Justicia al gusto Presidencial
Como estaba previsto, la sentencia dictada en el juicio que Marta Sahagún entabló en contra de Olga Wornat y Proceso favoreció a la esposa del presidente Fox, aunque ello implicó flagrantes violaciones a la Constitución La propia demandante no pudo determinar e inclusive desmintió el daño moral causado por la difusión de un texto que ella misma escribió para que otros lo leyeran El juez se negó a admitir numerosas pruebas de la defensa de este semanario, desatendió una orden del Tribunal Superior de Justicia del DF y se plegó al supremo -y expreso- deseo presidencial
El juez décimo segundo de lo Civil en el Distrito Federal, Carlos Miguel Jiménez Mora, acató el dictado de Marta Sahagún y condenó a Proceso porque consideró que lo publicado por este semanario es parte de una maquinación y artificio para dañar la imagen de la esposa del presidente de la República, Vicente Fox
El texto que la revista difundió -escrito por la propia Marta Sahagún para pedir a los tribunales eclesiásticos anular su matrimonio religioso con su primer marido- tiene para el juzgador un motivo incierto e inseguro, además de representar un ejercicio irresponsable de la libertad de expresión, pues se difundió sin pedirle permiso a la demandante
Con los mismos argumentos que esgrimió Sahagún al presentar su demanda por daño moral, el juez de primera instancia resolvió el pasado 28 de abril que Proceso incurrió en conductas ilegales al publicar el escrito titulado Historia de una anulación sospechosa en el número 1478 del semanario, del 27 de febrero del año pasado
La información impugnada da cuenta de los argumentos que la esposa de Fox presentó ante la Iglesia católica mexicana para que la liberara del matrimonio que tuvo durante 27 años con Manuel Bribiesca Godoy, con quien procreó a sus tres hijos El juzgador encontró culpa de las partes demandadas (Proceso y la periodista Olga Wornat, quien publicaría el escrito en su libro Crónicas malditas y el cual fue adelantado por el semanario) porque dicho texto no se ciñó a la imagen de la actora (Sahagún) en su calidad de esposa del titular del Ejecutivo federal ni a la de su quehacer político
En consecuencia, las condenó a pagarle a Sahagún 1 millón 958 mil 580 pesos como indemnización, además de imponerle al semanario la publicación de un extracto de la sentencia que refleje la naturaleza y alcance de ésta y con la misma relevancia que tuvo la publicación del texto combatido desde la residencia presidencial de Los Pinos ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF)
La defensa legal de Proceso, llevada por los despachos Richter, Ramírez y Asociados y Obón Abogados, así como el defensor de Wornat, Christian Zinser, recurrirán el fallo antes del próximo 17 de mayo, cuando se vence el plazo de apelación
Parcialidad
La coincidencia del juez con los señalamientos de la demandante tienen una explicación: el juzgador desechó todas las pruebas, testimonios y declaraciones de la parte acusada por carecer de eficacia y de derecho, a pesar de que la información pudiera ser veraz En cambio, a Sahagún le aceptó todos los elementos que presentó a su favor Calificó a sus testigos de espontáneos, creíbles e imparciales, y desestimó por inoperantes las declaraciones de apoyo a la demanda que emitió el presidente Fox, a quien consideró simplemente como un tercero ajeno a la litis
Apresurado por la defensa de Sahagún (como se hace constar en Proceso 1520, 1525 y 1538), Jiménez Mora emitió su fallo cuando aún están por resolverse siete apelaciones presentadas por los abogados de Comunicación e Información, SA (CISA), editora de la revista, en relación con pruebas pendientes de desahogo, algunas de ellas aceptadas previamente por el propio juez y otras avaladas por la Primera Sala del TSJDF
Los abogados de la revista consideran que el comportamiento del juez constituye una violación al procedimiento judicial que podría derivar en una queja ante otras instancias Así se lo advirtieron durante la audiencia del pasado 21 de abril, cuando el juzgador anunció que, al no haber pruebas por desahogar, citaría a las partes para que escucharan su sentencia, lo cual ocurrió cinco días hábiles después
