Frentazo Jurídico

domingo, 21 de mayo de 2006 · 01:00
Poco le duró el gusto a Marta Sahagún por el fallo del juez décimo segundo de lo Civil del Distrito Federal Dos semanas después de que el juez Carlos Miguel Jiménez Mora condenó a Proceso por daño moral, la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal dejó sin efecto esa sentencia y le ordenó al juzgador reponer el juicio para integrar lo que en todo momento ha evitado: las declaraciones oficiales del presidente Vicente Fox sobre el apoyo de la Presidencia de la República a la demanda de su mujer Las faldas de Marta Sahagún se atoraron en las puertas de la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) Los magistrados de esa instancia resolvieron que la declaración del presidente Vicente Fox sobre las faldas que tuvo su esposa para demandar a Proceso debe formar parte del juicio por daño moral en el que el juez de Primera Instancia le había dado la razón anticipada a la demandante La decisión colegiada de la Sala acalló el triunfalismo de Sahagún Los magistrados confirmaron lo que la defensa legal de la revista advirtió de manera insistente durante las audiencias: que el juez décimo segundo de lo Civil en el Distrito Federal, Carlos Miguel Jiménez Mora, violó de manera franca y reiterada el procedimiento judicial, lo que le permitió emitir un apresurado fallo a favor de la llamada primera dama Los magistrados Alicia Pérez de la Fuente, José Luis Castillo Lavín y Édgar Elías Azar -este último presidente de la Sala y ponente de la sentencia de la misma Sala- exhibieron las violaciones cometidas por el juez, cuya actuación calificaron de incongruente, incorrecta y desafortunada Ahora Jiménez Mora está obligado a integrar al juicio lo que desde hace casi un año ha evitado: las declaraciones en las que Fox expresó el respaldo de la Presidencia de la República a la demanda de su esposa contra la revista y la periodista argentina Olga Wornat, por publicar en febrero del año pasado los alegatos de Sahagún ante la Iglesia católica para que le anulara su matrimonio con Manuel Bribiesca Godoy (Proceso 1478) La decisión del tribunal de alzada (Primera Sala) dejó sin efecto el fallo firmado por el juez el 28 de abril pasado, en el que sentenció a las codemandadas a pagarle a la esposa del presidente 1 millón 958 mil 580 por el daño moral que supuestamente le causaron Un día después de darse a conocer ese fallo, Sahagún lo definió el 3 de mayo como el imperio de la justicia y la verdad, en tanto que para su abogada defensora, Ligia Cuevas de Velasco, se trataba de una sentencia histórica No contaban entonces con que el juez estaría obligado a reponer el procedimiento judicial por su reiterada negativa a agotar el desahogo de pruebas En sesión del pasado lunes 15 de mayo, los tres magistrados de la Primera Sala le dieron entrada a dos apelaciones de los abogados de Comunicación e Información SA (CISA), editora de este medio, en contra de lo resuelto por el juzgador en la audiencia del 21 de abril de 2006, cuando citó a las partes a oír su sentencia al dar por terminado el período de pruebas y alegatos La impugnación (Proceso 1538) se refirió a las pruebas que aún estaban pendientes de desahogo, principalmente el reconocimiento judicial de Fox a sus declaraciones del 3 de junio del año pasado, cuando en un acto oficial hizo suya la causa de Sahagún contra la revista y Olga Wornat, justo el día en que el juez declaraba abierto el juicio al período de pruebas En una gira por Colima, el presidente declaró: Mucha gente se pregunta por el cambio: '¿Cuál cambio?' Es un cambio, por ejemplo, que la primera dama, la señora Marta, haya tenido las faldas suficientes para demandar, demandar a una revista muy conocida de ustedes, por difamación, por calumnia, por meterse en su vida privada; que haya tenido las faldas para demandar a esta pseudoperiodista que sólo se ha dedicado a promover el engaño y la mentira Fox, que en ningún momento se refirió al daño moral con el que Sahagún justificó su acción judicial, reveló entonces el respaldo presidencial a la demanda: Nunca antes una Presidencia de la República, una primera dama, se animó a enfrentar a la prensa; a la prensa que calumnia o que engaña (Proceso 1492) Extraña resistencia La defensa de la revista le solicitó al juez que tomara esa declaración de Fox como una prueba adicional al momento de emitir su fallo Pero Jiménez Mora la eludió desde el principio con el argumento de que no formaba parte de las pruebas que él había aceptado apenas una semana atrás, el 27 de junio CISA recurrió entonces esa determinación, y en agosto del año pasado la misma Primera Sala le dijo al juez que debía aceptar la probanza Jiménez Mora debió entonces admitirla, pero nunca facilitó su desahogo, pues estaba obligado a solicitarle a Fox, mediante oficio, el reconocimiento judicial de sus declaraciones El juez se desentendió de nuevo de la prueba y, presionado por Ligia Cuevas de Velasco -esposa del magistrado de Circuito del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, Guillermo Velasco Félix-, desde diciembre pasado ya estaba dispuesto a emitir su fallo Fue detenido en su intento en enero pasado por otra resolución de la Primera Sala para que desahogara las pruebas pendientes Así lo hizo, excepto con aquella que se refería al reconocimiento de Vicente Fox Y en una audiencia realizada el 21 de abril, anunció que había englobado