Propaganda negra, spots empresariales, deciden magistrados

sábado, 1 de julio de 2006 · 01:00
* Retirarlos no implica lesionar la libertad de expresión de un tercero, resuelve México, D F, 30 de junio (apro)- A solicitud de tres de los siete magistrados integrantes de la Sala Superior del TEPJF, este organismo estableció un nuevo criterio que le permite a la autoridad electoral solicitar el retiro de los spots de particulares, cuando éstos constituyan un acto que denigre o afecte a candidatos a cargos de elección popular, sin que esto signifique lesionar la libertad de expresión de un tercero En una resolución claramente vinculada con el reciente debate sobre los spots del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), el magistrado Eloy Fuentes Cerda, con el apoyo de José Fernando Ojesto Martínez Porcado y de Leonel Castillo, actual presidente del tribunal, estableció el criterio, poco antes de la elección presidencial Comentaron que este tipo de mensajes pueden ser considerados como "propaganda negra", aunque también insistieron en la necesidad de salvaguardar el derecho de audiencia del particular, a fin de que defendiera su libertad de expresión La discusión se produjo a raíz del análisis de la queja interpuesta por el PAN en contra del pleno del Tribunal Electoral de Morelos, el cual respaldó la decisión del Instituto Electoral local, que consideró como lícito un spots contra el candidato panista denominado "¿Qué mentira?" Tras la decisión final del tribunal, se instruyó a las autoridades locales que den respuesta puntual a planteamientos de Acción Nacional, independientemente de mediar desde ayer una prohibición de spots de promoción del voto

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