmuebles en preventa, las empresas deberán exhibir el proyecto ejecutivo de construcción, la maqueta e inmueble muestra, así como los documentos que acrediten la propiedad del mismo Con esta resolución que beneficiará a miles de compradores de vivienda, la SCJN inició la transmisión por televisión a nivel nacional y por Internet de las sesiones públicas del pleno La señal se transmite por el canal Aprende TV del sistema de cable a más de cien ciudades del país Las emisiones incluirán las sesiones de las dos salas de la SCJN y de otros órganos del Poder Judicial de la Federación

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