las pruebas pendientes de la defensa de CISA, llevada por los despachos Obón Abogados y Richter, Ramírez y Asociados Además, los previno de que le señalaran si eran las únicas pruebas pendientes, apercibiéndoles que, de no hacerlo, precluiría (terminaría) su derecho Tales criterios fueron severamente cuestionados por los magistrados: Esa advertencia resultó desafortunada, puesto que no encuentra sustento jurídico alguno en la ley y, por el contrario, el artículo 393 del Código de Procedimientos Civiles impone al juzgador el deber de recibir todas las pruebas que hubieren sido legalmente admitidas a las partes Sólo después de eso, le recordaron, podía ordenar que se pasara al período de alegatos En su sentencia colegiada, los magistrados señalaron que el juez se encontraba imposibilitado para sentencia, pues no se advierte que haya agotado el principio de exhaustividad que debe tener toda resolución judicial Establecieron que Jiménez Mora insistió en su actuación a pesar de haber sido advertido en tiempo y forma por los abogados de CISA de que faltaban por desahogar diversas pruebas de reconocimiento, tal y como consta en el expediente Es evidente que el juzgador no podía pasar al período de alegatos ni menos aun citar para sentencia, puesto que debió dar cumplimiento a la ejecutoria de esta alzada que ordenó la admisión, preparación y desahogo de las pruebas de reconocimiento antes precisadas, referidas a las declaraciones de Fox en Colima Precisos, le dijeron a Jiménez Mora que debió actuar en congruencia con las constancias de autos máxime cuando las pruebas que se encuentran pendientes de desahogar derivan de una ejecutoria de esta alzada, en donde se ordenó al a quo (juez) el desahogo de dichos medios de convicción Le recordaron que desde entonces debió ordenar su inmediata preparación y desahogo, razones por las que habrá de revocarse el auto recurrido en su parte conducente, además de que habrá de dejarse insubsistente la citación para sentencia contenida en él Ante las deficiencias del proceso judicial, los magistrados enmendaron la actuación del juez y, al declarar fundada la apelación de CISA a lo resuelto el 21 de abril, revocaron el auto de la audiencia realizada ese día para que se dé inmediato cumplimiento a la ejecutoria de la Primera Sala en la que se ordenó la inmediata elaboración de los oficios respectivos para que se giren al C Lic Vicente Fox Quesada La Sala pidió también que se le apercibiera al presidente de que en caso de no dar respuesta a los oficios antes indicados dentro del término de ocho días, contados a partir de que los reciba, se le impondrá una medida de apremio con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código Procesal Civil Ante el revés, la evasión El miércoles 17, el vocero de la Presidencia, Rubén Aguilar Valenzuela, dijo en su conferencia de prensa matutina que el equipo jurídico de la Presidencia valora la solicitud a que comparezca el presidente; sea de manera personal o sea por escrito, y, en su momento, en tiempo y forma habremos de emitir una opinión Un día antes, cuando se dio a conocer la sentencia de la Sala, Marta Sahagún guardó silencio El fallo se dio a conocer pocas horas antes de la inauguración de la biblioteca José Vasconcelos Allí se negó a hablar del caso: Estamos en la biblioteca, no es el lugar para hablar del caso, dijo evasiva cuando fue abordada por Proceso Su actitud contrastó con la asumida el miércoles 3 de mayo, cuando a través de su marido, el presidente de la República, convocó a los reporteros presentes en Los Pinos para dar a conocer un comunicado Lo leyó desde el Bosque de Chapultepec, en un vano intento para aclarar que no usa recursos públicos para su demanda Aseguró entonces que el fallo de Jiménez Mora era un paso en la obtención de la justicia Trató de darle, además, un sentido de trascendencia para presentar su causa como la reivindicación legítima de un derecho: Lo resuelto por el juez va más allá de mi persona; esta resolución confirma que cada mexicano y mexicana debe estar protegido en sus derechos humanos por la Carta Magna y tiene garantizado su derecho a la intimidad Incluso etiquetó la indemnización: Una vez concluido el proceso y si se mantiene la sentencia la cantidad que reciba, derivada del castigo impuesto por el juez, la donaré en su totalidad a organizaciones no gubernamentales que trabajen a favor de los niños con cáncer, a favor de las mujeres maltratadas y de la pobreza Días después, lejos de ese triunfalismo y ante el silencio de Sahagún, su abogada salió todavía a defender el fallo invalidado por la Sala Aseguró que la sentencia de los magistrados no equivale a que la sentencia (de Jiménez Mora) sea revocada, con lo que desconoció la decisión de los magistrados de dejar insubsistente la citación para sentencia emitida por el juez décimo segundo de lo Civil el 21 de abril pasado Esa actitud, advierte Ulrich Richter, uno de los abogados de CISA, indica que tal vez Cuevas de Velasco sabe de antemano cómo va a fallar de nuevo el juez De acuerdo con el artículo 170 del Código de Procedimientos del Distrito Federal, un magistrado, juez o secretario se tendrá forzosamente impedido para conocer un caso cuando ya ha resuelto algún punto que afecte la sustancia del asunto El artículo 171 incluso establece el deber de los jueces de excusarse en esos casos l

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