Avala SCJN sanciones de la SFP a empresas privadas

jueves, 23 de marzo de 2006 · 01:00
* Niega amparo a Axxis Consulting; alegaba inconstitucionalidad del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones México, D F, 22 de marzo (apro)- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy que la Secretaría de la Función Pública (SFP) tiene la facultad de imponer sanciones a empresas privadas, como eventualmente sería la inhabilitación, para que no sean contratadas por el gobierno federal Con tal resolución, la Primera Sala del alto tribunal colegiado negó el amparo 316/2006 a una empresa que alegó la inconstitucionalidad del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la cual permite a la SFP sancionar a las empresas que participan en licitaciones con el gobierno federal Los integrantes de esta sala avalaron el proyecto elaborado por el ministro Sergio Valls Hernández, que propuso negar un amparo a la empresa Axxis Consulting, la cual alegó que su inhabilitación no estaba enmarcada dentro de los preceptos establecidos en la carta magna Por tal motivo, la empresa no podrá, por el momento, celebrar contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios o participar en procedimientos de contratación, con dependencias o entidades del gobierno federal La empresa había reclamado esta medida ante un juez de Distrito en Materia Administrativa, sin embargo éste le negó la protección de la justicia federal Los ministros resolvieron por unanimidad que el citado artículo, no viola la garantía de libertad ocupacional a que se refiere el artículo 5 de la Constitución como lo alegó la empresa que, de acuerdo con la SFP, incurrió en diversas faltas que le impedirán continuar prestando servicios a la Federación

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