Ya en diciembre había amagado con emitir su fallo, a instancias de la defensa de Sahagún, encabezada por Ligia Cuevas de Velasco, esposa del magistrado Guillermo Velasco Félix No obstante, el juez reconoció que faltaban probanzas y repuso el procedimiento Sin embargo, ya desde entonces en los pasillos de los tribunales se daba como un hecho el sentido en que iría la sentencia
La esposa del presidente Fox presentó su querella el 27 de abril de 2005 Al día siguiente, el juez dictó un auto para abrir el juicio 336/2005 La demandante usó tres nombres: Marta Sahagún Jiménez, Marta de Fox y Marta Sahagún de Fox Y aunque aclaró que interponía la demanda como ciudadana en pleno ejercicio de mis derechos, EN LO PARTICULAR (sic), el juez reconoció su actividad política y dijo que el texto impugnado afectó la imagen de la esposa del presidente, se entrometió en su vida privada y dañó gravemente la reputación particular
Los alegatos que la esposa del presidente presentó entonces y que amplió con sus declaraciones, pruebas y testigos fueron recogidos casi en su totalidad por Jiménez Mora Para justificar que hubo una conducta ilícita, le dijo: Por el simple hecho de haber escrito (Olga Wornat) y haber publicado (revista Proceso) la nota o artículo que titula en portada 'Hasta que la muerte nos separe', y en la foja 8 bajo el título 'Historia de una anulación sospechosa', en el cual se entroniza (sic) en mi vida privada, me ocasiona un daño moral
En su resolución, el juez estableció que la prueba del daño queda constatada con la sola publicación del texto Y explicó que la exhibición de dicho ejemplar y tenerlo a la vista crea en el juzgador la certeza de ese daño
Órdenes acatadas
La exesposa de Manuel Bribiesca manifestó también a Jiménez Mora que las partes demandadas debieron de abstenerse de realizar tal expresión y publicación La periodista, con falta de respeto y ética periodística me ocasionó un daño en mi persona, en mi familia, en mi decoro, en mi intimidad que debe ser respetada Y la revista, al percatarse del contenido del artículo de la autoría de Wornat, debió, en pleno respeto a mi vida privada, abstenerse de realizar su publicación
En su fallo, el instructor en primera instancia avaló la posición de Sahagún Según él, por el solo hecho de que la periodista reconoció ser la autora del texto y de que no tuvo permiso de Sahagún para elaborarlo y publicarlo, es culpable de atacarla y vulnerar sus derechos a la vida privada y a la intimidad
El impartidor de justicia sentenció que al quedar acreditada la ilicitud con que se condujo Olga Wornat en la elaboración del mismo (del texto), y por el hecho de no haberse abstenido en su publicación, la codemandada, CISA, se tornó copartícipe en la violación del derecho de la actora Por lo tanto, le imputó a Proceso una culpa inexcusable por ser previsible el resultado y no evitarlo, además de que reveló la información ilícitamente y sin consentimiento de la actora En consecuencia, aseguró que los ingresos obtenidos por la revista con la venta de la edición impugnada fueron ilícitos
Y como la periodista argentina dijo durante el juicio que la nulidad matrimonial era conocida por la prensa mexicana desde mediados de 2001, tres años antes de que se publicara en el semanario, Jiménez Mora encontró una conducta antijurídica de Wornat por no aportar las publicaciones de las notas periodísticas en (las) que constare la exteriorización del consentimiento de la actora para revelar la causa del divorcio eclesiástico
El juez descalificó a Wornat en los mismos términos en que lo han hecho la propia Sahagún y el presidente Fox Citó la acusación de la exesposa de Manuel Bribiesca en el sentido de que la periodista argentina está acostumbrada a interferir y entrometerse en la vida privada de las personas Estableció entonces como evidenciado el dolo con el que se condujo Wornat
Jiménez Mora señala que la periodista, ostensiblemente, hace apreciaciones subjetivas carentes de base jurídica alguna en el desempeño del periodismo, y considera que Wornat debió ceñirse a la imagen de la actora en su calidad de esposa del titular del Ejecutivo Federal, en su quehacer político y cuya voluntad se encuentra externada en actos públicos y entrevistas difundidas en radio y televisión Vincular la vida privada con la pública, resolvió, no representa más que signos irrebatibles de maquinación y artificio
