Caso Pemex-Chiapas: Niega juez amparo a la paraestatal

sábado, 6 de agosto de 2005 · 01:00
* Pablo Salazar ocasiona un perjuicio económico al país, alega Pemex Tuxtla Gutiérrez, Chis , 5 de agosto (apro)- Un juez federal negó a Petróleos Mexicanos (Pemex) un amparo en contra del acto del gobierno chiapaneco, que procedió a clausurar el pozo petrolero Malva 201, porque no acreditó "siquiera de manera presuntiva el interés jurídico para que se suspendan los actos reclamados" A través de su secretario Salvador Jiménez Martínez, el juez primero de distrito en Chiapas, Jorge Carenzo Rivas, resolvió no otorgarle el amparo a Pemex Exploración y Producción (PEP) Tras el cierre que hiciera el gobierno de Chiapas del pozo Malva 201 en la comunidad Santa Cruz, municipio de Sunuapa, colindante con Tabasco, PEP acudió al Poder Judicial de la Federación a través de su apoderado legal Raúl Álvarez Grajales Pemex resolvió quejarse en contra de la subdirección de Protección Civil local, de la Secretaria de Seguridad Pública estatal y del gobernador de Chiapas "Se niega la suspensión provisional solicitada, toda vez que en la especie la parte quejosa no acredita siquiera de manera presuntiva el interés jurídico para que se suspendan los actos reclamados", dice en su resolución el juez federal Señala que Pemex no anexa ningún documento o dato idóneo para demostrar esa circunstancia con fuerza y valor probatorio, al menos presuntivo Por ello, concluye que "no existe la certeza de que la parte quejosa sea titular del derecho subjetivo que dice se viola en su perjuicio; por tanto, al no acreditar su interés jurídico como se ha señalado, no es procedente la concesión de dicha medida cautelar" Agrega que sin que pase inadvertido que la parte quejosa señala la posible clausura de algunos otros pozos, no especifica la identificación de cada uno de éstos, así como sus características que hagan posible su localización "De haber un pronunciamiento respecto de la concesión de la medida cautelar, provocaría la imposibilidad de su cumplimiento dada la imprecisión que se ha hecho mención a esto", indica A juicio del juez federal, las autoridades responsables, en este caso el gobierno de Chiapas, no tendrían la certeza y el alcance de la suspensión provisional en cuanto al número de pozos ni ubicación y características de los mismos, que protegería dicha medida de suspensión Esto traería como consecuencia "una inseguridad jurídica por parte de las autoridades responsables para cumplir con la misma, traduciéndose con ello en violaciones al orden público" En otro documento, pero éste enviado al gobierno de Chiapas, el mismo apoderado legal de Pemex, Álvarez Grajales, pidió "se reconsidere sobre los actos realizados y, a la mayor brevedad posible, ordene se retiren los sellos que de manera ilegal fueron colocados en las instalaciones de PEP" Según la misiva CSE/RJA/RAG/1356/00844/2005, expone que la única dependencia facultada para realizar clausuras a una empresa federal es la Semarnat Explica que la acción del gobierno chiapaneco "es inaplicable a Pemex, ya que se basa en leyes de carácter estatal que no son aplicables a un organismo descentralizado de la administración pública federal" Dice que "la clausura ocasiona un serio perjuicio económico, que afecta considerablemente su economía, por impedir se continúe con las funciones propias de la actividad petrolera "Indudablemente se traduce en perjuicio al país, que dejaría fuera de operación las actividades de producción a nivel nacional, consecuentemente, resultan pérdidas para el país, al dejar de captar ingresos nacionales e internacionales", concluye el defensor de Pemex

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