Usa Aguilar la fuerza del Estado para atacar a Gómez Urrutia, acusan abogados

miércoles, 26 de abril de 2006 · 01:00
* El grupo Zepeda-Abogados le solicita "enérgicamente" que cesen las descalificaciones * Jurídicamente nada lo autoriza a expresarse repetidamente en contra de la dignidad del depuesto líder minero México, D F, 25 de abril (apro)- El vocero de la Presidencia, Rubén Aguilar Valenzuela, fue acusado hoy de "aprovechar la fuerza del poder público para lanzar improperios y descalificaciones", y de emitir juicios paralelos al margen de la vida institucional "que afectan las estructuras de una sociedad democrática", por lo que solicitaron "enérgicamente" que cesen las descalificaciones En una carta dirigida a Aguilar Valenzuela por el grupo de litigantes Zepeda-Abogados que defienden a Napoleón Gómez Urrutia, dirigente de los trabajadores mineros desconocido por las autoridades laborales; y reconocido por la mayoría de los mineros, le advierten que sus constantes manifestaciones públicas en contra del dirigente minero "significan un riesgo para el ejercicio de la abogacía" "No hay en la realidad ni en lo jurídico nada que lo autorice a expresarse repetidamente en contra de la dignidad de nuestro representado", le recuerdan al vocero Desde principios de marzo y a raíz de la explosión en la mina Pasta de Conchos, en Coahuila, en donde murieron 65 trabajadores, el conflicto minero y, en particular, el tema de Napoleón Gómez Urrutia es recurrente en las conferencias de prensa del vocero presidencial Por ejemplo, ayer lunes, Aguilar informó que Napoleón Gómez Urrutia se encuentra en Canadá y, además, lo responsabilizó de organizar desde el extranjero el enfrentamiento del jueves pasado en la planta de Sicartsa en Lázaro Cárdenas, donde murieron a tiros dos mineros A continuación reproducimos íntegra la carta que Zepeda-Abogados --firmada por Jorge Zepeda Laureano--, le envió a Rubén Aguilar: "Me dirijo a usted como integrante del grupo de abogados que atiende los derechos e intereses del señor licenciado Napoleón Gómez Urrutia En esta oportunidad, le solicito respetuosa y enérgicamente que cesen sus manifestaciones públicas en contra de nuestro cliente No hay en la realidad ni en lo jurídico nada que lo autorice a expresarse repetidamente en contra de la dignidad de nuestro representado "Por el contrario, sus alusiones son violatorias de las normas nacionales e internacionales que constitucional y fundamentalmente sustentan el principio de inocencia y el equilibrio de la función de los órganos públicos encaminados a la procuración e impartición de justicia Doctor Aguilar Valenzuela, como instituciones legítimas del sistema político mexicano, la presidencia de la República y sus órganos de comunicación deben ser respetuosos de los derechos constitucionales y humanos de todos los ciudadanos mexicanos Usted, como profesional de la comunicación, sabe que los juicios paralelos Al margen de la vida constitucional, afectan las estructuras de una sociedad democrática "Nada más grave, que el aprovechar la fuerza del poder público para lanzar improperios y descalificaciones a quienes, por el contrario, las leyes mexicanas les otorgan los mejores títulos jurídicos para hacer valer legítima y legalmente sus derechos "Por otra parte, las manifestaciones como las que usted hace significan un riesgo para el ejercicio de la abogacía Como profesionales del derecho necesitamos cumplir nuestras funciones, en beneficio de nuestros clientes, en un ámbito de respeto y dignidad, sin la sombra ominosa que el Poder Ejecutivo pretende tender sobre los órganos de justicia del sistema mexicano "El orden internacional confiere a los abogados el derecho de la libertad de expresión y crítica a los órganos del Estado como consta en los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados aprobados por el octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito, celebrado en La Habana, Cuba, el 27 de de noviembre de 1880 Por ello, en ejercicio de esta libertad y con fundamento en las disposiciones contenidas en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 17,18, 19, 20 21, 22, 44 y 122 apartado c) base 2ª Fracción II, inciso b), La Declaración Universal de los Derechos del Hombre, artículo 11 Todo esto, porque los gobiernos deben garantizar ética y jurídicamente la función equilibrada de los órganos de justicia y respetar la dignidad del ciudadano y la investidura del abogado"

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