La descalificación del juez es muy parecida a la que realizó la defensa de Sahagún ante él mismo cuando Ligia Cuevas de Velasco acusó a la revista de hacer una vigilancia policial con la que levanta el velo de la intimidad de mi representada (Proceso 1520)
Jiménez Mora encontró incluso que el motivo de la periodista al escribir el texto es inseguro e incierto y producto de una conducta dolosa al manifestarse ostensiblemente en presentar circunstancias falsas Determinó, por tanto, que sus defensas fueron carentes de derecho y de elementos fácticos
Al igual que Sahagún en su demanda, el juez acusó al semanario de no ejercer responsablemente su libertad de imprenta al no respetar la vida privada de la actora Y, contrario al ejercicio y sentido periodístico, señaló que antes de publicar el texto, debió cerciorarse si los hechos representados y plasmados ya habían sido difundidos Como a decir del juez el escrito motivo del juicio es una publicación ilegal, al difundirlo y comercializarlo hay coculpabilidad de CISA Para evitarlo, debió haberse abstenido de publicar en su revista el artículo
Argumentos desechados
Los numerosos argumentos que opuso la defensa de CISA fueron desestimados en su totalidad por el titular del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal Uno de los más importantes establece que Sahagún nunca acreditó en qué consistió y cómo se manifestó el daño moral
Cuando contestaron la demanda (Proceso 1492), los abogados de CISA plantearon al juez que, de acuerdo con la jurisprudencia, Sahagún estaba obligada a precisar los hechos y no sólo a alegar el daño No obstante, en su sentencia Jiménez Mora aseguró que la sola publicación es la causa-efecto del daño; que la esposa de Fox refiere de manera concisa y precisa los hechos en que fundó su demanda y, de manera específica y concreta, señala que el daño moral causado es porque la publicación materia de la litis difunde y publica hechos en detrimento de su intimidad
La defensa expuso también al juzgador que en su prueba confesional rendida en agosto pasado, Sahagún dijo gozar de buena reputación, con lo cual desacreditó el daño moral que supuestamente se le había causado Apoyados en tesis jurisprudenciales, los abogados le señalaron que ese daño debe entenderse como la alteración profunda que sufre una persona en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien, en la consideración que de ella misma tienen los demás a consecuencia de un hecho ilícito
Pero Jiménez Mora resolvió que el reconocimiento por parte de Marta Sahagún de que goza de buena reputación no desvanece la prueba del daño, puesto que no se reclamó daño psicológico
Otro de los argumentos de la defensa de Proceso fue que la exesposa de Bribiesca consintió con anterioridad la divulgación de varios aspectos de su vida privada, incluido el capítulo de su divorcio Como prueba, ofreció el libro La jefa Vida pública y privada de Marta Sahagún de Fox , escrito por la propia Wornat En esta publicación, se consignan declaraciones de Manuel Bribiesca Godoy y de Alberto Sahagún, el ya fallecido padre de la demandante, en torno a la nulidad del matrimonio religioso Ese libro no fue impugnado por Sahagún Pero tal argumento le resultó inocuo a Jiménez Mora, por lo que en su opinión no desvanece el daño
Los abogados de la revista sostuvieron así mismo que los testigos eclesiásticos que declararon en favor de Sahagún y que participaron en el proceso de nulidad estuvieron aleccionados por la defensa de la esposa del presidente Pero el funcionario judicial determinó que se trató de testimonios espontáneos, circunstanciados, particularizados, creíbles e imparciales
También le restó importancia al reclamo del semanario sobre el apoyo de la Presidencia de la República a la demanda La prueba que la revista ofreció fue la declaración de Fox sobre las faldas de la señora Marta para demandar a una revista muy conocida (), por difamación, calumnia, por meterse en su vida privada, y 'a una seudoperiodista' que sólo se ha dedicado a promover el engaño y la mentira (Proceso 1492) Esa prueba, respondió el juez en su sentencia, resulta inoperante, pues las declaraciones no constituyen hechos modificativos de la litis, a pesar de que fueron formuladas por el esposo de la demandante, titular del Ejecutivo federal
