Orden de aprehensión contra Echeverría, por genocidio
* Será arraigo domiciliario, afirma el abogado Juan Velásquez
México, D F, 30 de junio (apro)- En un hecho insólito, en vísperas de las elecciones de este domingo, se anunció la aprehensión del expresidente Luis Echeverría Alvárez, por el delito de genocidio
Su abogado, Juan Velásquez, dijo que Echeverría no ingresará a un reclusorio, debido a que el magistrado José Angel Mattar Oliva, titular del Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal, ordenó someterlo a arresto domiciliario
Mattar Oliva determinó que hay elementos suficientes para considerar a Echeverría como probable responsable del delito de genocidio por la matanza de estudiantes el 2 de octubre de 1968
Esta es la primera vez que se ordena la aprehensión de un expresidente de la República por cualquier delito
Velázquez confirmó que la orden es por genocidio, y dijo que el Código Penal Federal prevé el arresto domiciliario para las personas mayores de 70 años
El abogado también informó que la orden fue negada por lo que respecta al delito de privación ilegal de la libertad en agravio del líder estudiantil Héctor Jaramillo
Mattar Oliva se hizo cargo del caso luego de que un juez federal había negado la orden de aprehensión el año pasado, por considerar que el delito prescribió a los 30 años de la masacre
Sin embargo, el año pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció también --al revisar el asunto de la matanza del 10 de junio de 1971--, que en el caso de Echeverría los plazos de prescripción debían correr a partir de que terminó su periodo en la presidencia, el 1 de diciembre de 1976
Una vez ejecutada la orden, Echeverría deberá comparecer ante el juez y rendir declaración preparatoria, aunque no está claro si este trámite se llevaría a cabo en el juzgado o en su casa Al parecer, físicamente, no hay impedimento
En opinión de Velázquez, el caso se presenta fácil para su defendido En principio, dijo, porque ya fue absuelto por hechos similares cuando se le pretendió juzgar por la matanza del Jueves de Corpus, y porque se trata de delitos que ya prescribieron, que además no aparecen en el Código Federal de Procedimientos Penales, como es el caos de genocidio
Destacó el hecho de que el juicio contra Echeverría se realice no privado de su libertad, sino bajo arraigo domiciliario