Chiapas: incumplen con declaración patrimonial 528 funcionarios

miércoles, 31 de mayo de 2006 · 01:00
Obligación legal desde el nivel de jefes de departamento hasta el propio gobernador Tuxtla Gutiérrez, Chis , 30 de mayo (apro)- Al menos 528 funcionarios no han presentado, ante la Contraloría estatal, su declaración patrimonial, según lo ordena la ley de responsabilidades Un cuadro estadístico de la Contraloría indica que, de 3 mil 979 servidores públicos obligados a cumplir con sus declaración patrimonial, sólo 3 mil 451 lo han hecho, lo que representa 87% del total En el ámbito del Ejecutivo estatal, están obligados a presentar su declaración patrimonial todos los servidores públicos, desde el nivel de jefes de departamento hasta el propio gobernador, así como aquellos que recauden o administren fondos y recursos, y todo el personal de confianza, advierte el artículo 77 en su inciso segundo El mayor número de empadronados en el Registro Patrimonial de los Servidores Públicos se concentra en cinco dependencias, con un total de mil 912 empleados Y de estas oficinas, sólo los que laboran en la Contraloría han cumplido al ciento por ciento con su obligación: 333 en total De los 414 servidores públicos de Seguridad Pública, sólo 395 han declarado su patrimonio, lo que equivale a 95%; de 313 burócratas de la Secretaria de Gobierno sólo 285 han cumplido su obligación, es decir, 91% del total; en Planeación y Finanzas sólo 343 --de 451-- han hecho lo propio, lo que representa 76%; y la cifra más baja se reporta en el Instituto de Salud, en que sólo 269 --de 401-- lo han hecho, es decir, 67% En estas cuatro dependencias, con mil 579 empleados, faltan por presentar su declaración de bienes unos 287 servidores públicos El artículo 78 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos señala que es en mayo de cada año cuando deberá presentarse la declaración de situación patrimonial Este mismo instrumento jurídico refiere que, en las declaraciones anuales, se manifestarán sólo las modificaciones al patrimonio, con fecha y valor de adquisición; y que cuando los signos exteriores de riqueza sean ostensibles y notoriamente superiores a los ingresos lícitos que pudiera tener un servidor público, la Contraloría podrá ordenar la práctica de visitas de inspección y auditorías

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