Establece Gobernación días oficiales para izar la bandera

sábado, 4 de febrero de 2006 · 01:00
México, D F, 3 de febrero (apro)- El izamiento de la bandera, a partir de mañana, no quedará al capricho de los gobernantes en turno La Secretaría de Gobernación dio a conocer hoy en el Diario Oficial de la Federación reformas al inciso a del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales respecto de los días de izamiento del lábaro patrio El decreto, que entrará en vigor mañana, expone que se incluye el 1 de febrero, día de la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, la cual antes era el 15 de marzo, fecha que se deroga De acuerdo con la ley actual, los días de izamiento a toda asta serán el 21 de enero; 5, 19 y 24 de febrero; 1, 15, 18, 21 y 26 de marzo; 2 y 15 de abril; 1, 5, 8 y 15 de mayo; 1 y 21 de junio, 1, 14, 15, 16, 27 y 30 de septiembre También, 12, 23, 24 y 30 de octubre; 1, 6, 20 y 23 de noviembre; 29 de diciembre; así como los días de clausura de los periodos de sesiones ordinarios del Congreso de la Unión

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