Incongruencia
A propósito de la carta de felicitación de Fox a la revista por su 29 aniversario, el 6 de noviembre pasado -en la que el mandatario invitó a quienes elaboran Proceso a que sigan brindándonos semana a semana, una revista, como bien lo señalan, de periodismo sin concesiones-, el juzgador estableció que a pesar del vínculo matrimonial y de ser el presidente de la República, la carta es de un tercero ajeno a la litis
De esa manera, fue desechando cada uno de los argumentos judiciales del semanario hasta resolver que el caudal de pruebas de CISA carece de eficacia probatoria
Sin embargo, es violatorio de la ley el hecho de que el juez haya emitido su fallo cuando aún están pendientes de desahogo siete apelaciones presentadas por la defensa de la revista Se trata de recursos para hacer válidas en el juicio varias pruebas, incluidas algunas aceptadas por el propio juzgador y otras por una instancia superior, como la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF)
Entre las pruebas mencionadas se encuentra el reconocimiento oficial de Vicente Fox de que sus declaraciones sobre las faldas de la señora Marta las hizo en su condición de presidente de la República La Primera Sala del TSJDF le ordenó a Jiménez Mora que aceptara esa prueba
El juzgador no sólo desechó las pruebas, sino que dejó de admitir otras, como los informes solicitados al Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis de México, al Estado Mayor Presidencial y a la Coordinación General de Administración de la Presidencia de la República Además, rechazó pruebas periciales de comunicación y contabilidad No obstante, en su fallo aseguró que todas las pruebas ofrecidas por Proceso se valoraron en su conjunto
Para determinar la indemnización, Sahagún planteó que debía establecerse la cantidad atendiendo el derecho lesionado, el grado de responsabilidad, la situación económica de los responsables y de la víctima Y aseguró que la revista tiene un tiraje de 65 mil 286 ejemplares semanales y que aproximadamente 195 mil 858 personas leyeron la intromisión en mi vida privada y en mi intimidad, por lo que es considerable el daño causado Así mismo, para acreditar sus ingresos, presentó su declaración patrimonial de cuando era coordinadora de Comunicación Social de la Presidencia de la República
El juez se limitó a tomar en cuenta el número de ejemplares que le refirió Sahagún y el precio de venta de cada uno De esta estimación resultó el millón 958 mil 580 pesos dictado en su sentencia Aseguró que se trata del equivalente a las ganancias líquidas ilícitamente obtenidas por la comercialización de ejemplares vendidos por el semanario
Anticonstitucionalidad
Para la defensa de CISA, la sentencia no sólo viola los artículos 6 y 7 de la Constitución al atentar contra la libertad de expresión y la libertad de imprenta que protege a las demandadas, sino también el principio de equidad procesal, toda vez que el juez no valoró debidamente ni las pruebas ni excepciones presentadas por la revista en contra de las pretensiones de Sahagún Además, insiste en que el juzgador violó el artículo 1916 Bis del Código Civil, el cual establece la obligación de que quien demanda debe acreditar plenamente la ilicitud y el daño
Al día siguiente de que se dio a conocer el fallo, el miércoles 3, Sahagún tomó la resolución del juez como un paso en la obtención de la justicia El daño moral causado por la intromisión ilegítima a mi intimidad, sin mi consentimiento, ha sido un proceso doloroso para mí y para mi familia, como también lo ha sido la calumnia y la difamación (Ver recuadro)
Y aún con la resonancia del fallo, el jueves 4 el presidente Fox celebró el Día del Voceador, que le sirvió de tribuna para defender la buena información y asegurar con simpleza que en el gobierno del cambio no hay mordazas ni censuras al periodismo
Es más, como nunca antes prevalece un clima de libertad en el ejercicio de esta profesión, por lo que en el México democrático de hoy no se persigue a nadie por lo que dice, por lo que opina, por lo que critica o por lo que escribe en el marco de nuestras leyes Y reiteró su dicho de que nadie en este país debe callar a nadie l