Avance limitado, fallo sobre el "halconazo": AI

sábado, 18 de junio de 2005 · 01:00
* Los progresos de México contra la impunidad, manifiestamente insuficientes, asegura México, D F, 17 de junio (apro)- Amnistía Internacional afirmó hoy que la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la matanza del jueves de corpus resulta limitada El organismo internacional precisó que la resolución del máximo tribunal colegiado en el asunto de la matanza de estudiantes de 1971 "constituye un avance limitado" en la búsqueda de la justicia en México Si bien reconoció que, por una parte, el fallo hace posible que el proceso penal por genocidio continúe contra un expresidente de la República y un alto exfuncionario del gobierno, por otra, recriminó, que otros nueve coacusados puedan evadir la acción de la justicia La organización defensora de los derechos humanos en todo el mundo consideró que el resolutivo de la SCJN refleja que los progresos hechos por México en la lucha contra la impunidad son manifiestamente insuficientes Además, sostuvo que ve con suma preocupación la tesis de la Corte sobre la aplicabilidad limitada de los tratados internacionales en materia de derechos humanos que México ha suscrito En el caso del expresidente Luis Echeverría Álvarez y el exsecretario de Gobernación, Mario Moya Palencia, acusados de genocidio, la Suprema Corte habría considerado que el delito todavía no ha prescrito Según la SCJN, el período de prescripción se interrumpió mientras los acusados formaban parte del gobierno y gozaban de un fuero constitucional que impedía que fueran juzgados en relación con la matanza de estudiantes en 1971 Sin embargo, con base en esta argumentación, la Suprema Corte resolvió que para los otros nueve coacusados que no gozaban de fuero, el delito de genocidio ha prescrito, con lo cual les permitió evadir su posible comparecencia ante la justicia Amnistía Internacional lamentó que la SCJN no haya consagrado la imprescriptibilidad del crimen de genocidio, tal como lo establece la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad Dijo que mediante tal ardid se permite que presuntos responsables de crímenes de derecho internacional de suma gravedad evadan la justicia El fallo de la Suprema Corte omite la responsabilidad que el Estado debe a las víctimas y sus familiares de garantizar la justicia y la verdad e incumple los compromisos internacionales que México ha aceptado Además, agregó, la decisión técnica de la SCJN sobre el fuero ignora la realidad política de México durante ese periodo autoritario y de violaciones de derechos humanos sistemáticos, que hizo imposible la investigación y enjuiciamiento de los responsables de graves abusos, como la matanza de 1971, entre otros hechos Amnistía Internacional precisó que las autoridades mexicanas, cualquiera sea el poder al que pertenezcan, deben asumir sus responsabilidades bajo el derecho internacional con determinación, cumpliendo cabalmente con sus obligaciones y evitando escapar de los compromisos internacionales que libre y voluntariamente México asumiera México ratificó la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, el 15 de marzo de 2002 Ésta dispone en su artículo 1 que los crímenes de guerra y de lesa humanidad que enumera ?dentro de los que se halla el genocidio-- son imprescriptibles "cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido"

Comentarios