La Corte podría coadyuvar en la solución del conflicto postelectoral

sábado, 12 de agosto de 2006 · 01:00
* Se apoyaría en el artículo 97 constitucional: ministro Góngora Pimentel * El criterio se aplicó en los casos Lydia Cacho y Aguas Blancas, recordó Monterrey, N L, 11 de agosto (apro)- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría intervenir en la solución del conflicto postelectoral, aplicando el artículo 97 constitucional, a fin de "buscar la tranquilidad de la República", sugirió el ministro Genaro Góngora Pimentel, aunque precisó que no hay seguridad que eso suceda Durante la sesión de preguntas y respuestas, luego de dictar una conferencia en el Tec de Monterrey, el expresidente de la SCJN fue increpado por un estudiante sobre la decisión que debe prevalecer respecto de la confrontación de derechos fundamentales, como en la presente coyuntura postelectoral El ministro pidió al joven ser más específico, y éste le respondió que su cuestionamiento era ante la confrontación de la libertad de tránsito con la de manifestación y agrupación, ampliamente comentada por los actos de resistencia civil Góngora Pimentel abordó el punto, haciendo un juego de palabras sobre la trascendencia de las preguntas y las respuestas que son discutibles, y de inmediato pasó a explicar que el párrafo cuarto, del artículo 97 constitucional, establece la facultad de la SCJN para investigar las violaciones graves a las garantías en todo el territorio nacional, y por tanto por analogía para garantizar la defensa al derecho del voto público "La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún juez de distrito o magistrado de circuito, o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal o alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador de un estado, únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual Los resultados de la averiguación se harán llegar oportunamente a los órganos correspondientes" Cabe destacar que previo al caso de la periodista Lydia Cacho, la última vez que la Corte investigó una trasgresión grave a las garantías individuales fue en el caso de la matanza de Aguas Blancas, Guerrero, ocurrida el 28 de junio de 1995, la cual concluyó con que efectivamente hubo tal violación, aunque al turnar el caso al Ejecutivo federal --que fue el que pidió la intervención--, se le dio carpetazo al asunto, pese a que se demostró la responsabilidad del entonces gobernador priista Rubén Figueroa Además, el ministro recordó las tesis jurisprudenciales de Gabino Fraga en la década de los cuarenta, en que se produjo el criterio de aplicar el precepto constitucional "para buscar la tranquilidad de la República" Conduciendo él mismo su respuesta al terreno electoral, Genaro Góngora aseguró no poder decir si se aplicará en este caso, pues "no traje una bola de cristal, a la que pregunto cosas y me da muy buenos resultados; la olvidé en mi casa", bromeó ante un público que festejaba su razonamiento El ministro recordó que el artículo 97 constitucional, en su fracción 4ª, se aplicó ya para el caso de Cacho Ribeiro, calificándolo como un esfuerzo en aras de la tranquilidad nacional "Fue un esfuerzo porque se aprobó la investigación seis votos contra cinco Alguno (ministro) dijo, ?es que es diferente al de Aguas Blancas, al ametrallamiento de sinarquistas en Guanajuato, porque allí murieron más de 50 y 17 en el otro caso?" Sostuvo que el cuestionamiento que orilló a la determinación de tomar el caso de la periodista, fue no esperar a "que mataran a Lydia Cacho y a todos sus compañeros (periodistas)" Las tesis de Gabino Fraga Sobre el tema electoral, el ministro dijo que no hay recursos interpuestos, e insistió: "Veo la imposibilidad de contestarle porque no traje la bola de cristal" Momentos antes, otro estudiante le había cuestionado sobre el formalismo de los tribunales, aunque refiriéndose al tema en general; el joven tocó una fibra sensible del proceso postelectoral, dada la multicitada falta de calidad en las impugnaciones de la coalición Por el Bien de Todos, así como del carácter rigorista de los magistrados electorales Para dar respuesta, Genaro Góngora dijo: "Todo depende de los jueces, de los magistrados, tenemos magistrados extremadamente formalistas y tenemos magistrados innovadores" En ese sentido, el ministro recordó la forma en la que se estableció el "robo de famélico", que considera la causa para exculpar el delito y se encuentra prácticamente en todas las legislaciones actualmente Además, abundó sobre las tesis de Gabino Fraga, que establecen "debe buscarse la causa del delito --haciendo a un lado los errores y las fallas del promovente"-- para hacer justicia Luego remató: "Ese carácter garantista debe llegar a todos los niveles del Poder Judicial" Al salir, evadió a los periodistas, al aludir al olvido de "la bola de cristal", cuando se le preguntaba sobre la atracción de la controversia sobre el resultado electoral: "Pudiera ser o no, no sé, el futuro no lo puedo adivinar"

Comentarios