Descarta el magistrado Marco Antonio Leija la pena de muerte como solución
Monterrey, N L, 7 de noviembre (apro)- Marco Antonio Leija Moreno es un veterano del sistema judicial mexicano, con casi 10 mil sentencias a lo largo de su trayectoria de más de 53 años como abogado, juez y magistrado, lo que lo convierte en el impartidor de justicia con más años de vigencia en el país
Pero el dato por el que es reconocido es el de haber dictado la última pena de muerte en el país
Fue en 1961 cuando Nuevo León era el único estado del país que aún contemplaba en su Código Penal la pena capital, cuando las demás entidades ya la había derogado
Sin embargo, no sólo dictó una, sino 19 penas de muerte, de las que ninguna se hizo efectiva, pues en la legislación de entonces podía ser conmutada, como ocurrió, por una penalidad de 25 años de prisión
En entrevista, el ahora catedrático declara que nunca estuvo de acuerdo en firmar esas sentencias, pues cree en la readaptación social
"El artículo 14, párrafo tercero, de la Constitución del país, especifica que queda prohibido dictar una pena que no esté contemplada en la ley Por ello, el juez está obligado a imponer la pena que dice la ley, y como el artículo 310 del viejo Código Penal hablaba de pena de muerte para el homicidio calificado y el juez está obligado a imponer la pena que diga la ley, porque el juez es obediente", afirma
Leija Moreno, quien es un convencido de que aun el peor criminal puede convertirse en un hombre útil para la sociedad, pregunta:
"¿Qué derecho tiene el estado de privar de la vida a alguien? Como el sujeto puede ser rehabilitado, es injusto matarlo", dice Leija, fundador de la carrera de Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León
La última pena de muerte
El 17 de mayo de 1961, el entonces juez cuarto de lo penal, Marco Antonio Leija Moreno, dictó en Monterrey la última pena de muerte en México, contra Alfredo Ballí Treviño, por los delitos de homicidio calificado, inhumación clandestina y usurpación de profesión, en perjuicio del médico Jesús Castillo Rangel, dentro de la causa penal 263/59
De acuerdo con la resolución penal, el 9 de octubre de 1959, Ballí Treviño acudió, como de costumbre, con Castillo Rangel, cuando se le presentaba un apuro económico para que le prestara dinero
En esa ocasión, el médico accedió, pero al abrir el botiquín, Ballí se percató de que portaba unos cinco mil pesos que le exigió "porque si no se lo chingaba" Ante la negativa del médico, Ballí cogió un bisturí y degolló al facultativo
Castillo Rangel cayó al piso con la yugular cercenada, pero no murió, por lo que su victimario lo arrastró hasta el baño, donde abrió la regadera y ensanchó con el bisturí la herida para apresurar la muerte
Luego del crimen, Ballí acudió con su amigo Francisco Carrera Villarreal, chofer del médico Después, en el desahogo de testimoniales, se supo que "a tal grado llegó su relación íntima con Jesús Rangel que comenzaron a efectuar actos impúdicos, en los que el exponente (Carrera) intervenía como sujeto activo y Jesús como pasivo"
Ballí y Carrera fueron a un solar para enterar el cadáver que el primero había descuartizado Para hacer el agujero, le pidieron a un tío de Carrera, Guadalupe Villarreal, una barra de acero Cuando los dos se retiraron, Villarreal se acercó al agujero y encontró restos humanos semienterrados, por lo que dio aviso a la policía, que detuvo a Ballí y a su cómplice
Al terminar el juicio, que tardó años, en mayo de 1961 el juez sentenció: "Considerándose el homicidio como calificado con las agravantes de premeditación, alevosía, ventaja y traición, es de condenarse al acusado a sufrir la pena de muerte, la que se reducirá a la simple privación de la vida"
Además, se le concedía a Ballí dos días para que se le suministraran los auxilios espirituales y escribiera su testamento La sentencia lo absolvía de pagar la reparación del daño
Pero el artículo 310 del antiguo Código Penal de Nuevo León, que contemplaba la pena de muerte ?"que no debe de ser ejecutada en público, y que se ejecutará en domingo ni en otro día festivo"?no se hizo efectivo para privar de la vida al inculpado
Recuerda Leija Moreno: "La ejecución se pedía pública, para que sirviera de ejemplo, y la tenía que ordenar el alcalde de la ciudad, que decía cómo tenía qué ejecutarse No se decía cómo debía ser, pero lo que se estilaba era el fusilamiento y el sargento daba el tiro de gracia"
La última pena de muerte que se consumó en México ocurrió en el estado de Puebla en 1928, cuando un hombre fue fusilado en un paredón público, al ser culpado de homicidio calificado
Actualmente, Leija Moreno es presidente de la Comisión Ciudadana de Readaptación Social, dentro del Consejo Consultivo Ciudadano de Seguridad Pública de Nuevo León
El también catedrático de la Universidad de Monterrey señala que el trabajo es el camino que deben de seguir los internos para readaptarse, aunque se enfrenten con el problema de la carta de antecedentes penales
"El delincuente, y esto lo digo no como lo he leído, sino como lo he vivido por años, es bueno por naturaleza Nació bueno; nadie nace criminal La sociedad lo hizo malo, y ahora la reclamamos a la sociedad que lo ayude a hacerlo bueno Es una súplica misericordiosa El que salió de prisión ha cumplido su pena y hay que ayudarlo", explica
Reconoce que, desafortunadamente, hay numerosos casos de reincidencia por falta de oportunidades laborales "He visto a muchos jóvenes que vuelven a prisión Creo que es necesario eliminar el requisito de la carta de antecedentes penales Es un estorbo, una pared infranqueable Hay qué estudiar eso, ver qué se puede hacer No es legal solicitarla, pero tampoco el patrón está obligado a contratar a alguien que no quiere", añade Leija, actualmente procurador de la Defensa del Adulto Mayor de Nuevo León